1er Juzgado de Letras de Melipilla

CABRERA/ESPINOZA

Rol

M-26-2024

Fecha

25 de junio de 2024

Materia

Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado proporcional, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos contenidos en la demanda, se procede a dictar sentencia. (Integro en audio). II.- SENTENCIA: (Parte resolutiva) SE DECLARA: I. Que SE ACOGE LA DEMANDA interpuesta por don JOSE MANUEL CABRERA CERON, en contra de don YURY LEANDRO ESPINOZA TAIBO, ambos ya individualizados, II. Que el despido efectuado por el demandado, no ha producido el efecto de poner término al contrato de trabajo, por cuanto aquél no cumplió con la obligación contemplada en el artículo 162 inciso 5° del Código del trabajo, ni ha procedido a sanear dicha situación de conformidad con el inciso 6° de la misma norma legal, III. Que el despido que fue objeto el demandante con fecha 03 de enero de 2024, por parte de su empleador ha sido incausado e injustificado por no haberse cumplido las formalidades establecidas en el artículo 162, incisos 1°, 2°, 3° y 4° del Código del trabajo, IV. Que el demandado deberá pagar al demandante las siguientes prestaciones: a) Pago de todas las remuneraciones y demás prestaciones derivadas de la relación laboral desde la fecha de término de ésta, esto es, el día 03 de enero del año 2024, hasta el entero pago de las cotizaciones de seguridad social atrasadas o la convalidación del despido, a razón de una remuneración mensual bruta ascendente a la suma de $600.000, b) Cotizaciones previsionales de salud y cesantía por todos los meses que no se registran pagos durante el periodo trabajado, así como las posteriores al despido de su convalidación, esto es, en AFP Provida, AFC Chile y Fonasa, por el periodo comprendido entre el 23 de junio de 2023, hasta el 03 de enero de 2024, a razón de una remuneración mensual bruta ascendente a la suma de $600.000, c) Indemnización sustitutiva del aviso previo ascendente a la suma de $600.000, d) Indemnización por concepto de feriado proporcional correspondiente a todo el periodo de relación laboral, por la suma de $222.826, e) Que las sumas ordenadas pagar mediante la presente resolución, deberán serlo con los reajustes e interese

Fallo

SE DECLARA: I. Que SE ACOGE LA DEMANDA interpuesta por don JOSE MANUEL CABRERA CERON, en contra de don YURY LEANDRO ESPINOZA TAIBO, ambos ya individualizados, II. Que el despido efectuado por el demandado, no ha producido el efecto de poner término al contrato de trabajo, por cuanto aquél no cumplió con la obligación contemplada en el artículo 162 inciso 5° del Código del trabajo, ni ha procedido a sanear dicha situación de conformidad con el inciso 6° de la misma norma legal, III. Que el despido que fue objeto el demandante con fecha 03 de enero de 2024, por parte de su empleador ha sido incausado e injustificado por no haberse cumplido las formalidades establecidas en el artículo 162, incisos 1°, 2°, 3° y 4° del Código del trabajo, IV. Que el demandado deberá pagar al demandante las siguientes prestaciones: a) Pago de todas las remuneraciones y demás prestaciones derivadas de la relación laboral desde la fecha de término de ésta, esto es, el día 03 de enero del año 2024, hasta el entero pago de las cotizaciones de seguridad social atrasadas o la convalidación del despido, a razón de una remuneración mensual bruta ascendente a la suma de $600.000, b) Cotizaciones previsionales de salud y cesantía por todos los meses que no se registran pagos durante el periodo trabajado, así como las posteriores al despido de su convalidación, esto es, en AFP Provida, AFC Chile y Fonasa, por el periodo comprendido entre el 23 de junio de 2023, hasta el 03 de enero de 2024, a razón de una rem

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JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE MELIPILLA ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 25/06/2024 RUC 24- 4-0558990-3 RIT M-26-2024 MAGISTRADO MARIA PAOLA PAREDES VEGA ADMINISTRATIVO DE ACTAS Fredy Lara silva HORA DE INICIO 10:20 horas HORA DE TERMINO 10:38 horas Nº REGISTRO DE AUDIO 2440558990-3-0375 SALA VIRTUAL ZOOM PARTE RECLAMANTE JOSE M

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