TESORERIA GENERAL DE LA REPÚBLICA DE CHILE/RAMÍREZ
Rol
C-19527-2023
Fecha
29 de abril de 2024
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
visto adem s, lo dispuesto en los art culos 1437,á í 1545, 1698, 2514 del C digo Civil; 144, 158, 169, 170, 254, 341, 434, 464ó n meros 7 y 14, 465, 466, 470, 471 del C digo de Procedimiento Civil;ú ó Ley N 18.092 y Ley N 20.190 y ley 20.027, se declara:° ° - Que se rechazan, con costas, las excepciones opuestas por el ejecutado, debiendo seguir adelante la ejecuci n hasta el entero yó cumplido pago de lo adeudado. Reg strese y notif quese. í í PRONUNCIADA POR CAROLINA CANALES MORALES, JUEZ SUPLENTE. AUTORIZA LORETO GREZ BECKER, SECRETARIA SUBROGANTE. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veintinueve de Abril de dos mil veinticuatro Código: NNNEXNRWKXG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-19527-2023 Foja: 1 Código: NNNEXNRWKXG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-04-29T12:40:06-0400
Fallo
se declararon admisibles las excepciones, recibi ndolas a prueba.é Con fecha 29 de abril de 2024, se cit a las a las partes para o r sentencia. ó í CONSIDERANDO. PRIMERO. Que, a fin de acreditar sus pretensiones la ejecutante acompa en forma legal la documental, consistente en losñó pagar s de autos,é contrato de apertura de l nea de cr dito para estudiantes de Educaci ní é ó Superior con garant a estatal, seg n Ley 20.027, mandato especial paraí ú cobrar cobro de cr ditos cedidos al Fisco del Sistema de cr ditos paraé é estudios superiores. SEGUNDO. Que, en relaci n a la primera excepci n opuesta yó ó apreciada la prueba pormenorizada en el motivo primero, cabe establecer, que los t tulos fundantes de esta ejecuci ní ó cumplen con lo dispuesto en el n mero 4 del art culo 434 del C digo de Procedimiento Civil para tenerú í ó m rito ejecutivo, ya que consta en el mandato que le confiri la ejecutadaé ó en contrato de apertura de l nea de cr dito para estudiantes de Educaci ní é ó Superior con garant a estatal, la facultad de sta para suscribir pagar s ení é é su nombre y representaci n as como tambi n permitiendo al mandatarioó í é Código: NNNEXNRWKXG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-19527-2023 Foja: 1 suscribiente, autorizar su r brica ante Notario y liberar al beneficiario delú mismo de protestarlo, en consecuencia se rechazar la excepci n del n meroá ó ú 7 del art culo 464 del C digo de Procedimiento Ci
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C-19527-2023 Foja: 1 FOJA: 16 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 26 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-19527-2023 CARATULADO : TESORERIA GENERAL DE LA REP BLICA DEÚ CHILE/RAM REZÍ Santiago, veintinueve de Abril de dos mil veinticuatro VISTOS. Con Fecha 23 de noviembre de 2023, Felipe Frias Jones, abogado, mandatario judicial y en representaci n de BANCO ITAU CORPBANCAó S.A, hoy
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