ROJO/
Rol
V-98-2023
Fecha
29 de abril de 2024
Materia
CURADOR, NOMBRAMIENTO DE
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: Que, con fecha 22 de marzo de dos mil veintid s, comparece donó Juan Alberto Rojo Paredes, domiciliado en calle Parral N 2652, comuna de° Conchal , quien inicia gesti n de declaraci n de interdicci n en favor de suí ó ó ó c nyuge, do a Margarita del Carmen D az Vargas, de su mismo domicilio.ó ñ í Funda su solicitud en el hecho que su c nyuge sufre de un grado deó discapacidad del 100% por causa principal f sica y secundaria mentalí ps quica, producto de la enfermedad de Alzheimer At pica con Afasiaí í Logop nica.é Ello implica que le impide actuar en pleno uso de sus facultades intelectuales y f sicas, asumiendo el cuidado de ella su persona, toda vez queí no puede valerse por s misma.í Previas citas legales, solicita tener por iniciada gesti n voluntaria deó declaraci n de interdicci n en favor de su c nyuge, do a Margarita deló ó ó ñ Carmen D az Vargas, ya individualizada, declarando dicha circunstancia yí nombrando a su persona como curador. Que, con fecha 22 de septiembre de dos mil veintitr s, se celebraé comparendo de inspecci n personal.ó Que, con fecha 27 de noviembre de dos mil veintitr s, se emiteé informe por el Defensor P blico.ú Código: HXZSXNMNFDG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Que, con fecha 27 de marzo de dos mil veinticuatro, se celebra comparendo de parientes. Que, con fecha 3 de abril de dos mil veinticuatro, se solicitan los autos para fallo.
Fundamentos
Considerando: Primero: Que, comparece don Juan Alberto Rojo Paredes quien inicia gesti n de declaraci n de interdicci n en favor de su c nyuge, do aó ó ó ó ñ Margarita del Carmen D az Vargas, todos ya individualizados.í Segundo: Que, con fecha 11 de abril de dos mil veintitr s, se daé curso a la solicitud. Tercero: Que, el solicitante acompa a la siguiente pruebañ instrumental. I. C dula de identidad del solicitante y la solicitada.é II. Certificado emitido por el Hospital San Jos con fecha 24 deé agosto de dos mil veintid s.ó III. Certificado de residencia del solicitante y la solicitada emitida por la Junta de Vecinos N 37° IV. Certificado de matrimonio celebrado entre don Juan Alberto Rojo y do a Margarita del Carmen D az.ñ í V. Certificado de nacimiento de do a Margarita del Carmen D azñ í Vargas. VI. Certificado de nacimiento de don Juan Alberto Rojo Paredes. VII. Declaraci n jurada de fecha 4 de noviembre de dos miló veintid s del solicitante de autos.ó VIII. Credencial de discapacidad de do a Margarita del Carmenñ D az.í IX. Resoluci n de Certificaci n de Discapacidad, emitida por laó ó Comisi n de Medicina Preventiva e Invalidez.ó Código: HXZSXNMNFDG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 X. Certificado de nacimiento de don Basti n Miguel Ch vez Rojo.á á XI. Certificado de nacimiento de don Juan Francisco Rojo D az.í XII. Certificado de nacimiento de do a Virginia Margarita Rojoñ D az.í XIII. Certificado de nacimiento de do a Daniela Guisselle Rojo D az.ñ í XIV. Certificado de nacimiento de do a Marcela Alejandra Rojoñ D az.í XV. Certificado de nacimiento de do a Marlenne Paz Rojo D az.ñ í Cuarto: Que, en la audiencia de inspecci n personal del tribunal, seó observa que do a Margarita se encuentra bien cuidada, pero presentañ dificultades para hablar, lo que lleva a que no responda las preguntas que le formula esta magistratura. Quinto: Que, a la audiencia de parientes comparecen los se oresñ Marcela Alejandra Rojo D az, Virginia Margarita Rojo D az, Marlenne Pazí í Rojo D az y Juan Francisco Rojo D az, hijos de la presunta interdicta.í í Todos ellos manifiestan que la persona id nea para ejercer el cargoó de curador corresponde al solicitante de autos, debido a que es l quien haé cuidado de su madre. Sexto: Que, el defensor p blico don Juan Jaime Ferrer Puig evacuaú informe se alando que es posible la declaraci n de interdicci n de do añ ó ó ñ Margarita del Carmen D az Vargas, pudiendo nombrar como curador deí bienes a don Juan Alberto Rojo Paredes, relev ndolo de la obligaci n deá ó confeccionar inventario solemne, rendir fianza y reducir a escritura p blica.ú S ptimoé : Que, la resoluci n de certificaci n de discapacidad emitidaó ó por la Comisi n de Medicina Preventiva e Invalidez expone que do aó ñ Margarita del Carmen D az Vargas posee un grado de discapacidad delí 100%, con origen f sico y secundario mental ps quico, que no requiereí í reevaluaci n.ó Códig
Fallo
se declara: ó I. La interdicci n definitivaó de do a ñ Margarita del Carmen D az Vargas, c dula de identidad N 7.257.850-3í é ° debiendo efectuarse la inscripci n en el registro correspondiente del Sr.ó Conservador de Bienes Ra ces y las publicaciones queí correspondan en un diario de circulaci n nacionaló II. Se designa curador general, leg timo y definitivo a doní Juan Alberto Rojo Paredes, c dula de identidad 5.447.213-0é , c nyuge de la interdicta, relev ndolo de la obligaci n de rendiró á ó fianza, confeccionar inventario solemne y de reducir a escritura p blica, sirvi ndole una copia autorizada de la presenteú é sentencia como suficiente t tulo de discernimiento.í Reg strese y arch vese en su oportunidad.í í ROL N V-98-2023.° Pronunciada por don Luis Enrique Parra Aravena, Juez Suplente. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veintinueve de Abril de dos mil veinticuatro Código: HXZSXNMNFDG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Código: HXZSXNMNFDG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-04-29T14:47:05-0400
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Foja: 1 FOJA: 31 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 16 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-98-2023 CARATULADO : ROJO/ Santiago, veintinueve de Abril de dos mil veinticuatro Vistos: Que, con fecha 22 de marzo de dos mil veintid s, comparece donó Juan Alberto Rojo Paredes, domiciliado en calle Parral N 2652, comuna de° Conchal , quien inicia gesti n de declaraci n de interdicci n e
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