DISRUPTIVE REE SPA/
Rol
V-120-2023
Fecha
24 de abril de 2024
Materia
MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: Que según consta en folio N° 1, comparece don JUAN CARLOS BARRERA PACHECO, chileno, divorciado, ingeniero civil de industrias, cédula de identidad N° 10.528.182-K, domiciliado en calle Los Carpinteros N° 10.230, departamento 22, comuna de Las Condes, Santiago, en representación de DISRUPTIVE REE SpA, empresa chilena del giro de Desarrollo de Actividades Mineras, rol único tributario N° 77.282.151-4, con domicilio en calle Glamis N° 3.296, piso menos 1, comuna de Las Condes, Santiago, y solicita al tribunal se constituya concesión de exploración sobre terreno abierto e inculto, que se denominará “LDTR 15A”, y se ubica en la Provincia de Concepción, comuna de Tomé, Octava Región, y sus coordenadas UTM, referidas al Datum Provisorio Sudamericano, La Canoa 1956, Elipsoide Internacional 1924, Huso 18, son: Norte: 5.936.500,00 metros; y Este: 697.000,00 metros. El área que se pide queda comprendida dentro de un rectángulo cuyos lados tendrán 1.000 metros con orientación Norte-Sur U.T.M, por 3.000 metros con orientación Este-Oeste U.T.M., cubriendo una superficie total de 300 hectáreas. Por tanto, pide se sirva tener por presentado este pedimento, acogerlo a tramitación, ordenando su inscripción y publicación conforme a la ley y, en definitiva, declarar constituida, en favor de su representada, la concesión de exploración denominada “LDTR 15A”. Que según consta en folio Nº 7, con fecha 27 de febrero de 2024, se recepciona oficio desde el SERNAGEOMIN rolante a folio 6. Que según consta de folio N° 9, con fecha 19 de marzo de 2023, se trajeron los autos para fallo.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la peticionaria, presentó solicitud con fecha 23 de octubre de 2023, de folio Nº 1, de estos autos. SEGUNDO: Que la solicitud de pedimento, fue inscrita con fecha 31 de octubre de 2023, a fojas 346, bajo el Nº 113, del Registro de Minas de la Señora Conservadora de Bienes Raíces, Comercio y Minas de Tomé, correspondiente al año 2023, según copia autorizada del documento respectivo, acompañado en el folio Nº 4 de estos autos. TERCERO: Que la solicitud de pedimento, fue publicada con fecha 20 de noviembre de 2023, en el Boletín Oficial de Minería del Diario Oficial, según ejemplar respectivo, cuya copia se acompañada en el citado folio Nº 4. CUARTO: Que en el folio Nº 4, corren igualmente agregados comprobantes de ingresos fiscales, consistentes en Tasa de Pedimento y Patente de Concesión de Exploración. Código: HYRNXNLMGCE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 QUINTO: Que también en dicho folio Nº 4, corren agregados 3 planos relacionados con la solicitud de sentencia constitutiva de concesión de exploración. SEXTO: Que el Servicio Nacional de Geología y Minería emitió un informe, que corre agregado en el folio N° 6, por medio del oficio ordinario N° 000276, de fecha 26 de febrero de 2024, que indica en lo pertinente: “Que acuerdo a lo ordenado en su providencia señalada en el ANT. 1, y a lo dispuesto en el Art. 57 del Código de Minería, este Servicio Nacional informa a US., que los aspectos técnicos relacionados con la Solicitud y Plano de la referida concesión se encuentran conforme con las disposiciones legales vigentes. 2. En efecto, la forma, las dimensiones y orientación de la cara superficial de la concesión solicitada se ajustan a la ley, y ésta queda comprendida dentro del terreno pedido”. SÉPTIMO: Esta concesión de exploración fue presentada con el nombre de “LDTR 15A”, con fecha 23 de octubre de 2023, con una superficie total de 300 hectáreas e inscritas en el Conservador de Minas de Tomé a fojas 346, bajo el Nº 113 correspondiente al Registro de Descubrimientos Mineros del año 2023, por DISRUPTIVE REE SpA., con fecha 31 de octubre de 2023. La concesión de exploración comprende una concesión de 300 hectáreas. COORDENADAS U.T.M DE LOS VERTICES DEL PERIMETRO DE LA CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN VÉRTICE NORTE (metros) ESTE (metros) V1 5.937.000,00 695.500,00 V2 5.937.000,00 698.500,00 V3 5.936.000,00 698.500,00 V4 5.936.000,00 695.500,00 COORDENADAS U.T.M. DEL PUNTO DE MEDIO: El punto medio (P.M.) señalado en el pedimento, está dado por las siguientes coordenadas U.T.M.: Norte 5.936.500,00 Este 697.000,00 metros. La relación de azimut y distancia entre el vértice V1 del perímetro y el Punto Medio del Pedimento está dada por una distancia UTM. de 1.581,139 metros y un azimut U.T.M. centesimal de 120,4833 grados centesimales. Tanto las coordenadas del punto medio como las coordenadas de los vértices se encuentras referidas al Elipsoide
Fallo
Por tanto, pide se sirva tener por presentado este pedimento, acogerlo a tramitación, ordenando su inscripción y publicación conforme a la ley y, en definitiva, declarar constituida, en favor de su representada, la concesión de exploración denominada “LDTR 15A”. Que según consta en folio Nº 7, con fecha 27 de febrero de 2024, se recepciona oficio desde el SERNAGEOMIN rolante a folio 6. Que según consta de folio N° 9, con fecha 19 de marzo de 2023, se trajeron los autos para fallo. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la peticionaria, presentó solicitud con fecha 23 de octubre de 2023, de folio Nº 1, de estos autos. SEGUNDO: Que la solicitud de pedimento, fue inscrita con fecha 31 de octubre de 2023, a fojas 346, bajo el Nº 113, del Registro de Minas de la Señora Conservadora de Bienes Raíces, Comercio y Minas de Tomé, correspondiente al año 2023, según copia autorizada del documento respectivo, acompañado en el folio Nº 4 de estos autos. TERCERO: Que la solicitud de pedimento, fue publicada con fecha 20 de noviembre de 2023, en el Boletín Oficial de Minería del Diario Oficial, según ejemplar respectivo, cuya copia se acompañada en el citado folio Nº 4. CUARTO: Que en el folio Nº 4, corren igualmente agregados comprobantes de ingresos fiscales, consistentes en Tasa de Pedimento y Patente de Concesión de Exploración. Código: HYRNXNLMGCE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 QUINTO: Que también en dicho
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RIT« » Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de Tomé CAUSA ROL : V-120-2023 CARATULADO : DISRUPTIVE REE SPA/ Tomé, veinticuatro de Abril de dos mil veinticuatro VISTO: Que según consta en folio N° 1, comparece don JUAN CARLOS BARRERA PACHECO, chileno, divorciado, ingeniero civil de industrias, cédula de identidad N° 10.528.182-K, domiciliado en calle Los Carpinteros N
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