RODRÍGUEZ/DÍAZ
Rol
C-7055-2023
Fecha
25 de abril de 2024
Materia
PRECARIO, INC. 2º ART. 2.195 C.C
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: Se ha iniciado este proceso rol N 7055 2023° – sobre acci n de precarioó interpuesta por Rodrigo Andr s Ponce Madariagaé , abogado, domiciliado en Calle Moneda N 920, oficina 308, comuna de Santiago, en representaci n convencional de° ó Patricio Alfonso Rodr guez Mu oz, abogado, con su mismo domicilio, contra í ñ Aurora Ester D az Navarreteí , desconoce oficio y/o profesi n, domiciliada en Calle Vargasó Buston N 1059 A, sitio 1, comuna de San Miguel. ° Expone que su representado es due o de la propiedad ubicada en calle Vargasñ Buston N 1059, sitio 1, comuna de San Miguel, el cual se encuentra inscrito a fojas 5526° vta., N 5191, del Registro de Propiedad del a o 2023 del Conservador de Bienes Ra ces° ñ í de San Miguel, seg n consta en certificado que acompa a, y el rol de aval o es N 5648-ú ñ ú ° 42 de la comuna de San Miguel. Agrega que la citada propiedad fue adquirida mediante escritura p blica de compraventa de 20 de febrero del a o 2023 a don Mario Luisú ñ Torres Santib ez, don H ctor Leonel Torres Santib ez y a don Jorge Torresáñ é áñ Santib ez. áñ Indica que por mera tolerancia de este, desde la fecha de adquisici n de laó propiedad, y sin que exista ni haya existido contrato de ninguna especie sobre el inmueble con terceros, la demandada ocupa la propiedad, ya singularizada, no existiendo con ella tampoco contrato alguno. Refiere que hoy se requiere la devoluci n de la propiedad y que el actor puedaó ejercer las facultades que el derecho de dominio le confiere. Agrega que la demandada ocupa la propiedad, acredit ndose esto medianteá boleta de servicio b sico de la luz, que est a su nombre y que se acompa a. á á ñ Luego se ala que la situaci n de hecho descrita, cual es, la tenencia de una cosañ ó ajena, sin contrato o autorizaci n que la respalde, se encuentra en evidente contradicci nó ó Código: QGNXNMNESE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-7055-2023 Foja: 1 con los derechos est
Fundamentos
Considerando: Primero: Que, a folio 1, comparece Rodrigo Andr s Ponce Madariaga, ené representaci n de Patricio Alfonso Rodr guez, interponiendo de demanda de precario enó í contra de Aurora Ester D az Navarrete, por los fundamentos y con las peticionesí referidas en lo expositivo de este fallo. Segundo: Que, notificada la demanda en forma legal, tuvo lugar el comparendo de rigor, teni ndose por contestada la demanda en la forma ya referida, motivo por elé que han de tenerse por controvertidos todos los hechos que fundan aqu lla. é Tercero: Que, interpuesta la acci n de precario, jur dicamente, contemplada enó í el inciso segundo del art culo 2195 del C digo Civil, previene ella que: Constituyeí ó “ tambi n precario la tenencia de una cosa ajena, sin previo contrato y por ignorancia oé Código: QGNXNMNESE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-7055-2023 Foja: 1 mera tolerancia del due o , de modo que para que sea acogida, incumbe a quienñ ” acciona acreditar el dominio sobre el bien cuya restituci n solicita y la tenencia de steó é por la demandada y corresponder a su vez a esta ltima, a fin de desvirtuar el precario,á ú acreditar que la tenencia del inmueble se encuentra autorizada por su due o o provieneñ de un acto o contrato que aquel deba respetar y, en consecuencia, destruir el hecho de sustentarse dicha tenencia en la ignorancia o mera tolerancia de quien demanda. Cuarto: Que el art culo 1698 del C digo Civil se ala que, incumbe probar lasí ó ñ obligaciones o su extinci n al que alega aqu llas o sta, y en ese sentido, la parteó é é demandante, a fin de acreditar sus asertos alleg al proceso, sin objeci n, ó ó la siguiente prueba instrumental: 1. Copia escritura p blica de compraventa de 20 de febrero de 2023, celebradaú ante Luis Enrique Tavolari Oliveros, Notario P blico Titular de Vig sima Segundaú é Notar a de Santiago. í 2. Copia de inscripcion de fojas 5526 vta., N 5191, del Registro de Propiedad del° a o 2023 del Conservador de Bienes Ra ces de San Miguel.ñ í 3. Certificado de hipotecas, grav menes, interdicciones y prohibiciones respectoá de la propiedad ubicada en Calle Vargas Buston N 1059, sitio 1, comuna de San° Miguel. 4. Copia de inscripcion de fojas 20891, N 16544, del Registro de Propiedad del° a o 2009 del Conservador de Bienes Ra ces de San Miguel.ñ í 5. Copia de inscripcion de fojas 2135, N 2283, del Registro de Propiedad del a o° ñ 2023 del Conservador de Bienes Ra ces de San Miguel.í 6. Copia boleta consumo el ctrico emitida a nombre de Aurora D az Navarrete,é í direcci n de env o y suministro Vargas Buston 1059-A-San Miguel, emitida por Eneló í Distribuci n Chile S.A., de 22 de septiembre de 2023. ó 7. Copia boleta consumo el ctrico emitida a nombre de Patricio Rodr guezé í Mu oz direcci n de env o y suministro Vargas Buston 1059-A-San Miguel, emitida porñ ó í Enel Distribuci n Chile S.A., de 20 de septiembre de 2024.ó 8. Certificado de deuda de contrib
Fallo
Por estas consideraciones y tiendo presente, adem s, lo dispuesto en los art culosá í 582, 700, 724, 1698, 1699, 1700 e inciso 2 del art culo 2195 del C digo Civil; art culos° í ó í 144, 170, 318, 327, 341 y siguientes, 384, 680 y siguientes del C digo de Procedimientoó Civil, se declara que: Se acoge, con costas, la acci n de precario deducida por Patricio Alfonsoó Rodr guez Mu oz, en todas sus partes, y í ñ se condena a Aurora Ester D az Navarrete aí restituir el inmueble sub lite, ubicado en Calle Vargas Buston N 1059 A, Sitio 1,° Comuna de San Miguel, a su due o antes indicada; lo anterior dentro de tercero d a deñ í ejecutoriada la sentencia, bajo apercibimiento de lanzamiento de ella y de toda persona que le derive ocupaci n. ó Reg strese, notif quese y arch vese en su oportunidad. í í í Dictada por Carmen Gloria Escanilla P rez, Juez titular. é Código: QGNXNMNESE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-7055-2023 Foja: 1 Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en San Miguel, veinticinco de Abril de dos mil veinticuatro Código: QGNXNMNESE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-04-25T19:56:01-0400
Texto Completo (Preview)
C-7055-2023 Foja: 1 FOJA: 30 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de San Miguelº CAUSA ROL : C-7055-2023 CARATULADO : RODR GUEZ/D AZÍ Í San Miguel, veinticinco de abril de dos mil veinticuatro. Vistos: Se ha iniciado este proceso rol N 7055 2023° – sobre acci n de precarioó interpuesta por Rodrigo Andr s Ponce Madariagaé , abogado, domiciliado en Calle Moneda N 920, ofi
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