Juzgado de Letras y Gar.de María Elena

ANTOFAGASTA MINERALS S.A./

Rol

V-3510-2023

Fecha

25 de abril de 2024

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: PRIMERO: Que, comparece ante este tribunal, don Juan Esteban Poblete Newman, RUN 10.742.018-5, chileno, abogado, casado, en representación de ANTOFAGASTA MINERALS S.A., RUT 93.920.000-2, sociedad chilena del giro de su denominación, ambos domiciliados en Avenida Apoquindo N° 4001, Piso N° 18, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, solicitando con fecha 19 de diciembre de 2023, se otorgue a su representada la concesión minera de exploración que se denominará "ARDISIA A 2", ubicada en la comuna de María Elena, Provincia de Tocopilla, Región de Antofagasta. SEGUNDO: Que, la solicitud de sentencia constitutiva se presentó dentro de plazo legal, acreditándose con los documentos acompañados a la misma, lo siguiente: inscripción del pedimento a nombre de Antofagasta Minerals S.A., que corre a fojas 2, bajo el Nº 2, del año 2024, del Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de María Elena; publicación de la inscripción del pedimento efectuada en el Boletín Oficial de Minería de 8 de enero de 2024; comprobante de pago de patente; comprobante de pago de tasa; y plano; todo ello en tiempo y forma. TERCERO: Que, el Servicio Nacional de Geología y Minería, mediante OF. ORD. 1537 de fecha 5 de abril de 2024, informa que aprueba los aspectos técnicos de la concesión minera de exploración de autos, consignando que la forma, dimensiones y orientación de la cara superficial de la concesión de autos se ajustan a la ley y ésta queda comprendida dentro del terreno pedido. CUARTO: Que, las coordenadas Universales Transversales de Mercator (U.T.M.) de cada uno de los vértices del perímetro de la cara superior de la concesión de exploración, son: VERTICES: NORTE (metros): ESTE (metros): P. M. 7.575.000,00 466.500,00 V. 1 7.576.000,00 466.000,00 V. 2 7.576.000,00 467.000,00 V. 3 7.574.000,00 467.000,00 V. 4 7.574.000,00 466.000,00 TENIENDO PRESENTE: Que, del análisis de los antecedentes de autos, particularmente del informe técnico del Servicio Nacional de Geología

Fallo

SE DECLARA: Que, SE APRUEBA EL PLANO Y SE DECLARA CONSTITUIDA LA CONCESIÓN MINERA DE EXPLORACIÓN DENOMINADA "ARDISIA A 2", de una superficie de 200 hectáreas, ubicada en la Comuna de María Elena, Provincia de Tocopilla, Región de Antofagasta, en favor de la Código: HRVJXNXRDHE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl solicitante ANTOFAGASTA MINERALS S.A., ya señalada. Extráctese la presente sentencia constitutiva al tenor de lo establecido en el artículo 90 del Código de Minería y publíquese éste en el Boletín Oficial de Minería de la Segunda Región. Inscríbase esta sentencia constitutiva en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de María Elena y remítase copia autorizada de esta sentencia y el plano original al Servicio Nacional de Geología y Minería. Asimismo, el referido Conservador archivará copia del plano aprobado, agregándolo al Libro de Registro señalado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 239 del Código de Minería. Verificada la inscripción de esta sentencia constitutiva precedentemente ordenada, el Conservador de Minas de María Elena procederá a anotarla al margen de la inscripción del pedimento respectivo de autos. La interesada deberá obtener al tenor de lo establecido en el artículo 4º de la Ley Nº 20.886 las copias autorizadas para los efectos antes referidos. Regístrese, notifíquese y archívese. ROL V-3510/2023. Dictada por doña CAROLINA ANDREA SÁNCGHEZ MEDINA, Jueza

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar.de Mar a Elenaí CAUSA ROL : V-3510-2023 CARATULADO : ANTOFAGASTA MINERALS S.A./ María Elena, veinticinco de abril de dos mil veinticuatro. Vistos: PRIMERO: Que, comparece ante este tribunal, don Juan Esteban Poblete Newman, RUN 10.742.018-5, chileno, abogado, casado, en representación de ANTOFAGASTA MINERALS S.A., RUT 93.920.000-2,

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