RUIZ/URZÚA
Rol
C-16013-2022
Fecha
29 de abril de 2024
Materia
OTROS SUMARIOS
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Comparece don Sebastián Rodrigo Varas Ayala, abogado, con domicilio en Los Militares N°5620, oficina 1115, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en representación de FRV INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN SPA, RUT 76.572.184-9, persona jurídica, con domicilio en Avenida Irarrázaval N°2401, oficina 404, comuna de Ñuñoa, representada legalmente por Patricia Angélica Ruiz Ramos, chilena, secretaria ejecutiva, cédula de identidad N°9.408.252-8, con domicilio en calle Julia Bernstein N°965, casa E, comuna de La Reina, deduciendo demanda de indemnización de perjuicios por responsabilidad extracontractual, en contra de doña KARINA ALEJANDRA URZUA HONORATO, prevencionista de riesgos, cédula nacional de identidad N°16.618.339-1, con domicilio en Puerto Cisnes N°8220, comuna de Pudahuel, sobre la base de los siguientes antecedentes. Refiere que el día 18 de junio del año 2021, la demandada comenzó a prestar servicios mediante contrato a plazo fijo de 1 mes, desempeñándose como prevencionista de riesgos para la obra “Canalizaciones Alumbrado y Fuerza, Subterráneos Hospital Salvador”. Agrega que posteriormente y mediante anexo de contrato de 18 de julio de 2021, se indicó que, desde ese momento, la duración del contrato estaría sujeta a la duración de la obra ya señalada. En este contexto –añade la demandante- que entrega a la demandada un computador para efectos de desempeñar sus funciones, pero además para almacenar y utilizar información de vital importancia para el cumplimiento de las mismas al interior de la empresa. Sin embargo, a raíz de una serie de desavenencias laborales, con fecha 5 de enero de 2022 se le emite carta de término de contrato, poniendo término a la relación laboral vigente. Expresa que en febrero del mismo año, la demandada inicia el procedimiento T-283-2022 seguido ante el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. En su respectiva audiencia preparatoria de fecha 13/04/2022, se resuelve: Código: NXHPXNKGXCG Este documento tiene firma
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que Frv Ingeniería y Construcción Spa demanda a doña Karina Alejandra Urzua Honorato, en sede de responsabilidad civil Código: NXHPXNKGXCG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 extracontractual, con el objeto que sea condenada a: a) obligación de hacer entrega efectiva del computador que le fuera entregado durante el tiempo de la relación laboral que los vinculaba, en condiciones operativas y clave de acceso; b) en subsidio, le indemnice al actor el total de los perjuicios ocasionados por concepto de daño emergente, lucro cesante y daño moral, por el monto total de $5.000.000.- (cinco millones de pesos) o la suma que el tribunal determine, más reajustes e intereses que resultaren aplicables. SEGUNDO: Que la demanda se contestó en rebeldía. TERCERO: Que en estos autos se fijaron los siguientes puntos de prueba: 1. Existencia de los hechos descritos en la demanda, y en los cuales se funda la pretensión del actor. Pormenores y circunstancias. 2. Existencia de los daños alegados por la actora. Naturaleza y monto de los mismos, como asimismo, bases para su apreciación pecuniaria. 3. Relación de causalidad entre los hechos descritos en la demanda y los eventuales daños alegados por la actora. 4. Existencia de culpa o dolo en el obrar de la demandada, respecto de los hechos narrados en la demanda. CUARTO: Que con el objeto de acreditar su pretensión, la parte demandante se hizo valer de los siguientes medios de prueba: A) DOCUMENTAL: 1) Copia de anexo del contrato de trabajo que ligó a las partes de fecha 18 de julio de 2021. 2) Carta de despido de 5 de enero 2022. 3) Acta de audiencia preparatoria de 13 de abril de 2022, en causa T-283- 2022 seguida ante Segundo Juzgado e Letras del Trabajo de Santiago, en cuya parte pertinente se indica: “Respecto de la devolución del computador de la demandada principal en poder de la demandante: Dentro de los 10 días siguientes la demandada principal deberá indicar las características técnicas del computador notebook que entregó a la demandante para desempeñar sus funciones, de manera que pueda ser devuelto dentro de los próximos 10 días siguientes al detalle, indicando además del modelo, el horario y las dependencias donde debe ser entregado (por lo menos durante toda una semana). Una vez esto, la demandada dará cuenta al Tribunal de su entrega o no, formulando reparos en su caso (respecto del modelo, características, etc.) En caso de que las partes no puedan gestionar la entrega en forma independiente, solicitarán al Tribunal una audiencia especial con esta misma Jueza para resolver el problema” Código: NXHPXNKGXCG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 4) Copia de escrito judicial en el que se indica: “Que, por este acto vengo en cumplir lo ordenado, conforme el acta de audiencia preparatoria de fecha 13 de abril de 2022, indica
Fallo
se resuelve: Código: NXHPXNKGXCG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 Respecto de la devolución del computador de la demandada principal en poder de la demandante: Dentro de los 10 días siguientes la demandada principal deberá indicar las características técnicas del computador notebook que entregó a la demandante para desempeñar sus funciones, de manera que pueda ser devuelto dentro de los próximos 10 días siguientes al detalle, indicando además del modelo, el horario y las dependencias donde debe ser entregado (por lo menos durante toda una semana). Una vez esto, la demandada dará cuenta al Tribunal de su entrega o no, formulando reparos en su caso (respecto del modelo, características, etc.) En caso de que las partes no puedan gestionar la entrega en forma independiente, solicitarán al Tribunal una audiencia especial con esta misma Jueza para resolver el problema. Agrega que a folio 64 de dichos autos, con fecha 20/04/2022, su representada cumple lo ordenado indicando las características del computador en los siguientes términos: Computador: Notebook; Marca: HP; Modelo: 14-CK20; Color: Grafito. Dicha presentación se acompaña en un otrosí de este libelo. Refiere que tras una serie de discusiones innecesarias que dilataron más allá de lo prudente la entrega de lo que era una herramienta de trabajo, con fecha 30/11/2022 la demandada comparece al tribunal para acompañar el referido notebook, conf
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RIT« » Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 26º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : C-16013-2022 CARATULADO : RUIZ/URZÚA Santiago, veintinueve de Abril de dos mil veinticuatro VISTOS: Comparece don Sebastián Rodrigo Varas Ayala, abogado, con domicilio en Los Militares N°5620, oficina 1115, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en representación de FRV INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN
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