2º Juzgado Civil de Temuco

CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO/

Rol

V-215-2023

Fecha

24 de abril de 2024

Materia

EXPROPIACIÓN, CONSIGNACIÓN MONTO PROVISORIO ART.17 D.L.2186

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Con fecha 13 de septiembre de 2023 comparece don Álvaro Gastón Sáez Willer, Abogado Procurador Fiscal de Temuco, del Consejo de Defensa del Estado, por el Fisco de Chile, ambos domiciliados en Arturo Prat 847, of. 202, comuna de Temuco, Región de la Araucanía, quien solicita tener por consignada la suma de $44.275.374, correspondiente al monto de la indemnización provisional por la expropiación del inmueble singularizado en su presentación, efectuada a nombre del expropiado, en base a los argumentos de hecho y de derecho que expone en su presentación, al siguiente tenor: “Por Decreto Supremo Exento del Ministerio de Obras Públicas Nº 530 de 1 de agosto de 2023, publicado en el Diario Oficial y en el Diario Austral de Temuco el día 1 de septiembre de 2023, el Fisco decretó la expropiación para sí del lote de terreno Nº 3-15, Km. 37.198,20 al Km. 37.271,20, con una superficie de 5.060 metros cuadrados, necesario para la ejecución de la obra MEJORAMIENTO RUTA NAHUELBUTA. SECTOR B. SUBSECTOR 5: VARIANTE RENAICO - HUEQUÉN, que se encuentra ubicado en la Comuna de Renaico y que se individualiza en los planos y cuadro de expropiaciones, elaborados por la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas, que se aprueban en lo que respecta a dicho lote mediante el presente Decreto, teniendo el inmueble el rol de avalúo 67-298 de la comuna de Renaico, siendo de acuerdo a éste su aparente propietario AGROPECUARIA SANTA ISABEL SPA. En conformidad a lo dispuesto en el art. 4º del Decreto Ley 2186 de 1978, por Resolución Expropiaciones Fiscalía (Exenta) Nº 460 de 2 de diciembre de 2022, cuyas fotocopias autorizadas se acompañan, se designó la Comisión de Peritos encargada de tasar el lote de terreno expropiado que, según consta del informe respectivo de fecha 20 de enero de 2023 que se acompaña, fijó el monto provisional de la indemnización en la suma de $43.161.800. Ahora bien, dado que no se ha producido acuerdo entre el Fisco y el expropiado respecto del monto de la i

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 13 de septiembre de 2023 comparece don Álvaro Gastón Sáez Willer, Abogado Procurador Fiscal de Temuco, del Consejo de Defensa del Estado, por el Fisco de Chile, ambos domiciliados en Arturo Prat 847, of. 202, comuna de Temuco, Región de la Araucanía, quien solicita tener por consignada la suma de $44.275.374, correspondiente al monto de la indemnización provisional por la expropiación del inmueble singularizado en su presentación, efectuada a nombre del expropiado, de acuerdo a los antecedentes de hecho y de derecho que expone en su presentación. SEGUNDO : Con fecha 25 de septiembre de 2023 comparece don Rodrigo Escudero Bascuñán, abogado, en representación de AGROPECUARIA SANTA ISABEL SPA, Rut N°78.253.020-8, quien se hizo parte en el proceso en calidad de expropiado. Acompañó copia de certificación de dominio vigente del predio expropiado, de fojas 1496 vuelta N°2090 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Angol del año 2008. TERCERO : Que, teniendo presente lo expuesto en los motivos previos y en mérito de la copia autorizada de inscripción de dominio con certificación de vigencia; certificado de hipoteca, gravámenes, interdicciones y prohibiciones de enajenar con certificación de vigencia; certificado de avalúo fiscal del inmueble expropiado; certificado de deuda fiscal emitido por la Tesorería General de La República; certificación del hecho de no haber comparecido terceros haciendo valer sus derechos; las publicaciones legales y oficios remitidos por el Conservador de Bienes Raíces y las Notarías Públicas respectivas, se acogerá la petición formulada por la solicitante, según se dirá en lo dispositivo del fallo. Código: KDPZXNJJSBE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Y visto además lo dispuesto en los artículos 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil y Decreto Ley 2.186, Ley Orgánica de Procedimiento de Expropiaciones,

Fallo

Por tanto; Ruego a US.: tener por consignada la suma de $44.275.374, correspondiente al monto de la indemnización provisional por la expropiación del inmueble citado, con sus respectivos reajustes, efectuada a nombre del expropiado(a).” Que, junto con la presentación de folio 1, el expropiante acompañó los siguientes documentos: 1.- Decreto Supremo Exento mediante el cual se dispuso la expropiación de autos. Código: KDPZXNJJSBE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2.- Resolución Expropiaciones Fiscalía (Exenta) mediante la cual se designó la comisión de peritos encargada de tasar el inmueble. 3.- Informe de tasación del inmueble. 4.- Copia de la publicación, efectuada en el Diario Oficial, del Decreto Expropiatorio. Con fecha 25 de septiembre de 2023 comparece don Rodrigo Escudero Bascuñán, abogado, en representación de AGROPECUARIA SANTA ISABEL SPA 78.253.020-8, quien se hizo parte en el proceso en calidad de expropiado. Acompañó, además copia de certificación de vigencia de dominio del predio expropiado, de fojas 1496 vuelta N°2090 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Angol del año 2008. Con fecha 2 de octubre de 2023, la parte expropiante acompañó comprobante de depósito judicial por la suma de $44.275.374.-, efectuado en la cuenta corriente de tribunal. Con fecha 5 de octubre de 2023, el Conservador de Bienes Raíces de Los Ángeles evacuó oficio N°661-2023 acompañando copia auto

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Temucoº CAUSA ROL : V-215-2023 CARATULADO : CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO/ Temuco, veinticuatro de Abril de dos mil veinticuatro VISTOS Con fecha 13 de septiembre de 2023 comparece don Álvaro Gastón Sáez Willer, Abogado Procurador Fiscal de Temuco, del Consejo de Defensa del Estado, por el Fisco de Chile, ambos domiciliados en Arturo Pra

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