CAT ADMINISTRADORA DE TARJETAS S.A/CÉSPED
Rol
C-28367-2018
Fecha
2 de mayo de 2024
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
hechos de la causa, precedentemente narrados, y al contabilizar el plazo desde la exigibilidad para el cobro del pagar ,é habi ndose opuesto excepci n de prescripci n respecto de una é ó ó obligaci nó pagadera a un plazo fijo y determinado, documentada en el t tulo de autos,í Código: QZFXXNCQXDH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-28367-2018 Foja: 1 resulta necesario establecer el momento preciso del inicio de la prescripci n en eló caso sublite, que seg n lo indicado en el cuerpo del escrito de demanda,ú corresponder a al d a í í 17 de julio de 2018, fecha en que se indica por el ejecutante se hizo exigible la obligaci n de autos, respecto del pagar que sustentaó é la presente ejecuci n, por lo que se ha producido la prescripci n de la obligaci n,ó ó ó ya que la notificaci n v lida de la demanda se efectu el d a ó á ó í 17 de abril de 2024, como consta de la providencia de misma fecha, o a lo menos, a la fecha de presentaci n del escrito de excepci n, el d a 27 de febrero de 2024, en que laó ó í demandada se notifica del libelo y plante la excepci n en estudio, transcurriendoó ó en todo caso, entre ambas fechas, m s de un a o desde el vencimiento, por loá ñ que, a la luz de lo dispuesto en el art culo 98 de la Ley 18.092 sobre Letra deí Cambio y Pagar , esta obligaci n se encuentra irremediablemente prescrita.é ó OCTAVO: Que, teniendo en cuenta lo expuesto anteriormente, corresponde declarar que atendido lo dispuesto en el art culo 98 de la Ley 18.092,í sobre Letra de Cambio y Pagar , se encuentran prescritas las acciones cambiariasé que emanan del pagar de autos.é Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los art culos 2514, 2518 delí C digo Civil, 160, 170, 254 y 313 del C digo de Procedimiento Civil, y art culoó ó í 98, ley 18.092, sobre Letra de Cambio y Pagar , Auto Acordado de la Excma.é Corte Suprema sobre la forma de las sentencias, se declara que: I. Se acoge la excepci n de prescr
Fundamentos
motivos plausibles para litigar y por haberse allanado a la excepci nó impetrada en autos. An tese, reg strese y notif quese.ó í í Pronunciada por do a M nica Cort s Rosso, Jueza Suplente.ñ ó é Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, dos de Mayo de dos mil veinticuatro Código: QZFXXNCQXDH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-28367-2018 Foja: 1 Código: QZFXXNCQXDH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-05-02T08:19:25-0400
Fallo
Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los art culos 2514, 2518 delí C digo Civil, 160, 170, 254 y 313 del C digo de Procedimiento Civil, y art culoó ó í 98, ley 18.092, sobre Letra de Cambio y Pagar , Auto Acordado de la Excma.é Corte Suprema sobre la forma de las sentencias, se declara que: I. Se acoge la excepci n de prescripci n de la deuda o s lo de laó ó ó acci n ejecutiva, en los t rminos planteados al segundo otros deló é í escrito de fecha 27 de febrero de 2024. II. Se exime a la demandante del pago de las costas, por haber tenido motivos plausibles para litigar y por haberse allanado a la excepci nó impetrada en autos. An tese, reg strese y notif quese.ó í í Pronunciada por do a M nica Cort s Rosso, Jueza Suplente.ñ ó é Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, dos de Mayo de dos mil veinticuatro Código: QZFXXNCQXDH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-28367-2018 Foja: 1 Código: QZFXXNCQXDH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-05-02T08:19:25-0400
Texto Completo (Preview)
C-28367-2018 Foja: 1 FOJA: 12 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 24 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-28367-2018 CARATULADO : CAT ADMINISTRADORA DE TARJETAS S.A/C SPEDÉ Santiago, dos de Mayo de dos mil veinticuatro VISTOS. Con fecha 11 de septiembre de 2018, al folio 1, don Gonzalo Salgado Barros, abogado, con domicilio en Avenida Libertador Bernardo O Higgins 949,’ oficina 19
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