HILARICOS SPA/
Rol
V-3517-2023
Fecha
26 de abril de 2024
Materia
MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que doña ALEJANDRA CAROLINA VERGARA PIRO, chilena, casada, Abogada, Cédula Nacional de Identidad Nº 10.619.364-9, en representación de HILARICOS SpA, sociedad chilena, ambos domiciliados en calle Simón Bolívar Nº 202, Oficina 1301 de Iquique, presentó con fecha 26 DE SEPTIEMBRE DE 2023, el Pedimento Minero denominado “JAVI 10” solicitando la concesión del mismo. SEGUNDO: Que dicho pedimento se inscribió a fojas 4243 bajo el número 3233 en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Pozo Almonte, correspondiente al año 2023. TERCERO: Que el pedimento antes referido se publicó con fecha LUNES 16 DE OCTUBRE DE 2023, en el Boletín Oficial de Minería. CUARTO: Que con fecha 05 DE MARZO DE 2024, el Servicio Nacional de Geología y Minería emitió el correspondiente informe, consignando que los aspectos técnicos relacionados con la solicitud y plano de la referida concesión se encuentra conforme con las disposiciones legales vigentes y agrega que la forma, dimensiones y orientación de la cara superficial de la concesión se ajustan a la ley, y la cara superficial de la concesión solicitada está comprendida dentro del terreno pedido. QUINTO: Que, las coordenadas UTM de cada uno de los vértices del perímetro de la cara superior del pedimento minero denominado “JAVI 10” materia de esta concesión son: VERTICE NORTE (m.) ESTE (m.) 1 7.719.000,00 399.000,00 2 7.719.000,00 400.000,00 3 7.717.000,00 400.000,00 4 7.717.000,00 399.000,00 P.M. 7.718.000,00 399.500,00 Y Vistos, además, lo dispuesto en los artículos 57 y 87 del Código de Minería, y artículo 42 del Reglamento
Fallo
SE DECLARA: SE APRUEBA el plano y se declara constituida la concesión de exploración denominada “JAVI 10” con una superficie total de 200 HECTÁREAS, a favor de su solicitante HILARICOS SpA, ya individualizado. Publíquese esta sentencia en extracto conforme lo ordena el artículo 90 del Código de Minería y artículo 43 de su Reglamento. Código: XVQHXNHXXPE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Inscríbase esta sentencia dentro del plazo de 120 días que señala el artículo 89 del Código de Minería en el Registro correspondiente del Conservador de Minas de Pozo Almonte y remítase copia del plano al Conservador de Minas referido para su archivo. Hágase entrega al interesado del original del plano a fin de que dé cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 42 del Reglamento del Código de Minería. En su oportunidad, certifíquese la ejecutoria de la sentencia. El solicitante deberá extraer del sistema de tramitación electrónica las copias necesarias para el cumplimiento de lo ordenado. Regístrese, notifíquese y en su oportunidad archívese. Dictada por Juez del Juzgado de Letras, Garantía y Familia de Pozo Almonte, que se individualiza en la firma electrónica avanzada estampada en la presente sentencia. Pozo Almonte, a veintiséis de abril de dos mil veinticuatro, notifíquese por el estado diario de hoy la sentencia que antecede. /mgr Código: XVQHXNHXXPE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser va
Texto Completo (Preview)
FOJA: 12 .- doce .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar. Pozo Almonte CAUSA ROL : V-3517-2023 CARATULADO : HILARICOS SPA/ POZO ALMONTE, VEINTISÉIS DE ABRIL DE DOS MIL VEINTICUATRO VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que doña ALEJANDRA CAROLINA VERGARA PIRO, chilena, casada, Abogada, Cédula Nacional de Identidad Nº 10.619.364-9, en representación de HILARICOS SpA, sociedad
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