18º Juzgado Civil de Santiago

SCOTIABANK CHILE S. A./ALTAMIRANO

Rol

C-7124-2023

Fecha

27 de abril de 2024

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: A folio 1 comparece Luis Eduardo Montes Montes, abogado, mandatario judicial, domiciliado en Avenida Suecia 42, piso 5, Comuna de Providencia, como mandatario, en representación convencional de Scotiabank Chile, sociedad anónima bancaria, del giro de su denominación, representada legalmente por su Gerente General, don Diego Masola, rut 27.550.890-K, contador, ambos domiciliados para estos efectos en calle Morandé 226, comuna y ciudad de Santiago, continuador legal del Banco del Desarrollo, quien interpone demanda ejecutiva de cobro de pagaré conforme a la Ley 20.027 y su Reglamento N° 182 de fecha 07 de Septiembre de 2005, en contra de doña Sindy Solange Altamirano Gutiérrez, ignora profesión u oficio, domiciliado (a) en calle Playa Bitoñe 1091, comuna de Talcahuano, provincia de Concepción, en virtud de ser deudor vencido de los siguientes pagares: 1.- Pagaré a la orden, suscrito con fecha 03 de abril de 2023, por el monto de 10,9828 unidades de fomento, con vencimiento el 13 de abril de 2023.- 2.- Pagaré a la orden, suscrito con fecha 03 de abril de 2023, por el monto de 98,8456 unidades de fomento, con vencimiento el 13 de abril de 2023.- 3.- Pagaré a la orden, suscrito con fecha 03 de abril de 2023, por el monto de 1,9060 unidades de fomento, con vencimiento el 13 de abril de 2023.- Dichos pagarés fueron suscritos por el representante del Banco en virtud de la cláusula décimo quinta y décimo sexta del Contrato de Apertura que se acompaña, a la orden de Scotiabank Chile. Refiere que los pagarés, antes individualizados no fueron pagados a la fecha de su vencimiento, por lo que el deudor se encuentra en mora desde dicha fecha respecto del capital. De acuerdo a lo pactado en los Pagarés individualizados, el capital adeudado devengaría la tasa de interés máximo convencional que la ley permite establecer para este tipo de operaciones de crédito de dinero. Además, se estipuló que en el caso de no pago de la deuda a la presentación a cobro del respectivo pagaré

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 1 comparece Luis Eduardo Montes Montes, abogado, mandatario judicial, domiciliado en Avenida Suecia 42, piso 5, Comuna de Providencia, como mandatario, en representación convencional de Scotiabank Chile, sociedad anónima bancaria, del giro de su denominación, representada legalmente por su Gerente General, don Diego Masola, rut 27.550.890-K, contador, ambos domiciliados para estos efectos en calle Morandé 226, comuna y ciudad de Santiago, continuador legal del Banco del Desarrollo, quien interpone demanda ejecutiva de cobro de pagaré conforme a la Ley 20.027 y su Reglamento N° 182 de fecha 07 de Septiembre de 2005, en contra de doña Sindy Solange Altamirano Gutiérrez, ignora profesión u oficio, domiciliado (a) en calle Código: FTSNXNPNNQF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-7124-2023 Playa Bitoñe 1091, comuna de Talcahuano, solicitando admitirla a tramitación y ordenar se despache mandamiento de ejecución en su contra por la suma en capital de 111,7344.- Unidades de Fomento, equivalentes en pesos al día 13 de abril de 2023, a la suma de $3.979.652.- más los respectivos intereses convencionales, devengados y los que se devenguen hasta el día del pago más los intereses penales, y reajustes hasta la fecha del pago efectivo; despachar mandamiento de ejecución y embargo en su contra; disponer se le embarguen bienes en cantidad suficiente y, si no pagare, se siga adelante la ejecución hasta hacer cumplido pago de todas las sumas adeudadas, con costas. SEGUNDO: Que, encontrándose debidamente emplazada la parte demandada, opuso las excepciones de los numerales 11, 7, 14 y 4 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil. TERCERO: Que el artículo 1698 del Código Civil dispone que incumbe probar las obligaciones o su extinción al que alega aquéllas o ésta. CUARTO: Que, en autos, la parte ejecutada no aportó antecedentes que permitieran acreditar los hechos en que funda las defensas que ha opuesto. QUINTO: Que, en la especie se ha hecho valer como título ejecutivo el contemplado en el artículo 434 Nº 4 del Código de Procedimiento Civil, esto es, pagaré respecto del obligado cuya firma aparezca autorizada por un notario o por el oficial del Registro Civil en las comunas donde no tenga su asiento un notario. En efecto, el actor acompañó como título fundante de esta ejecución los 3 pagarés, a la orden de Scotiabank, individualizados en lo expositivo de esta sentencia, loas que cuentan con firma del suscriptor se encuentra autorizada por Notario Público. SEXTO: Que respecto de la excepción de concesión de prórrogas o esperas invocada la ejecutada ésta no rindió prueba alguna en autos, por lo que no cabe sino desestimar la misma. SÉPTIMO: Que en relación con la excepción impetrada del numeral 7 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, debe indicarse que del examen de los pagarés fundantes de autos, consta que cuenta con la firma del suscri

Fallo

se declaran admisibles las excepciones opuestas y se recibe la causa a prueba. A folio 28 se cita a las partes a oír sentencia. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 1 comparece Luis Eduardo Montes Montes, abogado, mandatario judicial, domiciliado en Avenida Suecia 42, piso 5, Comuna de Providencia, como mandatario, en representación convencional de Scotiabank Chile, sociedad anónima bancaria, del giro de su denominación, representada legalmente por su Gerente General, don Diego Masola, rut 27.550.890-K, contador, ambos domiciliados para estos efectos en calle Morandé 226, comuna y ciudad de Santiago, continuador legal del Banco del Desarrollo, quien interpone demanda ejecutiva de cobro de pagaré conforme a la Ley 20.027 y su Reglamento N° 182 de fecha 07 de Septiembre de 2005, en contra de doña Sindy Solange Altamirano Gutiérrez, ignora profesión u oficio, domiciliado (a) en calle Código: FTSNXNPNNQF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-7124-2023 Playa Bitoñe 1091, comuna de Talcahuano, solicitando admitirla a tramitación y ordenar se despache mandamiento de ejecución en su contra por la suma en capital de 111,7344.- Unidades de Fomento, equivalentes en pesos al día 13 de abril de 2023, a la suma de $3.979.652.- más los respectivos intereses convencionales, devengados y los que se devenguen hasta el día del pago más los intereses penales, y reajustes hasta la fecha del pago efectivo; despachar mandamiento de e

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C-7124-2023 FOJA: 16 .- diecis is.-é NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 18 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-7124-2023 CARATULADO : SCOTIABANK CHILE S. A./ALTAMIRANO Santiago, veintisiete de Abril de dos mil veinticuatro VISTOS: A folio 1 comparece Luis Eduardo Montes Montes, abogado, mandatario judicial, domiciliado en Avenida Suecia 42, piso 5, Comuna de Providencia, como mandatari

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