BANCO ITAU CHILE S.A/MATURANA
Rol
C-19445-2023
Fecha
29 de abril de 2024
Materia
MUTUO, COBRO EJECUTIVO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que con fecha 22 de noviembre de 2023, a folio 1, mediante presentaci n ingresada a trav s de la oficina judicial virtual, comparece donó é Daniel Ocampo Mi o, abogado, domiciliado en calle Enrique Foster Sur Nñ ° 39, Piso 2, Comuna de Las Condes, como mandatario judicial, en representaci n convencional de ó Banco Ita Chileú , antes denominado Itaú Corpbanca, sociedad an nima bancaria; cuyo gerente general es donó Gabriel Amado de Moura, domiciliados en Avenida Presidente Riesco Nº 5537, Piso 20, Comuna de Las Condes, Regi n Metropolitana, quienó deduce demanda ejecutiva en contra de don Fernando Eugenio Maturana Zepeda, ingeniero civil, domiciliado en calle Felipe II N 4343,º Departamento N 504, comuna de Las Condes, solicitando se despache en° su contra mandamiento de ejecuci n y embargo por la suma de U.F.ó 131,6642.- equivalentes al d a 6 de noviembre de 2023 a la suma deí $4.797.479, m s intereses y costas, seg n se ala en los siguientesá ú ñ antecedentes:. Código: GXKXXNQXNXF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-19445-2023 Foja: 1 1.- Por escritura p blica de fecha 23 de marzo de 2021, otorgada enú la Notar a de Santiago de don Francisco Javier Leiva Carvajal, ITAí Ú CORPBANCA dio en pr stamo al demandado la cantidad de U.F.é 193,4007 quien declar recibirlas a su entera satisfacci n. Refiere que eló ó demandado se oblig a pagar el referido mutuo en el plazo de 60 meses, aó contar del primer d a del mes siguiente al de la fecha de suscripci n de laí ó escritura en comento, por medio de 60 cuotas o dividendos mensuales y sucesivos, por la cantidad de U.F. 3,5144.-, que comprenden amortizaci nó de capital y pago de intereses, las cuales podr n incluir adem s las primasá á de seguro asociadas al cr dito, pudiendo pagarse cada cuota dentro de losé primeros diez d as de cada mes.í Se estipul en la cl usula octava que el capital adeudado devengar aó á í intereses a una tasa real, anual y venc
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que Banco Ita Chile, deduce demanda ejecutiva deú cobro de pagar en contra de don Fernando Eugenio Maturana Zepeda, aé fin de que pague la suma de 131,6642 Unidades de Fomento, que al d a 6í de noviembre de 2023 asciende a $4.797.479, correspondiente al saldo insoluto de la escritura p blica de mutuo, la que fue debidamente indicadaú en lo expositivo. SEGUNDO: Que la demandada, se opuso a la ejecuci n oponiendoó la excepci n contemplada en el N 7 del art culo 464 del C digo deó ° í ó Procedimiento Civil, seg n antecedentes que fueron rese ados en la parteú ñ expositiva de este fallo, los cuales se dan enteramente por reproducidos. Código: GXKXXNQXNXF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-19445-2023 Foja: 1 TERCERO: Que respecto a la nica excepci n opuesta por la parteú ó ejecutada, consistente en la falta de alguno de los requisitos o condiciones establecidos por las leyes para que dicho t tulo tenga fuerza ejecutiva, esí preciso tener presente que para que aquella se configure deben faltar alguno de los requisitos para que proceda la acci n ejecutiva, sea porque el t tuloó í no re ne todas las condiciones establecidas por la ley para que se leú considere como ejecutivo o porque la deuda no es l quida o actualmenteí exigible, debiendo ello relacionarse con aquellos preceptos legales que consagran determinadas exigencias para que un t tulo tenga dichaí condici n.ó CUARTO: Que en lo que respecta a esta excepci n, fundada en queó las cuotas e inter s estar an mal determinadas, por lo que la misma noé í resulta l quida, sin mayores argumentaciones que la de ignorar la base delí valor del dividendo mensual, cabe recordar que se entiende l quida laí obligaci n cuando su objeto se encuentra perfectamente determinado en suó especie o bien en su g nero y cantidad, especificidad que debe encontrarseé en el t tulo, es decir, una obligaci n l quida es aquella en que la declaraci ní ó í ó contenida en el t tulo es completa, en el sentido de que se baste a s misma;í í o en otras palabras, debe tratarse de obligaciones en las cuales no sea dudoso lo que se debe y su determinaci n cualitativa.ó QUINTO: Que, del an lisis del contrato de mutuo contenido en laá escritura p blica que sirve de fundamento a la ejecuci n, se aprecia que seú ó ha determinado claramente el monto que se otorg en mutuo, la forma deó pago, n mero de cuotas y el importe de las mismas, parcialidades que seú Código: GXKXXNQXNXF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-19445-2023 Foja: 1 expres comprend an la amortizaci n e intereses, indic ndose la tasa deó í ó á inter s y el momento del que se devengar a.é í SEXTO: Que as las cosas, el t tulo indica expresa y completamente laí í forma de determinar la obligaci n y sus intereses, por lo que la obligaci nó ó es claramente liquidable con los datos contenidos en el t tulo, cumpliendoí con los re
Fallo
se declararonó admisibles las excepciones opuestas y seguidamente se recibi la causa aó prueba. Con fecha 18 de abril de 2024, a folio 18, se cit a las partes a o ró í sentencia. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que Banco Ita Chile, deduce demanda ejecutiva deú cobro de pagar en contra de don Fernando Eugenio Maturana Zepeda, aé fin de que pague la suma de 131,6642 Unidades de Fomento, que al d a 6í de noviembre de 2023 asciende a $4.797.479, correspondiente al saldo insoluto de la escritura p blica de mutuo, la que fue debidamente indicadaú en lo expositivo. SEGUNDO: Que la demandada, se opuso a la ejecuci n oponiendoó la excepci n contemplada en el N 7 del art culo 464 del C digo deó ° í ó Procedimiento Civil, seg n antecedentes que fueron rese ados en la parteú ñ expositiva de este fallo, los cuales se dan enteramente por reproducidos. Código: GXKXXNQXNXF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-19445-2023 Foja: 1 TERCERO: Que respecto a la nica excepci n opuesta por la parteú ó ejecutada, consistente en la falta de alguno de los requisitos o condiciones establecidos por las leyes para que dicho t tulo tenga fuerza ejecutiva, esí preciso tener presente que para que aquella se configure deben faltar alguno de los requisitos para que proceda la acci n ejecutiva, sea porque el t tuloó í no re ne todas las condiciones establecidas por la ley para que se leú considere como ejecutivo o porque la deuda no es l quida o actua
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C-19445-2023 Foja: 1 FOJA: 12 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 17 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-19445-2023 CARATULADO : BANCO ITAU CHILE S.A/MATURANA Santiago, veintinueve de Abril de dos mil veinticuatro VISTOS: Que con fecha 22 de noviembre de 2023, a folio 1, mediante presentaci n ingresada a trav s de la oficina judicial virtual, comparece donó é Daniel Ocampo Mi o, a
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