17º Juzgado Civil de Santiago

ARELLANO/

Rol

V-282-2023

Fecha

29 de abril de 2024

Materia

DONAR O INSINUACIÓN, AUTORIZACIÓN PARA

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: Que a trav s de presentaci n ingresada por Oficina Judicial Virtualé ó con fecha 23 de octubre de 2023, comparece Rodrigo Ignacio Araneda Callejas, abogado, c dula nacional de identidad n mero 18.447.890-0,é ú domiciliado para estos efectos en Avenida Presidente Riesco 5435, oficina 401, comuna de las Condes, ciudad de Santiago, en representaci n procesaló convencional de do a ñ M nica del Carmen Arellano Arceó , chilena, casada, empresaria individual, c dula nacional de identidad N 5.479.336-7,é º domiciliada en esta ciudad, calle Agust n Denegri n mero 5654, comuna deí ú Vitacura, Santiago y expone:. Que viene en solicitar se sirva autorizar a su representada, para que efect e una donaci n irrevocable y por mera liberalidad de los bienes que seú ó indicar n, en favor de sus hijos: Sergio Guillermo, lvaro Jos ; Ignacioá Á é Javier y Leonardo Nicol s, todos de apellidos Menichetti Arellano, coná quienes la solicitante tiene un parentesco por consanguinidad de primer grado en l nea recta, de conformidad a lo dispuesto en los art culos 27, 28,í í 1386 y siguientes del C digo Civil y art culos 889 y 890 del C digo deó í ó Procedimiento Civil. Agrega que las donaciones cuya autorizaci n se solicita no quedar nó á sujetas a condici n o modalidad alguna y conforme la ley civil aplicable, lasó donaciones en comento se imputar n a la leg tima de los donatarios y siá í existiere un exceso, se imputar a la cuarta de mejoras, si tambi n hubieseá é un exceso respecto de la cuarta de mejoras, dicho exceso se deber imputará a la cuarta de libre disposici n. ó Código: GXXSXNKVNXF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Hace presente que las donaciones cuya autorizaci n se solicita ser nó á efectuadas por do a M nica del Carmen Arellano Arce, en su calidad deñ ó empresaria individual y las donaciones cuya autorizaci n se solicita tienenó como causa la mera liberalidad, sin perseguir beneficio o contrapr

Fundamentos

CONSIDERANDO: Código: GXXSXNKVNXF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 PRIMERO: Que, en estos autos comparece, do a M nica delñ ó Carmen Arellano Arce, debidamente representada, solicitando autorizaci nó para donar irrevocablemente y por mera liberalidad a sus hijos ya individualizados las cantidades de dinero referidas en lo expositivo de esta sentencia. SEGUNDO: Que, el art culo 1386 del C digo Civil, dispone queí ó “La donaci n entre vivos es un acto por el cual una persona transfiereó gratuita e irrevocablemente una parte de sus bienes a otra persona, que la acepta.” TERCERO: Que, por su parte, el art culo 889 del C digo deí ó Procedimiento Civil establece: “El que pida autorizaci n judicial para unaó donaci n que deba insinuarse, expresar : 1 El nombre del donante y deló á ° donatario, y si alguno de ellos se encuentra sujeto a tutela o curadur a oí bajo potestad de padre o marido; 2 La cosa o cantidad que se trata de° donar; 3 La causa de la donaci n, esto es, si la donaci n es remuneratoria° ó ó o si se hace a t tulo de leg tima, de mejora, de dote o s lo por liberalidad; yí í ó 4 El monto l quido del haber del donante y sus cargas de familia.° í ,” mientras que, por su parte, el art culo siguiente, indica que el tribunal,í seg n su apreciaci n, conceder o denegar la autorizaci n, conforme a loú ó á á ó dispuesto en el art culo 1401 del C digo Civil, norma que, a su vez, se alaí ó ñ que la donaci n entre vivos que no se insinuare s lo tendr efecto hasta eló ó á valor de dos centavos y ser nula en el exceso, pudiendo el juez autorizará las donaciones en que no se contravenga ninguna disposici n legal. ó CUARTO: Que, a fin de acreditar lo correspondiente, la solicitante acompa a la carpeta electr nica los siguientes documentos: 1. Certificadoñó ó de Matrimonio donde consta v nculo matrimonial con don Sergio Guillermoí Menichetti Cuevas, celebrado con fecha 10 de octubre de 1973; 2. Certificado de nacimiento y copias de cedulas de identidad de los hijos de do a M nica del Carmen Arellano Arce; 3. Copia balance clasificadoñ ó M nica del Carmen Arellano Arce empresa individual, determinado aló periodo enero a diciembre de 2022, fecha de emisi n 23/06/2023; 4.ó Copia del balance de ocho columnas de M nica del Carmen Arellano Arceó empresa individual determinado al 31 de diciembre de 2022; 5. Copia de Código: GXXSXNKVNXF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Formulario 22 Compacto presentado por M nica del Carmen Arellanoó Arce empresa individual, al Servicio de Impuestos Internos, correspondiente al a o tributario 2023; 6. Certificado de iniciaci n de actividades ante elñ ó Servicio de Impuestos Internos; 7. Copia Estado de Cuenta Corriente en Moneda Extranjera N 58510048610 del Banco de Chile, al 31/07/2023; 8.° Certificados de aval o fiscal de los siguientes bienes ra ces: i. Inmuebleú í ubicado en

Fallo

Por estas consideraciones, y visto lo dispuesto en el art culo 1386 yí siguientes del C digo Civil; art culos 817 y 889 y siguientes del C digo deó í ó Procedimiento Civil; Ley N 16.271, modificada por la Ley N 19.903, y° ° dem s normas pertinentes, se declara: á Que se acoge la solicitud de fecha 23 de octubre de 2023 y en consecuencia, se autoriza a do a M nica del Carmen Arellano Arce,ñ ó chilena, casada, empresaria individual, c dula nacional de identidad Né º 5.479.336-7, domiciliada en esta ciudad, calle Agust n Denegri n meroí ú 5654, comuna de Vitacura, Santiago, para que done de forma irrevocable y a t tulo de mera liberalidad, í se imputar n a la leg tima de los donatarios yá í si existiere un exceso, se imputar a la cuarta de mejoras. Si tambi ná é hubiese un exceso respecto de la cuarta de mejoras, dicho exceso se deberá imputar a la cuarta de libre disposici n, a:ó Código: GXXSXNKVNXF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 1. Don Sergio Guillermo Menichetti Arellano, rut 12.584.979-2, la cantidad de $360.490.500.- (trescientos sesenta millones cuatrocientos noventa mil quinientos pesos) en dinero en efectivo. 2. Don lvaro Jos Menichetti ArellanoÁ é ; rut 13.026.579-0, la cantidad de $360.490.500.- (trescientos sesenta millones cuatrocientos noventa mil quinientos pesos) en dinero en efectivo 3. Don Ignacio Javier Menichetti Arellano, rut 13.435.864-5, la cantidad de $360.490.500.- (tresciento

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Foja: 1 FOJA: 14 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 17 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-282-2023 CARATULADO : ARELLANO/ Santiago, veintinueve de Abril de dos mil veinticuatro Vistos: Que a trav s de presentaci n ingresada por Oficina Judicial Virtualé ó con fecha 23 de octubre de 2023, comparece Rodrigo Ignacio Araneda Callejas, abogado, c dula nacional de identidad n mero 18.

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