1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

FERRECCIO LTDA./VÁSQUEZ

Rol

I-584-2023

Fecha

22 de junio de 2024

Materia

Reclamo Multa Administrativa

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: Comparece ante este tribunal don Stefano José Ferreccio Bugueño, abogado, cédula de identidad N.º 16.213.388-8, domiciliado en Napoleón 3565, oficina 709, Las Condes, en representación de Ferreccio Ltda., empresa del rubro de la construcción, RUT 96.694.940-6, domiciliada en Antupiren 9692, comuna de Peñalolén, y deduce reclamo judicialmente, en contra del Jefe Centro de Conciliación y Mediación Región Metropolitana Oriente, Jorge Antonio Vásquez Salamanca, cedula nacional de identidad número 14.391.928-5, domiciliado para estos efectos Manuel de Salas Nº 529, Ñuñoa, a fin de que se deje sin efecto la multa aplicada o se rebaje la multa Nº598, de fecha 26 de Septiembre de 2023, notificada con misma fecha. Funda su acción en los siguientes antecedentes de hecho y de derecho: En fiscalización de fecha 28 de Febrero de 2023, se constataron los siguientes hechos: 1.- Omitir información obligatoria en Aviso Escrito de Término del Contrato. 2.- No llevar correctamente registro de asistencia y determinación de las horas de trabajo. La multa se cursó por la cantidad de 40 UTM, a la fecha de la infracción $2.478.160. Que, con relación al hecho N.º 2, se interpuso recurso de reclamación el cual fue Rechazado por resolución objeto del presente reclamo. Con relación a no llevar correctamente el registro de asistencia: Como se le señaló al fiscalizador al momento del comparendo, la situación en que se funda la multa, ya había sido fiscalizada e impuesta una multa en virtud de Resolución N.º 1987/23/4, de fecha 14 de Febrero de 2023. Al fiscalizador, se le exhibió el anexo de dicha resolución, esto es el Acta de Constatación de Infracciones y Compromiso de Corrección de fecha 3 de Febrero de 2023, en la cual se señala con relación al mismo trabajador Anthony Correa Rojas C.I.: 15.470.195-8: - “Se constata que registro de asistencia se encuentra mal llenado desde 26/09/2022 al 27/01/2023”. Conforme lo expuesto, la presente multa infringiría el principio non bis in íde

