INVERSIONES Y ASESORÍAS EN INGENIERÍA INTEXGROUP SPA/INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO DE SANTIAGO
Rol
I-362-2023
Fecha
25 de junio de 2024
Materia
Reclamo Multa Administrativa
Resultado
No especificado
Hechos
hechos pacíficos del juicio los siguientes: 1. Efectividad de haber sido objeto la reclamante de autos de un proceso de fiscalización, el que trajo como consecuencia la multa N°1475/22/52 desde el numeral 1 al numeral 8. 2. Que la empresa reclamante presentó recurso de reconsideración ante la entidad administrativa, dictando esta última la resolución N°1301-7829-2023. Posteriormente, el tribunal recibió la causa a prueba, estableciendo como hecho controvertido, el siguiente: 1. Efectividad de haber incurrido la reclamada de autos en yerro al momento dictar la resolución exenta N°1301/7829/2023, que resuelve mantener la multa cursada mediante resolución 1475/22/52 N°3, 4, 5 y 6. Circunstancias y pormenores. TERCERO: En audiencia de juicio, celebrada el 05 de junio de 2024, las partes en apoyo de sus afirmaciones, incorporaron la documental que se individualiza en el acta de audiencia, solicitando la reclamante se tuviera a la vista la causa tramitada bajo el RIT M-1459-2023, caratulado “Rivera con Inversiones y Asesorías Intexgroup”, en especial la demanda de 21 de abril de 2023 CUARTO: Conforme se estableció en audiencia preparatoria, no se advierte discusión entre las partes, en la circunstancia que la reclamada cursó a la empresa la multa N°1475/22/52-1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8, 23 de diciembre de 2022, relacionadas con la trabajadora Falon Rivera Méndez, respecto del período junio a noviembre de 2022, de la cual, la reclamante dedujo reconsideración administrativa, solicitud resuelta mediante la resolución exenta N°1301/7829/2023, con fecha 13 de junio de 2023, acogiéndola parcialmente, al rebajar las multas signadas con los números 1, 2, 7 y 8, dirigiéndose la acción en contra las cursadas con los números 3, 4, 5 y 6, a cuyo respecto la reclamante aduce, en primer término, haber dado íntegro cumplimiento a las materias infraccionadas, atacando, a continuación, la falta de fundamento en la graduación de la sanción. QUINTO: Respecto de la multa N°1475/2022/52-3, cur
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece a este Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, Víctor Rojas Silva, abogado, en representación de INVERSIONES Y ASESORÍAS EN INGENIERÍA INTEXGROUP SPA, RUT N°76.101.110-3, ambos con domicilio en Av. Pdte. Kennedy N°7440, oficina 609, Vitacura, interponiendo reclamación judicial en procedimiento de aplicación general en contra de la INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO DE SANTIAGO, con domicilio en Moneda N°723, respecto de la resolución exenta N°1301-7829/2023, de 13 de junio de 2023, que se pronunció sobre la reconsideración administrativa de la multa N°1475/22/52-3, 4, 5 y 6, solicitando se rebajen en un 50% y en subsidio, se modifique su gradualidad, considerando que se trata de incumplimientos de carácter leve, y en subsidio se le exima del pago de las costas. Para fundar su reclamo, sostiene que, en el curso de una fiscalización realizada con fecha 23 de diciembre de 2022, se habrían constatado las siguientes infracciones: N°1 “No consignar por escrito en el contrato de trabajo o en documento anexo la modificación de la estipulación referida a el monto, forma y período del pago de la remuneración denominada “otros beneficios” los que no se detallan y son pagados en el mes de noviembre 2022”, N°2 “No declarar oportunamente las cotizaciones previsionales en AFP Uno, por el período junio-noviembre 2022, N°3 “No otorgar a la trabajadora permiso de a lo menos una hora al día para concurrir a dar alimento a su hijo menor de dos años en el lugar donde se encuentra el menor durante el siguiente período: junio-noviembre 2022”, N°4 “No indicar en el comprobante del pago de remuneraciones el monto pagado, la forma cómo se determinó y de las deducciones efectuadas, en el período de junio a noviembre 2022”, N°5 “No pagar las remuneraciones consistentes en sueldo base con la periodicidad estipulada en el contrato en el período junio-noviembre 2022”, N°6 “No pactar por escrito las horas extraordinarias trabajadas respecto del período junio-noviembre 2022”, N°7 “No pagar horas extraordinarias conjuntamente con las remuneraciones ordinarias del 19 al 25 de septiembre (16 horas), 03 al 09 (17 horas) y 17 al 23 (2 horas) de octubre y 07 al 13 (3 horas), 04 al 19 (19 horas) y 21 al 24 (24 horas) en el mes de noviembre 2022” y N°8 “No declarar oportunamente las cotizaciones previsionales en la sociedad administradora del seguro de cesantía para el período junio-noviembre 2022”, todas respecto de la trabajadora Falon Rivera Muñoz, aplicándose las sanciones que detalla, respecto de la cual dedujo reconsideración administrativa, acogiéndose parcialmente, y manteniendo las multas cursadas con los números 3, 4, 5 y 6. Sostiene, en relación a la multa N°1475/22/52-3, aplicada por no otorgar a la trabajadora permiso de a lo menos una hora al día para concurrir a dar alimento a su hijo menor de dos años en el lugar donde se encontraba el menor, esto durante el periodo de junio a noviembre de 2022, la norma infringida sería la
Fallo
Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 420, 446 y siguientes, 456, 458, 459, 505, 511 y 512 todos del Código del Trabajo, y demás normas legales pertinentes, se resuelve: I. Que se ACOGE parcialmente el reclamo interpuesto por INVERSIONES Y ASESORÍAS EN INGENIERÍA INTEXGROUP SPA, en contra de la INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO DE SANTIAGO, rebajándose las multas cursadas mediante resolución N°1475/2022/52-3 y 5, de 23 de diciembre de 2022, a 70 y 20 Unidades Tributarias Mensuales respectivamente, declarándose que en lo relativo a las multas N°1475/2022/52-4 y 6, la resolución exenta N°1301/7829/2023 de 13 de junio de 2023, se encuentra pronunciada conforme a derecho. II. Que cada parte soportará sus costas. Regístrese y archívese en su oportunidad. RIT: I-362-2023.- RUC: 23-4-0496504-2.- Pronunciada por Marcela Solar Catalán, Juez titular de este Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago.
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Santiago, veinticinco de junio de dos mil veinticuatro.- VISTOS, OÍDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece a este Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, Víctor Rojas Silva, abogado, en representación de INVERSIONES Y ASESORÍAS EN INGENIERÍA INTEXGROUP SPA, RUT N°76.101.110-3, ambos con domicilio en Av. Pdte. Kennedy N°7440, oficina 609, Vitacura, interponiendo reclamación judicial en
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