CAJA DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR LOS ANDES./VILLANUEVA
Rol
C-1386-2020
Fecha
29 de abril de 2024
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: A folios 1 y 9 comparece do a Daniela Margarita Fuentesñ Ormaz bal, abogada, mandatario judicial, domicilio en la comuna deá Santiago, calle Mac Iver 225, piso 16, actuando en representaci n de ó CAJA DE COMPENSACI N DE ASIGNACI N FAMILIAR DE LOSÓ Ó ANDES, del giro de su denominaci n, domiciliada en la comuna deó Santiago, calle Alonso de Ovalle 1465, representada para estos efectos por don Nelson Mauricio Rojas Mena, contador auditor e ingeniero comercial, con domicilio en la comuna de Santiago, calle Alonso de Ovalle 1465, actuando como mandatario judicial en representaci n convencional, quienó interpone demanda ejecutiva de cobro de pagar en contra del ejecutadoé don ALEX FERNANDO VILLANUEVA LEVIO, c dula nacional deé identidad 13.152.168-5 ignora profesi n u oficio, con domicilio Pje. Luisó Minino 215 Villa Aurora de Chile, comuna de Los Andes, en su calidad de suscriptor del pagar en cobro.é Indica que los detalles del t tulo ejecutivo son los siguientes:í 1.- Deuda: Extendida en un pagar N 63.0055884-2 con vencimientosé ° sucesivos, a favor de su representada, que el ejecutado suscribi con fecha 1ó de agosto de 2018 por la suma de $3.571.183 por concepto de mutuo m sá los intereses correspondientes. El capital e intereses se pagar an por elí suscriptor en 48 cuotas de $138.082 mensuales iguales y sucesivas, con un primer vencimiento el con fecha 31 de octubre de 2018, siendo las restantes Código: BSRKXNBYPBG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1386-2020 Foja: 1 con vencimiento los d as 30 de cada mes, con excepci n del mes de febrero,í ó en que el vencimiento se fij para el ltimo d a del mes, seg n las dem só ú í ú á condiciones en el instrumento acordadas. 2.- Protesto: Queda expresamente estipulado en el pagar , que se releva alé beneficiario de la obligaci n de protesto.ó 3.- Exigibilidad Anticipada: El retardo en el pago en m s de 30 d asá í corridos de todo o parte de una cualesq
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO. Que do a Daniela Margarita Fuentes Ormaz bal, enñ á representaci n de ó CAJA DE COMPENSACI N DE ASIGNACI NÓ Ó FAMILIAR DE LOS ANDES, interpone demanda ejecutiva en contra de ALEX FERNANDO VILLANUEVA LEVIO, con el fin de obtener el pago de la suma de $3.422.354, m s intereses y costas.á SEGUNDO. Que el ejecutado, opone a la ejecuci n, la excepci n deó ó l n mero 17 del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil.ú í ó TERCERO. Que conforme lo disponen los art culos 98 y 100 de la leyí 18.092 el plazo de prescripci n de las acciones cambiarias es de un a oó ñ Código: BSRKXNBYPBG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1386-2020 Foja: 1 contado desde su vencimiento, el que se interrumpe al momento de notificarse la demanda al obligado al pago. En el caso, el pagar que sirve de t tulo a la ejecuci n contiene unaé í ó cl usula de aceleraci n facultativa, ejercida al momento de interponerse laá ó demanda el 5 de agosto de 2020, fecha que ha de considerarse como la manifestaci n de su intenci n de acelerar como de plazo vencido el total deló ó saldo insoluto de la obligaci n, y
Fallo
se declara admisible la excepci n opuesta, y seí ó recibe la causa a prueba. A folio 57 se cit a las partes para o r sentencia.ó í CONSIDERANDO: PRIMERO. Que do a Daniela Margarita Fuentes Ormaz bal, enñ á representaci n de ó CAJA DE COMPENSACI N DE ASIGNACI NÓ Ó FAMILIAR DE LOS ANDES, interpone demanda ejecutiva en contra de ALEX FERNANDO VILLANUEVA LEVIO, con el fin de obtener el pago de la suma de $3.422.354, m s intereses y costas.á SEGUNDO. Que el ejecutado, opone a la ejecuci n, la excepci n deó ó l n mero 17 del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil.ú í ó TERCERO. Que conforme lo disponen los art culos 98 y 100 de la leyí 18.092 el plazo de prescripci n de las acciones cambiarias es de un a oó ñ Código: BSRKXNBYPBG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1386-2020 Foja: 1 contado desde su vencimiento, el que se interrumpe al momento de notificarse la demanda al obligado al pago. En el caso, el pagar que sirve de t tulo a la ejecuci n contiene unaé í ó cl usula de aceleraci n facultativa, ejercida al momento de interponerse laá ó demanda el 5 de agosto de 2020, fecha que ha de considerarse como la manifestaci n de su intenci n de acelerar como de plazo vencido el total deló ó saldo insoluto de la obligaci n, y por tanto, como inicio para el c mputo deló ó plazo de prescripci n de la acci n emanada del pagar .ó ó é Dicho plazo se interrumpi el d a 10 de junio de 2022, con laó í notificaci n de la
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C-1386-2020 Foja: 1 FOJA: 38 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de Los Andesº CAUSA ROL : C-1386-2020 CARATULADO : CAJA DE COMPENSACI N DE ASIGNACI NÓ Ó FAMILIAR LOS ANDES./VILLANUEVA Los Andes, veintinueve de Abril de dos mil veinticuatro VISTOS: A folios 1 y 9 comparece do a Daniela Margarita Fuentesñ Ormaz bal, abogada, mandatario judicial, domicilio en la comun
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