Juzgado de Letras de Parral

BANCO SANTANDER -CHILE/SOC. DE TRANSPORTES AGRICOLA ESPINAZA RIVERA LTDA

Rol

C-534-2023

Fecha

29 de abril de 2024

Materia

ARRENDAMIENTO, ART. 607 CPC

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: 1º Partes. Que son parte en este juicio sobre terminación inmediata de contrato de arrendamiento por no pago de rentas, Rol Nº 534-2023-C del Juzgado de Letras de Parral, don LUIS LOZANO DONAIRE, abogado, domiciliado en Talca, calle 4 Norte N°620, y para estos efectos en Urrutia N° 465, Parral, en representación convencional, según se acreditará; del BANCO SANTANDER-CHILE, Sociedad Anónima Bancaria, representada por su Gerente General don Román Blanco Reinosa ingeniero civil, ambos domiciliados para estos efectos en Talca calle 4 Norte Nº620, Santiago, como demandante; y SOCIEDAD DE TRANSPORTES Y AGRICOLA ESPINAZA RIVERA LIMITADA RUT 76.136.230-5, representada por SERGIO ANTONIO ESPINAZA SALAZAR, empresario, casado, chileno, Cédula de identidad N°3.859.678-0, a quien también demando como fiador y codeudor solidario, y contra de los fiadores y codeudores solidarios NELSON ANTONIO ESPINAZA RIVERA, cédula N° 10.823.965-4, empresario, casado, y doña JOSEFINA DEL CARMEN RIVERA RIVERA, chilena, casada, todos domiciliados en calle Libertad 722, Retiro, como demandada. 2º De la demanda. Con fecha 06 de junio de 2023 LUIS LOZANO DONAIRE, mandatario judicial en representación convencional, del BANCO SANTANDER-CHILE, representado legalmente por don Román Blanco Reinosa, todos ya individualizados: Código: QPXCXNPQVXF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 Que, en la representación invocada, viene en interponer demanda de terminación inmediata de contrato de arrendamiento, por no pago de rentas, en contra del arrendatario, SOCIEDAD DE TRANSPORTES Y AGRICOLA ESPINAZA RIVERA LIMITADA RUT 76.136.230-5, representada por SERGIO ANTONIO ESPINAZA SALAZAR, a quien también demando como fiador y codeudor solidario, y contra de los fiadores y codeudores solidarios NELSON ANTONIO ESPINAZA RIVERA, cédula N° 10.823.965-4, y doña JOSEFINA DEL CARMEN RIVERA RIVERA, ya individualizados, en base a los

