FRESNILLO CHILE SPA/
Rol
V-220-2023
Fecha
24 de abril de 2024
Materia
MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
Visto: Que por presentación de fecha 18 de octubre de 2023, a folio 1, comparece doña Michelle Rencoret Lioi, chilena, soltera, abogada, cédula nacional de identidad Nº 15.329.373-2, correo electrónico mrencoret@quinzio.cl, en representación de FRESNILLO CHILE SpA, sociedad chilena del giro minero, RUT Nº 76.497.341-0, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Alonso de Córdova Nº 5151, Oficina 903, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, quien expone: Que, en terrenos ubicados en la Séptima Región, Provincia de Talca, Comuna de Pencahue su representada desea realizar trabajos de investigación y exploración minera, por lo que viene en solicitar para ella la constitución de una concesión de exploración que se denominará “MOCTEZUMA 198-B”. El Punto Medio (P.M.), está ubicado en la Provincia de Talca y tiene las siguientes coordenadas U.T.M., referidas al Elipsoide Internacional de Referencia de 1924, Datum Provisorio Sudamericano La Canoa de 1956, Huso 19: NORTE: 6.075.000,00 metros. ESTE: 769.300,00 metros. El terreno pedido es el comprendido dentro de un rectángulo trazado imaginariamente en el plano horizontal, cuyas diagonales se cortan en el Punto Medio ya indicado y cuyo perímetro encierra la totalidad de las hectáreas pedidas. Dos de los lados de la configuración, en su orientación Norte-Sur U.T.M. medirán 3.000 metros y los otros dos en su orientación Este-Oeste U.T.M. medirán 1.000 metros, encerrando una superficie de 300 hectáreas. Previa enunciación de normas legales, solicita se tenga por presentado el pedimento minero, acogerlo a tramitación y ordenar su inscripción y publicación, autorizando a obtener las copias autorizadas de esta presentación, y sus proveídos, en conformidad a la Ley Nº 20.886, sobre tramitación electrónica y de conformidad a las instrucciones de la Excelentísima Corte Suprema contenidas en el Acta Nº 71-2016 y, en definitiva, declararla por solicitada y constituir la concesión minera de exploración en favor de su represen
Fundamentos
Considerando: Primero: Que a folio 1 se presenta doña Michelle Rencoret Lioi, en representación de FRESNILLO CHILE SpA. solicitando la constitución de una concesión minera de exploración que se denominará “MOCTEZUMA 198-B”, conforme a los antecedentes ya indicados. Segundo: Que el pedimento se inscribió a fojas 491 vuelta, número 282, del Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Talca, correspondiente al año 2023, publicándose con fecha 10 de noviembre de 2023 en el Boletín Oficial de Minería, ejemplar Nº 43.702. Tercero: Que con fecha 7 de febrero de 2024, el Servicio Nacional de Geología y Minería de esta región ingresó oficio ORD. número 0122/2024 agregado a folio 13, informando que los aspectos técnicos relacionados con la solicitud y plano de la referida concesión se encuentran conforme con las disposiciones legales vigentes, y que la forma, las dimensiones y orientación de la cara superficial de la concesión solicitada se ajustan a la ley, quedando comprendida dentro del terreno pedido. Cuarto: Que la concesión abarca la totalidad del terreno pedido, con una superficie total de 300 hectáreas, según se indica a continuación y según se configura en el plano. Las coordenadas U.T.M. del Punto Medio y de los vértices de la cara superior de la concesión, referidas al Elipsoide Internacional de referencia 1924, Datum La Canoa 1956, Huso 19, son: Norte 6.075.000,00 metros y Este 769.300,00 metros. V1 6.077.000,00 metros Este 768.800,00 metros V2 6.077.000,00 metros Este 769.800,00 metros V3 6.074.000,00 metros Este 769.800,00 metros V4 6.074.000,00 metros Este 768.800,00 metros El Punto Medio (PM) señalado en el pedimento, se encuentra a una distancia U.T.M. de 1.581,139 metros, con azimut U.T.M. de 179,5167 grados centesimales medidos desde el Vértice V1. Y visto además, lo dispuesto en los artículos 34 y siguientes, 43, 46, 55, 86 y 87 del Código de Minería,
Fallo
se resuelve: Que se declara constituida la concesión minera de exploración, denominada “MOCTEZUMA 198-B”, a favor de FRESNILLO CHILE SpA., ya individualizada, que tiene una superficie de 300 hectáreas, aprobándose el plano acompañado a folio 10. Código: PXWSXNSHBWD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Inscríbase este fallo, dentro del plazo legal, en el Registro correspondiente del Conservador de Minas de Talca. Publíquese esta sentencia en extracto conforme lo ordenado en el artículo 90 del Código de Minería y artículo 43 de su Reglamento. Hágase entrega al interesado del original y una copia del plano a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 42 del Reglamento del Código de Minería. Regístrese, notifíquese y archívese. ROL V-220-2023.- Dictada por Carolina Pilar Rojas Araya, Juez Subrogante del Segundo Juzgado de Letras de Talca, quien suscribe mediante firma electrónica avanzada. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del artículo 162 del Código de Procedimiento Civil. Talca, veinticuatro de abril de dos mil veinticuatro. Código: PXWSXNSHBWD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-04-24T15:00:56-0400
Texto Completo (Preview)
Foja: 1 FOJA: 20 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado de Letras de Talca CAUSA ROL : V-220-2023 CARATULADO : FRESNILLO CHILE SPA/ Talca, veinticuatro de abril de dos mil veinticuatro Visto: Que por presentación de fecha 18 de octubre de 2023, a folio 1, comparece doña Michelle Rencoret Lioi, chilena, soltera, abogada, cédula nacional de identidad Nº 15.329.373-2, correo electrónico
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica