ANTOFAGASTA MINERALS S.A./
Rol
V-566-2023
Fecha
29 de abril de 2024
Materia
MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, don Juan Esteban Poblete Newman, Cédula Nacional de Identidad 10.742.018-5, casado, chileno, abogado, en representación de Antofagasta Minerals S.A., RUT 93.920.000-2, sociedad chilena del giro de su denominación, ambos domiciliados en Santiago, Avenida Apoquindo N°4001, Piso 18, comuna de Las Condes, con fecha 04 se Septiembre del año dos mil veintitrés, a las 10:13:56 horas, formuló el pedimento de la concesión de exploración denominada “ACEBO III 2”, con una superficie de 300 hectáreas. SEGUNDO: Que, con fecha 22 de Septiembre del año 2023, el pedimento fue inscrito a fojas 4105, bajo el Nº2237, del año 2023, en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Antofagasta. TERCERO: Que, con fecha 02 de Octubre del 2023, se publicó la inscripción del pedimento en el Boletín Oficial de Minería, Núm. 43.666, del Diario Oficial. CUARTO: Que, el informe del Servicio Nacional de Geología y Minería Nº753, de fecha 19 de febrero del año 2024, señala que los aspectos técnicos relacionados con la solicitud y el plano están conformes con las disposiciones legales. QUINTO: Que, las coordenadas U. T. M. de cada uno de los vértices del perímetro de la concesión de exploración y su punto medio son: VÉRTICE NORTE (metros) ESTE (metros) Código: GPXXXNXCXDG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl PM 7.395.500,00 502.500,00 V1 7.396.000,00 501.000,00 V2 7.396.000,00 504.000,00 V3 7.395.000,00 504.000,00 V4 7.395.000,00 501.000,00 SEXTO: Que, teniendo presente lo dispuesto en el artículo 57 del Código de Minería, por haberse cumplido todos los requisitos legales y no existiendo impedimentos técnicos;
Fallo
SE RESUELVE: Que se aprueba el plano y queda constituida la concesión de exploración denominada “ACEBO III 2” con una superficie de 300 hectáreas, a favor de ANTOFAGASTA MINERALS S.A., representada por don Juan Esteban Poblete Newman, ambos ya individualizados en autos. Extráctese la presente sentencia constitutiva como lo estipula el artículo 90 del Código de Minería y publíquese, inscríbase y archívese de conformidad a la Ley. Remítase copia de esta sentencia y plano original al Servicio Nacional de Geología y Minería. Archívese copia del plano en el respectivo Conservador de Minas. Regístrese, notifíquese y en su oportunidad ARCHIVESE. ROL V-566-2023 Dictada por doña Andrea Przybyszewski Jopia, Jueza Suplente. Antofagasta, veintinueve de Abril del dos mil veinticuatro, notifiqué por el estado diario la resolución que antecede. Código: GPXXXNXCXDG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-04-29T14:31:54-0400
Texto Completo (Preview)
ROL : V-566-2023 MATERIA : PEDIMENTO MINERO “ACEBO III 2” CÓDIGO : P02 SOLICITANTE : Antofagasta Minerals S.A. FECHA INICIO : 04.09.2023 Antofagasta, veintinueve de abril del dos mil veinticuatro. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, don Juan Esteban Poblete Newman, Cédula Nacional de Identidad 10.742.018-5, casado, chileno, abogado, en representación de Antofagasta Minerals S.A., RUT 93.920.000
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