BANCO ITAU CHILE S.A/RETAMAL
Rol
C-19957-2023
Fecha
24 de abril de 2024
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: En comparendo de 30 de noviembre de 2023 comparece el abogado Juan Pablo Guti rrez Silva, en representaci n de Ita Corpbanca,é ó ú representado por Gabriel Amado de Moura, todos domiciliados en calle Coronel Pereira N 72, oficina 1.002, comuna de Las Condes, demandando° en juicio ejecutivo a don V ctor Alejandro Retamalí Salinas, domiciliado en calle Peque a Industria N 36, San Roque N 36, comuna de Valpara so, porñ ° ° í el monto de 259,8122 UF, m s intereses y costas. á Se ala que su representada es due a de 2 pagar s de monto capitalñ ñ é equivalente a 25,9812 y 233,8310 UF, suscrito el 10 de octubre de 2023, y con vencimiento el 10 de noviembre de 2023. La sumatoria de los montos en capital de los referidos pagar s,é asciende a la cantidad de 259,8122 UF. Dichos pagar s, fueron suscritos por un representante del Banco, ené representaci n del deudor, en virtud de lo establecido en el Contrato deó Apertura de L nea de Cr dito para Estudiantes de Educaci n Superior coní é ó Garant a Estatal, seg n Ley N 20.027. í ú º Las partes pactaron que el capital adeudado devengar a a contar de laí fecha de su suscripci n, y hasta la fecha de pago efectivo, la tasa de inter só é m xima convencional vigente para operaciones de cr dito de dineroá é reajustables en moneda nacional. Asimismo, se estipul que, en caso de mora o simple retardo en eló pago del capital adeudado, se devengar un inter s penal igual al inter sá é é m ximo convencional que sea permitido estipular para operaciones ená moneda nacional reajustables, que se encuentre vigente a la fecha en que se produzca la mora o simple retardo o la que se encuentre vigente al momento del pago de la obligaci n adeudada en virtud de estos pagar s. Eló é inter s penal se calcular sobre el capital adeudado y comenzar a regiré á á desde la mora o simple retardo hasta la fecha de pago efectivo de lo adeudado. Los documentos que por este acto se cobran, se aceleran en Código: XSBDXNXGXYD Este documento tiene firma electr
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que los t tulos ejecutivos lo constituyen dos pagar sí é Financiamiento de Estudios de Educaci n Superior con Garant a deló í Estado, Fisco de Chile (Ley N 20.027), suscritos el 10 de octubre de 2023° por Ruth Cisterna Rubilar en representaci n de la ejecutante y el ejecutado,ó actuando como mandatario del suscriptor, por las sumas de 25,9812 UF y 233,8310 UF, pagaderos el 10 de noviembre de 2023. La firma del suscriptor est autorizada por notario p blico.á ú SEGUNDO: Que adem s la ejecutante acompa Contrato deá ñó “ Apertura de L nea de Cr dito para Estudiantes de Educaci n Superior, coní é ó Garant a Estatal, seg n Ley N 20.027 , suscrito por el ejecutado, en cuyaí ú ° ” cl usula 15 Dos) confiri un mandato especial, irrevocable y delegable, coná ª ó el objeto de suscribir en su representaci n, ante notario p blico oó ú autoriz ndose la firma ante notario p blico, a la orden de la instituci ná ú ó financiera, uno o m s pagar s por el n mero que esta ltima estimeá é ú ú conveniente, para facilitar el pago de los cr ditos que el acreedoré desembols .ó TERCERO: Que respecto de la excepci n de falta de requisitos deló t tulo para que tenga fuerza ejecutiva, sustentada en que el ejecutado noí firm los pagar s ante notario, tal como se se al en el motivo segundo,ó é ñ ó dicha parte confiri mandato al ejecutante para suscribir en su nombre yó representaci n uno o m s pagar s, pudiendo los suscriptores autorizar suó á é firma ante notario p blico, por lo que la excepci n ser rechazada.ú ó á CUARTO: Que en lo que toca a la excepci n de nulidad de laó obligaci n, fundamentada en la violaci n del derecho internacional de losó ó Derechos Humanos, en particular, el Pacto Internacional de Derechos Código: XSBDXNXGXYD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Econ micos, Sociales y Culturales, que establece la gratuidad progresiva enó la ense anza superior, tambi n ser desechada, toda vez que las alegacionesñ é á del ejecutado exceden el mbito del presente juicio, por decir relaci n coná ó pol ticas p blicas educacionales y habi ndose contra do las obligaciones queí ú é í se cobran de acuerdo a la normativa legal vigente, no cabe sostener su nulidad en esos t rminos.é QUINTO: Que por lo se alado deber seguirse adelante con lañ á ejecuci n y el ejecutado soportar las costas de la causa. ó á En consecuencia y visto, adem s, lo dispuesto en los art culos 170,á í 434, 464 y 471 del C digo de Procedimiento Civil, se rechazan lasó excepciones opuestas, con costas, debiendo seguirse adelante la ejecuci nó hasta el completo pago de lo debido. Reg strese, notif quese y arch vese en su oportunidad.í í í Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veinticuatro de abril de dos mil veinticuatro. Código: XSBDXNXGXYD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 202
Fallo
se declararon admisibles lasó excepciones opuestas y se recibi la causa a prueba.ó Por resoluci n de 15 de abril de 2024 se cit a las partes a o ró ó í sentencia. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que los t tulos ejecutivos lo constituyen dos pagar sí é Financiamiento de Estudios de Educaci n Superior con Garant a deló í Estado, Fisco de Chile (Ley N 20.027), suscritos el 10 de octubre de 2023° por Ruth Cisterna Rubilar en representaci n de la ejecutante y el ejecutado,ó actuando como mandatario del suscriptor, por las sumas de 25,9812 UF y 233,8310 UF, pagaderos el 10 de noviembre de 2023. La firma del suscriptor est autorizada por notario p blico.á ú SEGUNDO: Que adem s la ejecutante acompa Contrato deá ñó “ Apertura de L nea de Cr dito para Estudiantes de Educaci n Superior, coní é ó Garant a Estatal, seg n Ley N 20.027 , suscrito por el ejecutado, en cuyaí ú ° ” cl usula 15 Dos) confiri un mandato especial, irrevocable y delegable, coná ª ó el objeto de suscribir en su representaci n, ante notario p blico oó ú autoriz ndose la firma ante notario p blico, a la orden de la instituci ná ú ó financiera, uno o m s pagar s por el n mero que esta ltima estimeá é ú ú conveniente, para facilitar el pago de los cr ditos que el acreedoré desembols .ó TERCERO: Que respecto de la excepci n de falta de requisitos deló t tulo para que tenga fuerza ejecutiva, sustentada en que el ejecutado noí firm los pagar s ante notario, tal como se se al en el motivo segundo,ó é ñ ó dicha parte confiri mandat
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 9 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-19957-2023 CARATULADO : BANCO ITAU CHILE S.A/RETAMAL Santiago, veinticuatro de abril de dos mil veinticuatro. VISTOS: En comparendo de 30 de noviembre de 2023 comparece el abogado Juan Pablo Guti rrez Silva, en representaci n de Ita Corpbanca,é ó ú representado por Gabriel Amado de Moura, todos domiciliados en ca
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