ABARROTES ECONÓMICOS S.A./INSPECCION COMUNAL DEL TRABAJO DE TOME
Rol
I-3-2020
Fecha
27 de junio de 2024
Materia
Reclamo Multa Administrativa
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS A PROBAR: 1.- Efectividad que la resolución reclamada adolece de error de hecho o falta de motivación. Antecedentes y circunstancias. 2.- Antecedentes que permiten determinar la proporcionalidad de la multa impuesta. Antecedentes y circunstancias No hay reposición del auto de prueba. Se tienen por reproducidas las minutas de prueba folios 14 y 16 para todos los efectos legales y por ofrecida la prueba consignada en ellas. Reclamante ratifica la minuta respecto de la prueba documental (folio 16) Reclamada ratifica la minuta respecto de la prueba documental (folio 14). Renuncia a la prueba testimonial PRUEBA PARTE RECLAMANTE: DOCUMENTAL: 1.- Resolución de multa de la Inspección del Trabajo de Tomé, Nº 7509/20/8, de fecha 06 de marzo de 2020, que aplicó a mi representada una multa de 6 UTM y la certificación de su entrega en Correos de Chile 18.03.2020, por lo que su notificación legal ocurrió el 25.03.2020. 2.- Informe de fiscalización materia de esta multa, realizada por Bárbara Pacheco, prevencionista del Departamento de Prevención de Riesgos de Walmart Chile S.A. 3.- Directiva de Funcionamiento del local SBA Tome, del año 2018. 4.- Declaración de informar los riesgos laborales de los guardias de mi representada, Mabel Medina, Guillermo Cisterna y Juan Salazar. PRUEBA PARTE RECLAMADA: DOCUMENTAL: Expediente de fiscalización N° 0806/2020/35 OBSERVACIONES A LA PRUEBA DE LA PARTE RECLAMANTE: Registro en audio OBSERVACIONES A LA PRUEBA DE LA PARTE RECLAMADA: Registro en audio DICTACIÓN DE SENTENCIA Tomé, 26 de junio de 2024, Vistos, oído y
Fundamentos
considerando (Registro en audio):
Fallo
Por estas consideraciones y teniendo presente lo dispuesto en los artículos 503 y siguientes del Código del Trabajo y lo dispuesto en los artículos 2 y 41 de la Ley 19.880, el tribunal declara: I.- Que se rechaza la reclamación deducida por ABARROTES ECONOMICOS S.A. en contra de la Resolución de Multa 7509/20/8 en lo concerniente a dejarla sin efecto II.- Se acoge la petición subsidiaria deducida por ABARROTES ECONOMICOS S.A. respecto de la Resolución de Multa 7509/20/8 en lo concerniente a la rebaja de la sanción, declarándose que la cuantía de la multa queda fijada en 2 U.T.M. III.- Cada parte pagará sus costas. Dictada por NICOLAS HUMERES GUAJARDO, Juez Titular del Juzgado de Letras de Tomé. La parte reclamante hace presente que dio cumplimiento a lo ordenado en esta audiencia al subir a la carpeta electrónica el escrito de delegación de poder. El tribunal lo tiene presente y por cumplido lo ordenado. Siendo las 12:34 horas, se pone término a la audiencia. Dirigió y resolvió don NICOLAS HUMERES GUAJARDO, Juez Titular del Juzgado de Letras de Tomé. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Juzgado de Letras de Tomé, veintiséis de junio de dos mil veinticuatro.
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ACTA AUDIENCIA UNICA VIA ZOOM PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 26 de junio de 2024 RUC 20-4-0264048-1 RIT I-3-2020 JUEZ TITULAR NICOLAS HUMERES GUAJARDO ADMINISTRATIVO DE ACTAS Cecilia Macchiavello Toledo HORA DE INICIO 11:45 horas HORA DE TERMINO 12:34 horas Nº REGISTRO DE AUDIO 2040264048-1-187-240626-00-01-U RECLAMANTE( NO COMPARECE) ABARROTES ECONÓMICOS S.A. ABOGADO DEMANDANTE
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