INVERSIONES AMANACER SPA./CONTRERAS
Rol
C-338-2022
Fecha
29 de abril de 2024
Materia
PRECARIO, INC. 2º ART. 2.195 C.C
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: Que, con fecha 27 de diciembre de 2022, a folio N° 01, comparece don PABLO ARRIAGADA DÍAZ, abogado, en representación convencional de la Sociedad INVERSIONES AMANECER SpA (antes INVERSIONES AMANECER LIMITADA), representada por don HÉCTOR MIGUEL ARCE TRIVIÑO y por don RENÉ ORLANDO ARCE TRIVIÑO, todos domiciliados, para estos efectos, en calle Portales 858; interponiendo demanda de precario en contra de don VÍCTOR HUGO CONTRERAS TORRES, domiciliado en Los Algarrobos N°40, Nueva Talcuna, comuna de Vicuña, argumentando que su representada es dueña y poseedora inscrita de los lotes no enajenados del inmueble consistentes en la Parcela número siete, y una veintiunava parte de los bienes comunes del Proyecto de Parcelación “Orlando Espinoza”, ubicado en el antiguo Fundo La Calera, comuna de Vicuña, provincia de Elqui, Cuarta Región, y tiene una superficie aproximada de diecisiete coma cincuenta y tres hectáreas y los deslindes, según sus títulos, son los siguientes: NORTE, propiedad Emilio Apey, con camino público a Vicuña de por medio, Parcela Cinco en parte con camino público a Vicuña de por medio; ORIENTE, Parcela cinco y seis, Reserva Sociedad Agrícola La Calera; SUR, Parcela Seis, Reserva Sociedad Agrícola La Calera, Parcelas Dieciséis y Diecisiete; y PONIENTE, propiedad Emilio Mery, parcela cinco, ambas con camino público a Vicuña de por medio. Agrega que adquirió la propiedad por tradición que le hizo doña Ana Yalile Zepeda Salomón, sirviendo de título traslaticio de dominio la compraventa celebrada mediante escritura pública, otorgada, con fecha 17 de marzo de 2010 y que el inmueble figura con el rol de avalúo fiscal número 414-18, de la comuna de Vicuña. Posteriormente la parcela fue objeto de una subdivisión predial, ocupando el demandado la superficie que corresponde al LOTE 16, levantando un cerco de cemento (panderetas) con el objeto de obtener la tenencia material del predio sin justificación ni título alguno que lo ampare, situación de la cual su rep
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO. Que, la sociedad INVERSIONES AMANECER SpA, dedujo demanda de precario en contra de don VÍCTOR HUGO CONTRERAS TORRES, de acuerdo a los hechos y fundamentos de derecho citados en lo expositivo del presente fallo. SEGUNDO. Que, la demandada contestó la acción deducida en su contra, por los fundamentos pormenorizados en lo expositivo del presente fallo, y que se dan por enteramente reproducidos, solicitando su rechazo, con costas. TERCERO. Que, se fijaron como hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos los siguientes: 1.- Efectividad de ser la parte demandante dueña de los lotes no enajenados del inmueble que consistía en la Parcela N°7, y una veintiunava parte de los bienes comunes del Proyecto de Parcelación “Orlando Espinoza”, ubicado en el antiguo Fundo La Calera, comuna de Vicuña, provincia de Elqui, cuarta región: 2.- Efectividad que la demandada se encontraría ocupando la superficie que corresponde al lote 16, del inmueble individualizado; y 3.- Efectividad, en su caso, que dicha ocupación se realiza desde un tiempo indeterminado, sin violencia, ni clandestinidad y por mera tolerancia o ignorancia de la parte demandante. CUARTO. Que, a fin de acreditar su pretensión, la parte demandante acompañó la siguiente prueba documental (a folio 1), no objetada por la parte demandada: 1.- Copia de escritura de compraventa, entre doña Ana Yalile Zepeda Salomón e Inversiones Amanecer Limitada, de fecha 17 de marzo de 2010. 2.- Copia de inscripción de compraventa del inmueble de fojas 154 número 150 del Registro de Propiedad del año 2010, a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Vicuña y Paihuano. 3.- Certificado de dominio vigente del Lote 16, de la Parcela 7, inscrito a fojas 154 número 150 del Registro de Propiedad del año 2010, emitido por el Conservador de Bienes Raíces de Vicuña y Paihuano, con fecha 23 de noviembre de 2022. 4.- Certificado de avalúo fiscal del Rol 414-18, de la comuna de Vicuña, emitido por el Servicio de Impuestos Internos con fecha 23 de noviembre de 2022. Código: LFXXNSXSDG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 5.- Certificado de Asignación de Roles de Avalúo, emitido con fecha 23 de marzo de 2015 por el Servicio de Impuestos Internos, que da cuenta que al Lote 16, de la Parcela 7, se le asignó el rol de avalúo 414-376, de la comuna de Vicuña. 6.- Certificado de deuda del rol de avalúo 414-18, de la comuna de Vicuña, emitido por la Tesorería General de la República. 7.- Sets de 8 fotografías. 8.- Captura de Google Maps. 9.- Copia del parte denuncia ante Fiscalía, N°133, de fecha 23 de noviembre de 2022, presentada por don René Orlando Arce Triviño en contra de don Víctor Hugo Contreras Torres, por el delito de amenazas simples del artículo 296 Nº3 del Código Penal. QUINTO. Que, por su parte, la parte demandada, no rindió prueba alguna en autos tendiente a acreditar sus asertos. SEXTO. Que, la acción interpuesta es la de pr
Fallo
por tanto, solicita el rechazo de la demanda en todas sus partes, con costas. Posteriormente con fecha 19 de mayo de 2023, a folio N°21, continúa la audiencia llamándose a las partes a conciliación, la cual no se produjo. Que, con fecha 31 de mayo de 2023, a folio N°25, se recibió la causa a prueba. Que, con fecha 20 de enero de 2024, a folio N°50, se citó a las partes a oír sentencia. CONSIDERANDO: PRIMERO. Que, la sociedad INVERSIONES AMANECER SpA, dedujo demanda de precario en contra de don VÍCTOR HUGO CONTRERAS TORRES, de acuerdo a los hechos y fundamentos de derecho citados en lo expositivo del presente fallo. SEGUNDO. Que, la demandada contestó la acción deducida en su contra, por los fundamentos pormenorizados en lo expositivo del presente fallo, y que se dan por enteramente reproducidos, solicitando su rechazo, con costas. TERCERO. Que, se fijaron como hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos los siguientes: 1.- Efectividad de ser la parte demandante dueña de los lotes no enajenados del inmueble que consistía en la Parcela N°7, y una veintiunava parte de los bienes comunes del Proyecto de Parcelación “Orlando Espinoza”, ubicado en el antiguo Fundo La Calera, comuna de Vicuña, provincia de Elqui, cuarta región: 2.- Efectividad que la demandada se encontraría ocupando la superficie que corresponde al lote 16, del inmueble individualizado; y 3.- Efectividad, en su caso, que dicha ocupación se realiza desde un tiempo indeterminado, sin violencia, ni clandes
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Vicuña, veintinueve de abril de dos mil veinticuatro. VISTO: Que, con fecha 27 de diciembre de 2022, a folio N° 01, comparece don PABLO ARRIAGADA DÍAZ, abogado, en representación convencional de la Sociedad INVERSIONES AMANECER SpA (antes INVERSIONES AMANECER LIMITADA), representada por don HÉCTOR MIGUEL ARCE TRIVIÑO y por don RENÉ ORLANDO ARCE TRIVIÑO, todos domiciliados, para estos efectos, en
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