BANCO DE CHILE/HENRÍQUEZ
Rol
C-4053-2023
Fecha
30 de abril de 2024
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 31 de agosto de 2023, comparecen Gaspar Cortes Moya, Daniela Rodríguez Jeria y Karina Cubillo Cabello, abogados, mandatarios judiciales de Socofin S.A., persona jurídica del giro cobranza a terceros, representada por su gerente general don Mario Sandoval Hidalgo, ingeniero comercial, representante convencional del Banco de Chile, sociedad anónima bancaria, del giro de su denominación, representada a su vez por su gerente general don Eduardo Ebensperger Orrego, ingeniero comercial, todos domiciliados para estos efectos en calle Balmaceda 2556 5° Piso Edificio Consorcio, Comuna De Antofagasta, quienes interponen demanda ejecutiva en contra de Pilar Andrea Henríquez Herrera, ignoran profesión u oficio, con domicilio en Portal Del Viento 04880, Departamento 20, Edificio Vientos Del Sur III, comuna de Antofagasta. Fundan su demanda señalando que su representada es dueña del pagaré suscrito por la demandada en calidad de deudora principal, por un capital original de $25.304.103.-, cantidad al que se le debe aplicar una tasa de interés mensual, que se señala en el mismo documento. Se estipuló que el capital y los intereses de esta obligación se pagarían en 55 cuotas de acuerdo al siguiente programa de amortizaciones: 54 cuotas, mensuales, iguales y sucesivas de $605.113.-, cada una de ellas, venciendo la primera de ellas el 10 de diciembre de 2021 y a partir de esta, las cuotas siguientes vencerán sucesivamente con la misma periodicidad antes indicada y una última cuota por el monto y con el vencimiento que se indica en el mismo título que sirve de fundamento a esta demanda. Hace presente que como se estipuló en el mismo pagaré, el monto de cada una de las cuotas indicadas incluye pago de capital e intereses. En el mismo pagaré se estipuló que se acepta que el acreedor en forma exclusiva y privativa, podía destinar en cada oportunidad el importe total de las cuotas a la amortización del capital y/o de los intereses, o de ambos a la vez, en la proporció
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el Banco de Chile, ha deducido demanda ejecutiva en contra de doña Pilar Andrea Henríquez Herrera, ya individualizada, solicitando se despache mandamiento de ejecución y embargo por la suma de por la suma de $18.579.007.-, (dieciocho millones quinientos setena y nueve mil siete pesos), más intereses y costas, en base a los fundamentos ya expuestos en lo expositivo de este fallo. SEGUNDO: Que la parte ejecutada opuso a la ejecución las excepciones de los numerales 2, 7 y 11 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, conforme a las alegaciones señaladas en la parte expositiva de esta sentencia. TERCERO: Que la parte ejecutante acompañó la siguiente prueba documental, consistente en el pagaré a plazos tasa fija Nro.Operación 542143801292010859, el cual se encuentra custodiado en la secretaría del tribunal bajo el N° 3043-2023. –Copia de escritura pública, Repertorio 6182-2003, de fecha 6 de marzo de 2003 complementada mediante escritura pública, Repertorio 26698-2016, de fecha 2 de agosto de 2016, ambas otorgadas en la Notaria de Santiago de don René Benavente Cash, consta por escritura pública, Código: YQMKXNCMXWG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-4053-2023 Repertorio 793-2023, de fecha 20 de Enero de 2023, respectivamente, otorgadas ante don Gerardo Carvallo Castillo, notario Público de la 45° Notaría de Santiago. CUARTO: Que la parte ejecutada no acompañó probanzas de ninguna especie en la causa. QUINTO: Que en relación a la primera excepción opuesta por el demandado, esta es, la falta de capacidad del demandante o de personería o representación legal de que comparezca a su nombre, en primer término, de la copia autorizada de escritura pública de fecha 02 de agosto de 2016, se desprende que Banco de Chile, confirió mandato de administración de bienes a Socofin S.A., para que en materia judicial, actuando por medio de los apoderados y mandatarios que dicha empresa designe por escrituras públicas en representación del Banco de Chile apoderados patrocinantes y apoderados, otorgándoles facultades ordinarios de todo mandato judicial que se indica en el inciso primero del artículo séptimo del Código de Procedimiento Civil. En dicha escritura se señala además, que la personería del compareciente Banco de Chile consta en acta de fecha 24 de marzo de 2016, reducida a escritura pública de fecha 04 de mayo de 2016, otorgada en la Notaría de Santiago de don René Benavente Cash, la que no se inserta por ser conocida por ellas y por el Notario que autoriza. Además, en virtud de dicho mandato, doña Paula Arancibia Rodríguez en representación de Socofín S.A., con fecha 20 de enero de 2023, otorga mandato de administración de bienes entre otros a los abogados Gaspar Cortes Moya, Daniela Rodriguez Jeria y Karina Cubillo Cabello, documento en el cual se certificó su vigencia en copia digitalizada acompañada, entendiéndose de esta forma que el mandato judi
Fallo
Por estas consideraciones y Vistos además, lo dispuesto en los artículos 434, 464, 468, 469, 470 y 471 del Código de Procedimiento Civil; 1698 del Código Civil; Ley 18.092, SE DECLARA que: I.- SE RECHAZAN las excepciones contenidas en los numerales 2, 7 y 11 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, opuestas por la parte ejecutada en lo principal de su presentación de fecha 04 de octubre de 2023 (folio 7), debiendo en consecuencia, seguir adelante la ejecución hasta el entero y cumplido pago de lo adeudado, más intereses y costas. II.- Se condena en costas a la parte ejecutada. Notifíquese, regístrese y archívese en su oportunidad. ROL C-4053-2023. Pronunciada por don IVAN MAURICIO PEREIRA ARRIAGADA, Juez Subrogante del Primer Juzgado de Letras de Antofagasta Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Antofagasta, treinta de Abril de dos mil veinticuatro Código: YQMKXNCMXWG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-4053-2023 Código: YQMKXNCMXWG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-04-30T20:15:54-0400
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C-4053-2023 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado de Letras Civil de Antofagasta CAUSA ROL : C-4053-2023 CARATULADO : BANCO DE CHILE/HENRÍQUEZ Antofagasta, treinta de abril de dos mil veinticuatro VISTOS: Con fecha 31 de agosto de 2023, comparecen Gaspar Cortes Moya, Daniela Rodríguez Jeria y Karina Cubillo Cabello, abogados, mandatarios judiciales de Socofin S.A., persona jurídica
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