ARAVENA/CORPORACIÓN EDUCACIONAL COLEGIO CONCEPCIÓN DE TALCA
Rol
O-243-2024
Fecha
26 de junio de 2024
Materia
Despido injustificado
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS SUSTANCIALES, PERTINENTES Y CONTROVERTIDOS A PROBAR. 1.- Estipulación del contrato de trabajo que unía las partes. 2.- Contenido de la carta de despido. 3.- Efectividad de concurrir en la realidad, los hechos que da cuenta la carta de despido. 4.- Monto descontado por concepto seguro de cesantía. OFRECIMIENTO DE PRUEBAS MEDIOS DE PRUEBA OFRECIDOS POR LA PARTE DEMANDANTE Documental. 1. Contrato de Trabajo celebrado entre CORPORACIÓN EDUCACIONAL COLEGIO CONCEPCIÓN TALCA con doña MARÍA JOSÉ ARAVENA VASQUEZ, de fecha 1 de marzo de 2004. 2. Anexo de Contrato de Trabajo celebrado entre CORPORACIÓN EDUCACIONAL COLEGIO CONCEPCIÓN TALCA con doña MARÍA JOSÉ ARAVENA VASQUEZ, de fecha 1 de marzo de 2005. 3. Anexo de Contrato de Trabajo celebrado entre CORPORACIÓN EDUCACIONAL COLEGIO CONCEPCIÓN TALCA con doña MARÍA JOSÉ ARAVENA VASQUEZ, de fecha 1 de marzo de 2005. 4. Certificado de antigüedad de doña MARÍA JOSÉ ARAVENA VASQUEZ, emitido por JUANA LAGOS URRUTIA (Encarga de Personal Colegio Concepción), de fecha 3 de junio de 2016. 5. Carta de Termino del Contrato de Trabajo a doña MARÍA JOSÉ ARAVENA VASQUEZ, de fecha 21 de diciembre de 2023. 6. Finiquito de Contrato de Trabajo celebrado entre CORPORACIÓN EDUCACIONAL COLEGIO CONCEPCIÓN TALCA con doña MARÍA JOSÉ ARAVENA VASQUEZ, de fecha 7 de marzo de 2024. Absolución de posiciones. La parte demandante solicita se cite a absolver posiciones de don David Astorga Silva, cédula nacional de identidad Nº 5.394.922-3, para que en la audiencia fijada en la presente causa absuelva posiciones en forma personal y sobre los hechos propios, bajo el apercibimiento legal establecido en el artículo 454 N°3 del Código del Trabajo. El Tribunal cita y notifica en este acto absolver posiciones a la audiencia de juicio a don David Astorga Silva, bajo apercibimiento legal del artículo 454 N° 3 del Código del Trabajo. Testimonial. La parte demandante ofrece la declaración de los siguientes testigos: 1. Carolina Angélica Becerra Del
Fallo
se resuelve: I.- Que se acoge la demanda deducida por doña María José Andrade Vázquez, en contra de la Corporación Educacional Colegio Concepción Talca, declarándose que el despido que fue objeto es improcedente. Consecuentemente, la demandada deberá cancelarle a la señora Aravena Vázquez las siguientes prestaciones: a) Incremento legal, establecido en el artículo 168 letra A Código del Trabajo, la suma de $6.250.526 pesos. b) deberá restituir lo descontado por concepto del seguro de cesantia en la suma de $3.307.600 pesos. II.- Las sumas ordenadas pagadas deberán ser reajustadas en los términos que lo autorizan los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. III.- No se condena en costas a la parte demandada por no haber mediado oposición. Dictó don Juan Marcelo Bruna Parada, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Talca. Téngase por notificadas a las partes de todas las resoluciones dictadas en la presente audiencia. Dirigió don Juan Marcelo Bruna Parada, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Talca. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Juzgado de Letras del Trabajo de Talca, 26 de junio de 2024.
Texto Completo (Preview)
ACTA DE AUDIENCIA PREPARATORIA EN PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA Talca, 26 de junio de 2024 TRIBUNAL Juzgado de Letras del Trabajo de Talca RUC 24-4-0573742-2 RIT O-243-2024 MAGISTRADO Juan Marcelo Bruna Parada ACTA Sylvia Campos Valenzuela SALA 2 HORA DE INICIO 08:32 horas HORA DE TERMINO 08:46 horas N° REGISTRO DE AUDIO 24-4-0573742-2 -1341 PARTE DEMANDANTE NO COMPARECIENTE
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