Fundamentos

fundamentos de hecho y de derecho siguientes: Consta de los documentos que acompaño en el primer otrosí de esta presentación, que mi representada celebró con SOCIEDAD DE TRANSPORTES Y AGRICOLA ESPINAZA RIVERA LIMITADA contratos de leasing o arrendamiento con opción de compra de bienes muebles, cuyas características paso a exponer: I.- Contrato de 26 de octubre de 2015, mediante instrumento privado protocolizado en la notaría de Juan Ricardo San Martín de Santiago, repertorio 42.285-2015 mi representada entregó en arrendo con opción de compra a la demandada, 1 SEMIREMOLQUE FURGON CURTAIN SIDER PLANO 2+1FIJO 14.8M DE LARGO, MARCA RANDON MODELO SR-FECG 03-30 AÑO 2016 NUEVO Y SIN USO, INLCUYE 13 NEUMATICOS ROAD LUX 295/80x22 5 r216.- Arriendo por 37 meses, s un pie de $2.392.508 pagado de contado, las cuotas pactadas fueron 36 de $750.794 más IVA pesos por mensualidades anticipadas .Placa Patente GRDW-91 Este contrato sufrió la siguiente modificación: - Mediante instrumento privado protocolizado en la misma notaría con el N°32743-2018 de 10 de mayo de 2018 op. 558075; se modificó la duración aumentando de 37 a 89 meses y al valor de cada cuota, se acordó la primera en $504.202 más IVA y las siguientes 60 cuotas pendientes de pago a esa fecha tendrían un valor de $248.008 más IVA cada una a contar del 15 de junio de 2018. II.- Contrato de 28 de diciembre de 2016, mediante instrumento privado protocolizado en la notaría de Ricardo San Martín de Santiago, repertorio 547-2017, op 545716 mi representada entregó en arrendo con opción de compra a la Código: QPXCXNPQVXF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 demandada, mi representada entregó en arrendo con opción de compra a la demandada, 1 SEMIREMOLQUE FURGON SIDER CARGA GENERAL PLANO 14.6M DE LARGO, 1+2 ejes de suspensión neumática, MARCA RANDON MODELO SR-FECG 03-30 AÑO 2017 NUEVO Y SIN USO, INLCUYE 13 NEUMATICOS ROAD LUX 295/80x22 5 r216Placa Patente HGKD-70 Arriendo por 49 meses, la primer por $2.342.000 más IVAS y las restantes rentas mensuales de $592.820 más IVA y una opción de compra por el mismo precio Este contrato sufrió la siguiente modificación: Mediante instrumento privado protocolizado en la misma notaría con el N°32.742-2018 de 10 de mayo de2018, se modificó solo en cuanto a su plazo y al valor de cada cuota, se amplió a 76 meses y se acordó que las 60 cuotas pendientes de pago a esa fecha tendrían un valor de $496.322 más IVA cada una a contar del 23 de junio de 2018. III.- Contrato de 28 de diciembre de 2016, mediante instrumento privado protocolizado en la notaría de Ricardo San Martín de Santiago, repertorio 546-2017 mi representada entregó en arrendo con opción de compra a la demandada 1 SEMIREMOLQUE FURGON SIDER CARGA GENERAL PLANO 14.6M DE LARGO, 1+2 ejes de suspensión neumática, MARCA RANDON MODELO SR-FECG 03-30 AÑO 2017 NUEVO Y SIN USO, INLCUYE 13 NEUMATICOS ROAD LUX 295/80x22 5 r216.- Arriendo por 37 me

Fallo

se declara: I.- Que se ACOGE, en todas sus partes, la demanda interpuesta por BANCO SANTANDER-CHILE, Sociedad Anónima Bancaria, representada por su Gerente General don Román Blanco Reinosa, en contra de SOCIEDAD DE TRANSPORTES Y AGRICOLA ESPINAZA RIVERA LIMITADA RUT 76.136.230-5, representada por SERGIO ANTONIO ESPINAZA SALAZAR, y a éste último como fiador y codeudor solidario, y contra de los fiadores y codeudores solidarios NELSON ANTONIO ESPINAZA RIVERA, y JOSEFINA DEL CARMEN RIVERA RIVERA y, en consecuencia, se declara: 1.- Que se encuentran terminados los contratos de arrendamiento celebrado entre Banco Santander Chile y SOCIEDAD DE TRANSPORTES Y AGRICOLA ESPINAZA RIVERA LIMITADA, enumerados en el considerando QUINTO de esta sentencia, por no pago de las rentas de arrendamiento. 2.- Que SOCIEDAD DE TRANSPORTES Y AGRICOLA ESPINZA RIVERA LIMITADA, como obligado directo y SERGIO ANTONIO ESPINAZA SALAZAR y NELSON ANTONIO ESPINAZA RIVERA y doña JOSEFINA DEL CARMEN RIVERA RIVERA, fiadores y codeudores solidarios; deben pagar a Banco Santander Chile, la totalidad de las cuotas vencidas y las que se devenguen durante la tramitación de este juicio, con el siguiente detalle: a) Respecto del contrato de fecha 26 de octubre de 2015, al pago de $1.475.640.-; por 05 cuotas, con vencimientos desde noviembre 2022 a abril de 2023, más las rentas que se devenguen durante el curso del juicio, y la suma de Código: QPXCXNPQVXF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser v

Texto Completo (Preview)

RIT« » Foja: 1 FOJA: 24 .- .- Rol: 534-2023-C Materia : Término de contrato de arrendamiento por no pago de rentas Demandante: BANCO SANTANDER – CHILE R.U. N.: 97.036.000-K Demandado: Soc. de Transportes y Agrícola Espinaza Rivera Ltda. RUT: 76.136.230-5 REP. LEGAL: Sergio Antonio Espinaza Salazar RUT: 3.859.678-0 Fiador y codeudor solidario: Nelson Espinaza Rivera RUT: 10.823.965-4 Fiador y codeu

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