ADRIAN/
Rol
V-120-2023
Fecha
24 de abril de 2024
Materia
BIENES RAÍCES, AUTORIZACIÓN ENAJENAR
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: Primero: Que, con fecha 25 de octubre de 2023, comparece don Christian Pacheco Valderrama, abogado, en representaci n de ó do a Mar a Soledad Adri nñ í á Espinoza, do a Jacqueline Adri n Espinoza y don Manuel Rodrigo Adri n Espinoza,ñ á á todos domiciliados para estos efectos en calle El Cipr s 855, de la comuna de Villaé Alemana, en su calidad de curadores generales, leg timos y definitivos de do aí ñ Alejandrina Espinoza Torres, solicitando se decrete autorizaci n judicial para enajenar eló inmueble de su madre ubicado en la comuna de Quilpué y que corresponde al Departamento C, de Block A-Uno, del 1er Piso de la Poblaci n Empart Trece y queó tiene su entrada de acceso por Pasaje Los Carreras N 915, de la mencionada comuna,° que se encuentra inscrita a fojas 1044 N 976 del a o 2013,° ñ del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de Quilpu .í é Funda su solicitud se alando que ñ la madre de sus mandantes, do a ñ Alejandrina Espinoza Torres, fue declarada interdicta en forma definitiva de administrar sus bienes por demencia, en virtud de sentencia definitiva de interdicci n por demencia dictada poró el Segundo Juzgado Civil de Santiago con fecha 22 de febrero de 2021, en autos caratulados, Rol V-272-2020, la cual se encuentra firme y ejecutoriada con fecha 2 de abril del mismo a o.ñ Indica que se design a sus tres representados, hijos de la interdicta, curadoresó generales, leg timos y definitivos de la misma, relev ndoseles de la obligaci n deí á ó confeccionar inventario solemne de los bienes de la pupila, de rendir fianza y de reducir a escritura p blica, sirviendo de suficiente t tulo y discernimiento, una copia autorizadaú í de la sentencia definitiva. Agrega que la interdicci n por demencia de su madre, ó fue legal y debidamente publicada y se encuentra inscrita a fojas 13435 N mero 21611 del Registro deú Interdicciones y Prohibiciones de Enajenar del a o 2021 a cargo del Conservador deñ Bienes Ra ces de Santiago, e inscrita a fojas 786
Fallo
se declara: Que ha lugar a la solicitud de folio 1, consecuentemente, se concede la autorizaci n judicial pedida a fin de que do a ó ñ Mar a Soledad, do a Jacqueline y doní ñ Manuel Rodrigo, todos Adri n Espinozaá , en representaci n de do a ó ñ Alejandrina Espinoza Torres, procedan a enajenar el bien ra z ubicado en Quilpu , correspondienteí é al Departamento C, del Block A-Uno, del primer Piso de la Poblaci n Empart Trece yó que tiene su entrada de acceso por Pasaje Los Carreras N 915 de la mencionada° comuna, inscrito a fojas 1044 N 976 del a o 2013,° ñ del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de Quilpu , el que s lo podr ser enajenado en una sumaí é ó á no inferior a 2.637 Unidades de Fomento, al contado y en p blica subasta.ú Se fija el t rmino de seis meses para hacer uso de esta autorizaci n a contar de laé ó presente resoluci n y a dicha operaci n deber n concurrir personalmente o poró ó á mandatario legalmente constituido. Reg strese, dese fotocopia autorizada de la presente sentencia, la cual deberí á insertarse en la escritura p blica de compraventa que se suscriba para tales efectos yú arch vese en su oportunidad.í Rol N V-120-2023° Dictada por don Cristi n Urz a Chac n, Juez Titular del Primer Juzgado deá ú ó Letras de Quilpu .é Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Quilpué, veinticuatro de Abril de dos mil veinticuatro. Código: KGDCXNWEJXE Este documento tiene firma electrónica
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Quilpueº CAUSA ROL : V-120-2023 CARATULADO : ADRIAN/ Quilpué, veinticuatro de Abril de dos mil veinticuatro. VISTO: Primero: Que, con fecha 25 de octubre de 2023, comparece don Christian Pacheco Valderrama, abogado, en representaci n de ó do a Mar a Soledad Adri nñ í á Espinoza, do a Jacqueline Adri n Espinoza y don Manuel Rodrigo A
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