12º Juzgado Civil de Santiago

SOLÍS/

Rol

V-149-2023

Fecha

29 de abril de 2024

Materia

NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Que, a lo principal del folio 1, compareció FERNANDO ANDRÉS SOLÍS SALAS, soltero, conductor, domiciliado, para estos efectos, en Huérfanos #1117, oficina 1118, Santiago; y solicitó que se le autorice el cambio de su nombre, quedando, en definitiva, como: “Fernando Andrés Salas Salas”. Expuso que, su presentación se funda principalmente en el hecho concreto de utilizar legalmente el apellido por el cual todas las personas lo conocen y por el cual se ha dado a conocer los últimos 15 años. Explicó que, esta situación se debe, primero que todo, a que, nunca tuvo una relación ni afectiva ni económica con su padre biológico. Por lo que, comenzó a utilizar el apellido de su madre dos veces, ya que fue criado por ella exclusivamente, razón por la cual, todos lo conocían y lo llamaban siempre por el apellido “Salas”. Indicó que, con el transcurso del tiempo se percató que la gente pensaba que su apellido era “Salas” momento en el cual, comenzó a darse a conocer de esa forma, y es así como se presenta ante todas las personas, hace más de 15 años, es decir, como “Fernando Andrés Salas Salas”. Código: NRHXXNJNHXF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Concluyó solicitando, en virtud de lo expuesto y dispuesto en las normas que cita y demás normas pertinentes, tener por interpuesta solicitud de cambio de nombre, oficiar al Registro Civil, a fin de que informe acerca de esta solicitud, y, en definitiva, declarar, que ha lugar a cambiar su nombre, por el de “Fernando Andrés Salas Salas”, ordenando la anotación de la sentencia definitiva al margen de la partida de nacimiento, para su modificación, en tal sentido. En el sexto otrosí del folio 1, el peticionario solicitó que, en caso de que se dé a lugar a lo principal, se haga extensiva la rectificación a partida de nacimiento de su hijo, THOMAS IGNACIO SOLÍS NAHUELPÁN, cuyo nacimiento fue el 24 de febrero de 2015, para que, en el futuro se llame como “Thoma

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, FERNANDO ANDRÉS SOLÍS SALAS solicitó que se le autorice el cambio de su nombre, quedando, en definitiva, como: “Fernando Andrés Salas Salas”. Solicitó además la rectificación de la partida de nacimiento de su hijo, THOMAS IGNACIO SOLÍS NAHUELPÁN, para que su nombre quede, en definitiva, como “Thomas Ignacio Salas Nahuelpán”. SEGUNDO: Que, el solicitante allegó, para argumentar su solicitud, su certificado de nacimiento y matrimonio; y, el certificado de nacimiento de su hijo. TERCERO: Que, en el folio 20 el Servicio de Registro Civil e Identificación incorporó un informe, consignando los datos del solicitante y de Código: NRHXXNJNHXF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl su hijo, antes individualizados, y, acompañando extracto de filiación, sin antecedentes ni anotaciones. CUARTO: Que, en el folio 14 rola la información sumaria de dos testigos, quienes fueron contestes en declarar que conocen al solicitante hace más de 15 años, con el nombre de “Fernando Andrés Salas Salas”. QUINTO: Que, en el folio 10 se incorporó la publicación legal, sin que se haya verificado oposición dentro del término legal, según consta en el certificado agregado en el folio 18. SEXTO: Que, del mérito de autos, se ha acreditado que FERNANDO ANDRÉS SOLÍS SALAS, mayor de edad, ha sido conocido, con motivo plausible, por más de 5 años, con el nombre completo de “Fernando Andrés Salas Salas”, por lo que esta jueza estima procedente acceder a la autorización de cambio del nombre solicitado, rectificando la respectiva partida de su nacimiento, como se dirá en lo resolutivo del fallo. A su vez, se ordenará la rectificación de la partida de nacimiento de su hijo, de acuerdo con lo peticionado y lo establecido en el inciso 3° del artículo 4° de la Ley 17.344. Y, vistos, además, lo dispuesto en los artículos 1° inciso 2°, letra a) y b), y artículos 3° y 4° de la Ley 17.344, sobre autorización de cambio de nombre; artículos 17 y 18 de la Ley N°4.808 sobre Registro Civil; 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil,

Fallo

se declara: I. Que, ha lugar a lo solicitado, autorizándose el cambio de nombre de FERNANDO ANDRÉS SOLÍS SALAS, RUN 17.763.029-2, debiendo el Servicio de Registro Civil e Identificación rectificar la partida de nacimiento inscripción Nº 20, Registro S, año 1991, circunscripción San Bernardo, Código: NRHXXNJNHXF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl quedando inscrito, en definitiva, como FERNANDO ANDRÉS SALAS SALAS, mismo RUN. II. Que, se ordena al Servicio de Registro Civil e Identificación, rectificar la partida de nacimiento N° 1062, año 2015, circunscripción San Bernardo, cuyo titular es THOMAS IGNACIO SOLÍS NAHUELPÁN, RUN 24.911.579-7, quedando su nombre inscrito, en definitiva, como: THOMAS IGNACIO SALAS NAHUELPÁN; y, quedando el nombre del padre inscrito, en definitiva, como: FERNANDO ANDRÉS SALAS SALAS, mismo RUN. Notifíquese, anótese, regístrese e inscríbase, obteniéndose copia impresa por el interesado directamente desde el sitio de la Oficina Judicial Virtual. Archívese en su oportunidad. Rol V-149-2023.- DICTADA POR ALEJANDRA CAROLINA PIZARRO RIQUELME, JUEZA SUPLENTE. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veintinueve de Abril de dos mil veinticuatro Código: NRHXXNJNHXF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: NRHXXNJNHXF Este documento tiene firma electró

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FOJA: 25 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 12 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-149-2023 CARATULADO : SOL S/Í Santiago, veintinueve de Abril de dos mil veinticuatro VISTOS: Que, a lo principal del folio 1, compareció FERNANDO ANDRÉS SOLÍS SALAS, soltero, conductor, domiciliado, para estos efectos, en Huérfanos #1117, oficina 1118, Santiago; y solicitó que se le autorice el cam

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