PÉREZ CON SRV INVERSIONES SPA
Rol
M-44-2023
Fecha
27 de junio de 2024
Materia
Costas, Despido indirecto, Feriado proporcional, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Prestaciones, Reajustes e intereses, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 8, 41, 63, 67, 162, 168, 172, 173, 420, 425 y siguientes del Código del Trabajo, se declara: I.- Que se acoge la demanda de despido indirecto, y como consecuencia de aquello deberá la parte demandada pagar las siguientes sumas: 1.- Indemnización sustitutiva del aviso previo por $649.766.- 2.- Feriado proporcional por la suma de $86.632.- 3.- Remuneración de los días trabajados durante el mes de noviembre por $606.424.- II.- Que deberá pagar las remuneraciones devengadas desde el autodespido y hasta la convalidación del despido, cotizaciones de AFP, AFC y de Salud, hasta la fecha de convalidación del despido. III.- Todas las sumas deberán ser pagadas con reajustes e intereses legales. IV.- Que se condena en costas a la demandada por haber sido totalmente vencida. Ejecutoriada que sea la presente sentencia, cúmplase lo dispuesto en ella dentro de quinto día; en caso contrario, certifíquese dicha circunstancia y pasan los antecedentes a la unidad de cumplimiento ejecutivo del tribunal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Sentencia dictada por GIANNI POZZI ANILIO, Juez Suplente del Juzgado de Letras del Trabajo de La Serena. Los intervinientes quedan válidamente notificados de las resoluciones dictadas en audiencia. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia se encuentra grabado en el audio y a disposición de las partes.
Fundamentos
CONSIDERANDO: Parte resolutiva:
Fallo
Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 8, 41, 63, 67, 162, 168, 172, 173, 420, 425 y siguientes del Código del Trabajo, se declara: I.- Que se acoge la demanda de despido indirecto, y como consecuencia de aquello deberá la parte demandada pagar las siguientes sumas: 1.- Indemnización sustitutiva del aviso previo por $649.766.- 2.- Feriado proporcional por la suma de $86.632.- 3.- Remuneración de los días trabajados durante el mes de noviembre por $606.424.- II.- Que deberá pagar las remuneraciones devengadas desde el autodespido y hasta la convalidación del despido, cotizaciones de AFP, AFC y de Salud, hasta la fecha de convalidación del despido. III.- Todas las sumas deberán ser pagadas con reajustes e intereses legales. IV.- Que se condena en costas a la demandada por haber sido totalmente vencida. Ejecutoriada que sea la presente sentencia, cúmplase lo dispuesto en ella dentro de quinto día; en caso contrario, certifíquese dicha circunstancia y pasan los antecedentes a la unidad de cumplimiento ejecutivo del tribunal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Sentencia dictada por GIANNI POZZI ANILIO, Juez Suplente del Juzgado de Letras del Trabajo de La Serena. Los intervinientes quedan válidamente notificados de las resoluciones dictadas en audiencia. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia se encuentra grabado en el audio y a disposición de las partes.
Texto Completo (Preview)
ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA. FECHA 26 de junio de 2024 RUC 23-4-0458110-4 RIT M-44-2023 MAGISTRADO GIANNI POZZI ANILIO ADMINISTRATIVA DE ACTAS MARÍA JOSÉ GÓMEZ SEGURA SALA 3 HORA DE INICIO 12:00 horas HORA DE TERMINO 12:16 horas Nº REGISTRO DE AUDIO 2340458110-4-1337 PARTE DEMANDANTE CRISTIAN SALVADOR PÉREZ PIZARRO ABOGADO FERNANDO ANTONIO CORTÉS LÓPEZ PARTE DEMANDADA SRV INVE
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