1º Juzgado de Letras de Coronel

MÉNDEZ/

Rol

V-3-2023

Fecha

2 de mayo de 2024

Materia

NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: A folio 1, con fecha 23 de enero de 2023, comparece don RODRIGO ALEJANDRO MÉNDEZ SANHUEZA, trabajador, domiciliado en Calle LLahuén 4140, Villa Escuadrón, Coronel, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1º inciso 2º letra b) de la ley Nº 17.344 y demás normas legales que sean aplicables, solicita el cambio y orden de sus dos apellidos, actualmente Méndez Sanhueza, por el de Sanhueza Montecinos, para quedar en definitiva como RODRIGO ALEJANDRO SANHUEZA MONTECINOS, ordenando la rectificación de su partida de nacimiento en tal sentido. Funda su petición en las siguientes consideraciones: Refiere que siendo MENDEZ el apellido paterno de su padre biológico, a quien jamás ha conocido, inclusive, al día de hoy, jamás ha sido reconocido por éste, figura actualmente inscrito como Rodrigo Alejandro Méndez Sanhueza, según consta en documento que se acompaña en otrosí de su presentación. Comenta que no obstante la inclusión del apellido paterno aludido, la ausencia de su padre ha sido constante desde el día de su nacimiento, inclusive jamás lo ha visto, no lo conoce y nunca supo de él. Agrega que jamás siquiera ha aportado manutención a su crianza, ni con dinero, y mucho menos con aportes en bienes que pudiere utilizar. Relata que durante todos esos años la responsabilidad de su crianza y desarrollo personal fue asumida por (sic) de manera completa y exclusiva por su madre, doña Alicia Sanhueza Montecinos, quien realmente ha sido su padre y madre, siendo su sostén de vida, al cual incluso le llama como papá, y su círculo de amigos y familiares la conocen como su padre y madre, algo que incluso se ve reflejado en fechas importantes como el día del padre, en donde, siempre le celebró a su madre aquél día. Menciona que, a su vez, su madre lo crió desde que nació, no dejándolo ni abandonándolo bajo ningún motivo. Que, en razón de lo anterior, ya desde el año 2005, al momento de cumplir su mayoría de edad, decidió abandonar el apellido de su padre ausente y ad

Fundamentos

motivos plausibles, con nombres o apellidos, o ambos, diferentes de los propios. Finalmente, por lo anterior, reuniéndose en la especie los requisitos legales para ello, solicita se autorice el cambio de sus dos apellidos por el de Sanhueza Código: DQXRXNBBPMH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Montecinos, para quedar en definitiva como Rodrigo Alejandro Sanhueza Montecinos. A folio 1 consta Certificado de Nacimiento del solicitante Rodrigo Alejandro Méndez Sanhueza. A folio 6, con fecha 09 de marzo de 2023, se rindió información sumaria de los testigos Jeannette Antonia Gómez Nova y Hernan Rodrigo Sanhueza Montecinos, quienes previo juramento legal e interrogados en forma separada, declararon lo siguiente: Don Hernan Rodrigo Sanhueza, que conoce a Rodrigo Méndez Sanhueza, desde niño toda su vida, puesto que el testigo es su tío por el lado materno, es parte de su crianza y por este motivo comparte frecuentemente con ella (sic) y su familia. Que por lo anterior, le consta que en todo su ámbito en el que se desenvuelve, familiar, entre amigos, vecinos y compañeros de trabajo se hace llamar y es conocido como Rodrigo Alejandro Sanhueza Montecinos, y esto lo ha visto y escuchado desde que lo conoce. Que desde que lo conoce ha visto tristeza, la molestia e incomodidad que le causa a su sobrino que lo llamen por el apellido de su padre biológico, un hombre que jamás ha visto y nunca ha tenido contacto con él, algo que se acredita por el solo hecho de nunca haber sido reconocido, por lo que no hay existencia de apego o vínculo con dicha persona. Que él mismo –el solicitante- le ha contado al testigo que de manera excepcional y obligatoria debe ocupar su apellido paterno en algunos lugares, como, por ejemplo, en instituciones públicas o lugar de trabajo, no sintiéndose grato con su apellido Méndez, y por lo mismo por el aprecio que siento por él, que solo le dice su nombre, agregando que todo esto y sumado a que el testigo es familia por su lado materno, es que Rodrigo reconoce y hace llamar padre y madre a su mama Alicia Sanhueza Montecinos. Doña Jeannette Antonia Gómez Nova, declara que conoce a Rodrigo de toda su vida, ya que es amiga de la mamá del solicitante, y por este motivo comparto frecuentemente con ellos. Que por lo anterior, le consta que en todo ámbito en el que se desenvuelve; familiar, entre amigos, vecinos y compañeros de trabajo se hace llamar y es conocido como Rodrigo Alejandro Sanhueza Montecinos, y esto lo ha visto y escuchado de toda la vida. Que Rodrigo siempre ha querido llevar ambos apellidos de su madre de Alicia Sanhueza Montecinos, ya que ella es quien lo ha criado desde su nacimiento, razón por la cual lo he visto con bastante tristeza, molestia e incomodidad que lo llamen por el apellido de su padre biológico, un hombre que jamás ha visto y nunca ha tenido contacto con él, ya que ni siquiera lo reconoció como hijo, por lo que no hay existencia d

Fallo

Por estas razones, este cuerpo normativo tiene una finalidad individual, pero también de orden social y tiende a poner en consonancia dos antecedentes que son extremadamente relevantes en la vida de una persona. TERCERO: Que, en atención a los antecedentes acompañados, en especial, la información sumaria de testigos rendida a folio 6, resulta acreditado que el solicitante ha sido conocido durante más de 5 años con el nombre de “RODRIGO ALEJANDRO SANHUEZA MONTECINOS" y, los testigos se encuentran contestes que desde que conocen al solicitante lo han conocido con dichos apellidos, que además, el actual apellido “MÉNDEZ” le ha reportado un menoscabo moral, atendida su situación personal, configurándose así los requisitos exigidos en la ley para proceder a la rectificación solicitada. CUARTO: Que, además, consta a folio 18 que no se dedujo oposición a la presente gestión. QUINTO: Que, en cuanto a la solicitud de hacer extensivo el cambio de nombre a la partida de nacimiento de su hijo menor, a fin de mantener la uniformidad de los registros y de acuerdo con lo prevenido en el artículo 4 de la Ley N° 17.344 y en los artículos 17 bis y 17 ter de la Ley 21.334, se hará lugar a lo solicitado, en la forma que se dirá en lo resolutivo que sigue. De igual manera, y con la misma finalidad, atendido lo informado por el Servicio de Registro Civil e Identificación a folio 25, el cambio de apellidos se hará extensivo, igualmente, a la inscripción de matrimonio N°239, del año 2016, de la

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Foja: 1 FOJA: 30 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Coronelº CAUSA ROL : V-3-2023 CARATULADO : M NDEZ/É Coronel, dos de Mayo de dos mil veinticuatro VISTO: A folio 1, con fecha 23 de enero de 2023, comparece don RODRIGO ALEJANDRO MÉNDEZ SANHUEZA, trabajador, domiciliado en Calle LLahuén 4140, Villa Escuadrón, Coronel, y de conformidad con lo dispuesto en el artí

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