Fundamentos

fundamentos desarrollados en el cuerpo de la presente reclamación, con costas. EVACUANDO EL TRASLADO DE LA DEMANDA, la demandada solicita su rechazo en los siguientes términos: Con fecha 30 de enero de 2023, se presenta el reclamo N°1324/2023/2837 en el Centro de Conciliación y Mediación DRT Metropolitana Oriente, por el trabajador John Correa Rojas en contra de su ex empleador Ferreccio Limitada. Producto de ello, se realiza el correspondiente comparendo de conciliación en el Centro de Conciliación y Mediación DRT Metropolitana Oriente, ubicado en calle Manuel de Salas N°529, comuna de Ñuñoa, el día 28 de febrero de 2023 a las 15:15. En dicha notificación de Reclamo y Citación a Comparendo se realiza el requerimiento de documentación, mediante el cual el conciliador actuante le solicita a la empresa que exhiba una serie de documentos para el día del comparendo. Con fecha 28 de febrero de 2023, se realiza el comparendo de conciliación respectivo, y se constató que el empleador envía la carta de aviso de término de contrato con información incompleta ya que no contenía lo dispuesto en el artículo 162 del Código del Trabajo. Asimismo se constata que el registro de asistencia no registraba hora de salida de ciertos días y tenía enmendaduras. Ante esta situación, la conciliadora actuante doña María Fernanda Herrera, con fecha 28 de febrero del presente año cursó la Resolución de Multa Nº1974/23/17, cuyo contenido es el siguiente: 1 NO INDICAR EN EL AVISO DE TÉRMINO DE CONTRATO ENVIADO AL TRABAJADOR DON JOHN ANTOHONY CORREA ROJAS, CÉDULA DE IDENTIDAD 15470195-8, SI SE OTORGARÁ Y PAGARÁ EL FINIQUITO LABORAL EN FORMA PRESENCIAL O ELECTRÓNICA, QUE ES VOLUNTARIO PARA EL TRABAJADOR ACEPTAR, FIRMAR Y RECIBIR EL PAGO EN FORMA ELECTRÓNICA Y QUE SIEMPRE PODRÁ OPTAR POR LA ACTUACIÓN PRESENCIAL ANTE UN MINISTRO DE FE, INFORMAR AL TRABAJADOR QUE, AL MOMENTO DE SUSCRIBIR EL FINIQUITO, SI LO ESTIMA NECESARIO PODRÁ FORMULAR RESERVA DE DERECHOS. DOCUMENTACIÓN REQUERIDA MEDIANTE CITACIÓN ELECTRÓNICA, ENVIADA CON FECHA 06/02/2023 A CORREO ELECTRÓNICO REGISTRADO EN PORTAL MIDT. 2 NO LLEVAR CORRECTAMENTE EL REGISTRO DE ASISTENCIA Y DE HORAS TRABAJADAS POR NO REGISTRAR FIRMA A LA HORA DE SALIDA LOS DÍAS 01 Y 07 DE DICIEMBRE 2022, POR TENER ENMENDADURAS EL DÍA 23 DE OCTUBRE 2022. DOCUMENTACIÓN REQUERIDA MEDIANTE CITACIÓN ELECTRÓNICA, ENVIADA CON FECHA 06/02/2023 A CORREO ELECTRÓNICO REGISTRADO EN PORTAL MIDT. De estas situaciones se dejó constancia en el acta de fiscalización, documento que de acuerdo al artículo 23 de D.F.L. Nº 2 de 1967 de Ley Orgánica de la Dirección del Trabajo, goza de presunción legal de veracidad, que opera para todos los efectos legales, incluso para la prueba judicial y que en concordancia con lo establecido en el artículo 1.698 del Código Civil, determina que la carga de la prueba corresponderá a la reclamante. Con fecha 21 de marzo de 2023, la parte reclamante presentó solicitud de reconsideración, de conformidad al artículo 511 del Código

Fallo

SE RESUELVE: I.- Que, se desestima, en toda sus partes el Reclamo Judicial deducido por don STEFANO JOSÉ FERRECCIO BUGUEÑO, en contra del CENTRO DE CONCILIACIÓN Y MEDIACIÓN REGION METROPOLITANA ORIENTE, representada por don JORGE ANTONIO VÁSQUEZ SALAMANCA, respecto de la resolución N°598/2023 de fecha 26 de septiembre de 2023, que se pronunció sobre la solicitud administrativa de reconsideración de las Multas N° 1974/23/17-2, de fecha 28 de febrero de 2023, en todas sus partes. II.- Que, se condena en costas a la parte reclamante, regulándose las personales en la suma de $400.000. Notifíquese a las partes por correo electrónico. RIT : I-584-2023 RUC : 23- 4-0520505-K Pronunciada por don (ña) CLAUDIA ELISA TAPIA TAPIA, Juez Titular del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. En Santiago a veintidós de junio de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la sentencia precedente. San Martín #950 Santiago – Fono 02-9157000 Correo Electrónico jlabsantiago1@pjud.cl

Texto Completo (Preview)

1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, veintidós de junio de dos mil veinticuatro. Vistos: Comparece ante este tribunal don Stefano José Ferreccio Bugueño, abogado, cédula de identidad N.º 16.213.388-8, domiciliado en Napoleón 3565, oficina 709, Las Condes, en representación de Ferreccio Ltda., empresa del rubro de la construcción, RUT 96.694.940-6, domiciliada en Antupiren 9692,

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