SU BUS CHILE S.A./INSPECCION PROVINCIAL DEL TRABAJO DE SANTIAGO NORTE
Rol
I-333-2024
Fecha
25 de junio de 2024
Materia
Reclamo Multa Administrativa
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Con fecha 2 de mayo de 2024, comparece doña CAROLINA VILA RUIDÍAZ, abogada, en representación, según se acreditará, de SU BUS CHILE S.A.; ambos domiciliados para estos efectos en Avenida del Cóndor Sur Nº590, piso 7º, de la comuna de Huechuraba, Región Metropolitana, quien interpone reclamo judicial conforme al artículo 503 del Código del Trabajo en contra de la INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO SANTIAGO NORTE, representada por el Jefe de la Inspección Comunal, doña Gloria Alejandra Fuentes Riquelme o quién lo subrogue o reemplace, se ignora profesión u oficio, con domicilio en San Antonio N°427, 6° piso, comuna de Santiago, respecto de la Resolución de Multa N°8508/24/14, dictada con fecha 28 de marzo de 2024 por el fiscalizador Marcos Alejando Pérez Guerrero, que le impuso una multa de 60 UTM. Señala que la multa reclamada fue remitida por correo electrónico de fecha 11 de abril de 2024, entendiéndose notificada el 15 de abril del mismo año y que se cursó en base a los siguientes hechos: “NO DAR CUMPLIMIENTO AL CONTRATO COLECTIVO SUSCRITO CON FECHA 12-10-2021 ENTRE LA EMPRESA SUBUS CHILE S.A. Y EL SINDICATO DE EMPRESA DE TRABAJADORES UNIDOS SUBUS CHILE S.A., VIGENTE A LA FECHA, REFERENTE A LAS OBLIGACIONES CONTENIDAS EN LA CLÁUSULA VIGÉSIMO NOVENA, RESPECTO DE LOS SIGUIENTES TRABAJADORES Y PERÍODOS: NO PAGAR DIRECTAMENTE AL SINDICATO EN LA FECHA CORRESPONDIENTE AL 15 DE DICIEMBRE DE 2023, Y EL 28 DE FEBRERO DE 2024, EL APORTE PARA BENEFICIO DE LOS SOCIOS DEL SINDICATO, AL NO INCLUIR AL TRABAJADOR EXEQUIEL MUÑOZ VERA, CUYO CONTRATO DE TRABAJO SE ENCUENTRA ACTUALMENTE VIGENTE CON LA EMPRESA”. Indica que las normas que se señalaron infringidas fueron los artículos 326 inciso 2° en relación con el artículo 506 del Código del Trabajo y que la Inspección habría incurrido en manifiestos errores de hecho y de derecho. Explica que el trabajador mencionado no era socio del Sindicato a la fecha en que se efectuó el pago. En efecto, señala que con fecha 27 de junio d
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la empresa SU BUS CHILE S.A. interpuso reclamo judicial conforme al artículo 503 del Código del Trabajo en contra de la Inspección Provincial del Trabajo Santiago Norte, representada por el Jefe de la Inspección Comunal, doña Gloria Alejandra Fuentes Riquelme respecto de la Resolución de Multa N°8508/24/14, dictada con fecha 28 de marzo de 2024, por el fiscalizador Marcos Alejando Pérez Guerrero, que le impuso una multa de 60 UTM. La multa en cuestión fue por no haber pagado al Sindicato de Empresa de Trabajadores Unidos SUBUS Chile S.A. un aporte para beneficio de los socios del sindicato respecto del trabajador Exequiel Muñoz, infringiendo con ello el contrato colectivo suscrito entre el referido sindicato y la empresa. La empresa alega que si pagó el beneficio pero directamente al trabajador, toda vez que este ya no se encontraba afiliado al sindicato en cuestión sino que a otro. SEGUNDO: Que, la reclamada contestó la demanda solicitando su rechazo con costas, alegando que está bien cursada la infracción y que la interpretación de la reclamante está errada. TERCERO: Que, con fecha 21 de junio de 2024, se celebró la Audiencia de Conciliación, Contestación y Prueba, en la que se fijaron los siguientes hechos a probar: 1. Antecedentes que fueron material de la fiscalización, hechos constatados y si se configuran los hechos infracciónales. 2. Efectividad de existir error de hecho. CUARTO: Que, en la audiencia antes referida, además se ofreció y rindió la siguiente prueba por parte de la reclamante: Documental (folio 23): 1. Copia de resolución de multa N°8508/24/14, junto a correo electrónico en que fue notificada. 2. Contrato de Trabajo celebrado entre Exequiel Muñoz Vera y SUBUS CHILE S.A., con fecha 27 de junio de 2018. 3. Contrato Colectivo de Trabajo celebrado entre Sindicato de Empresa Trabajadores Unidos Subus Chile, Sindicato de Empresa Trabajadores San José y SU-BUS CHILE S.A., de fecha 13 de octubre de 2021, junto con nómina de trabajadores. 4. Ficha de inscripción del sindicato de operaciones SUBUS CHILE (SINOP), de fecha 27 de octubre de 2022, del Trabajador Exequiel Antonio Muñoz Vera. 5. Renuncia voluntaria del Trabajador Exequiel Antonio Muñoz Vera a Sindicato de Empresa de Trabajadores Unidos Subus Chile S.A., de fecha 28 de octubre de 2022. 6. Liquidaciones de Remuneración del Sr. Exequiel Antonio Muñoz Vera, correspondiente al período de diciembre 2023 a febrero 2024. 7. Cadena de correos electrónicos de asunto “RE: Solicitud de Nomina”, fecha 14 de febrero de 2024, enviado por doña Jacqueline Mena a Sindicato STU 8. Comprobante de pago de fecha 15 de diciembre de 2023 de Banco Estado, realizado por SUBUS CHILE a Exequiel Antonio Muñoz Vera, Cuenta Rut N° 12887075. 9. Comprobante de pago de fecha 28 de febrero de 2024 de Banco Estado, realizado por SUBUS CHILE a Exequiel Antonio Muñoz Vera, Cuenta Rut N° 12887075. 10. Certificado de Pago de fecha 11 de agosto de 2023 de Banco Itaú a Sindicemptrabusu
Fallo
Por estas consideraciones, y de conformidad con lo previsto en los artículos 1º y 23 del Decreto con Fuerza de Ley Nº2, de 1967, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social y artículos 323, 326, 503, 505, 505 bis, 506, y demás normas aplicables en la especie; se declara: I.- Que se ACOGE PARCIALMENTE la reclamación judicial, solo en cuanto, se decide que se rebaja la multa impuesta en la resolución N°8508/24/14, dictada con fecha 28 de marzo de 2024, a 3 UTM. II.- Que cada parte pagará sus costas. Regístrese y archívese en su oportunidad. RIT : I-333-2024 RUC : 24- 4-0571328-0 Dictada por doña Valeria Osorio Zamora, Jueza Suplente del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. En Santiago a veinticinco de junio de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la sentencia precedente. San Martín #950 Santiago – Fono 02-9157000 Correo Electrónico jlabsantiago1@pjud.cl
Texto Completo (Preview)
1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, veinticinco de junio de dos mil veinticuatro. VISTOS Con fecha 2 de mayo de 2024, comparece doña CAROLINA VILA RUIDÍAZ, abogada, en representación, según se acreditará, de SU BUS CHILE S.A.; ambos domiciliados para estos efectos en Avenida del Cóndor Sur Nº590, piso 7º, de la comuna de Huechuraba, Región Metropolitana, quien interpone reclamo
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