1º Juzgado de Letras de Melipilla

BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/VILCHES

Rol

C-694-2023

Fecha

23 de abril de 2024

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Comparece con fecha 14 de marzo de 2023, don Jos Miguel Matteé Risopatr n, abogado, actuando en su calidad de mandatario judicial seg nó ú consta de copia de escritura p blica de fecha 14 de abril de 2022,ú acompa ada en un otros de esta presentaci n del ñ í ó BANCO DE CR DITO E INVERSIONESÉ , sociedad del giro de su denominaci n,ó representada legalmente por su Gerente General don Eugenio Von Chrismar Carvajal, Ingeniero Civil, todos con domicilio para estos efectos en Av. Libertador Bernardo O Higgins N 1449 Torre IV, Piso 8, Edificio’ ° Santiago Down -Town, comuna de Santiago y expone: Que su representada es acreedora de don RODRIGO VILCHES CORNEJO, ignora profesi n u oficio, actualmente domiciliado en San Miguel N 0312 Chacraó ° San Pedro, comuna de Melipilla, acreencia que consta del pagar queé individualiza a continuaci n.-ó Funda su demanda individualizando el pagar como suscrito a laé orden de su representada por don Rodrigo Vilches Cornejo, con fecha 13 de junio de 2022 por la suma de $36.291.934., por concepto de capital.- El documento referido fue suscrito, en representaci n del deudor, poró don Rafael Agust n Viancos Hern ndez, quien act a debidamenteí á ú facultada para suscribir el pagar de autos a nombre de la demandada. Paraé acreditar esta circunstancia se acompa ar , oportunamente, tanto elñ á mandato conferido por la ejecutada a su representada para suscribir el pagar a su nombre y documentar la deuda, como asimismo la personer aé í de don Rafael Agust n Viancos Hern ndez, para actuar a nombre del bancoí á acreedor.- Código: XLXRXNTPLJD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 Indica que esta obligaci n devengar un inter s del 1.2% mensualó á é vencido, durante todo el plazo pactado, el que en caso de mora o simple retardo en el pago de una cualquiera de las cuotas del pagar , sea de capitalé y/o de intereses, se elevar a al inter s m ximo convencional que la leyí

Fundamentos

fundamentos y peticiones referidas en lo expositivo del fallo.- SEGUNDO: Que el ejecutado don Rodrigo Vilches Cornejo, opuso a la ejecuci n las siguientes excepciones: ó 1.- La contemplada en el N 1 del art culo 464 del C digo de° í ó Procedimiento Civil, esto es la incompetencia del Tribunal ante quien se haya presentado la demanda; manifestando que consta del pagar de autos,é que las partes han prorrogado competencia a los tribunales con asiento y comuna del domicilio del suscriptor del pagar .-é Dice la cl usula en particular: Domicilio y competencia. Para todosá “ los efectos legales, judiciales o extrajudiciales derivados de este pagar ,é partes acuerdan someterse a los Tribunales de Justicia con asiento en la comuna y ciudad del domicilio suscriptor, lo que ser obligatorio tanto paraá el suscriptor como para sus avales, endosantes u obligados garant a. .-í …” Por su parte, y conforme al Contrato de Tarjeta de Cr dito (TC),é acompa ado, indica su Clausula D cimo Quinto: Pr rroga e Impuestos.-ñ “ é ó Para todos los efectos legales de este contrato, los otorgantes fijan; el domicilio en esta ciudad .-” Trat ndose de don Rodrigo Vilches Cornejo, se se ala el domicilioá ñ ubicado en Avenida Los Carreras N 591, comuna de El Monte y del Banco° de Cr dito e Inversiones, el ubicado en Avenida El Golf N 125, comuna deé ° Las Condes.- Dicho lo anterior, trat ndose del tribunal competente de acuerdo alá domicilio del suscriptor del pagar , es necesario precisar qui n es elé é suscriptor del pagar .-é Código: XLXRXNTPLJD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 Al respecto, hace presente a la presente excepci n y a las queó contin an, todas aquellas normas relativas a la letra de cambio sonú extensivas al pagar conforme a su art culo 107 de la Ley 18.010.-é í Luego, como bien es sabido, en la letra de cambio intervienen numerosas personas f sicas o jur dicas; as distingue:í í í Librador. La persona f sica o jur dica que la emite.-í í Librado. La persona que pagar la cantidad acordada en la fecha deá vencimiento. Al figurar en la letra, se considera que acepta lo expuesto en la misma.- Tenedor o tomador. Quien cobrar al vencimiento de la letra. Puedeá ser tambi n el librador. La letra de cambio puede endosarse, por lo queé entrar n en juego otros participantes.-á Endosante. Es quien procede al cambio de letra y decide transmitirla a un tercero.- Endosatario. As se llama a quien recibe la letra, que se convierte ení tomador. Puede ser una persona jur dica o f sica.-í í Avalista. Es el que garantiza que el dinero acordado ser abonado, yá el que incluye su firma en la letra de cambio. Est obligado a pagar, peroá tambi n puede emprender acciones legales contra el librado para reclamaré la cantidad abonada.- Consta de la simple lectura y logo impreso del pagar acompa ado ené ñ autos, que su suscriptor es el propio Banco BCI, que para el caso de autos, no se confunde con el librado u o

Fallo

se declaran admisibles lasí excepciones opuestas y se recibe la causa a prueba.- Con fecha 13 de diciembre de 2023, se cit a las partes para o ró í sentencia.- C O N S I D E R A N D O: PRIMERO: Que don Jos Miguel Matte Risopatr n, ené ó representaci n del Banco de Cr dito e Inversiones, ha interpuesto demandaó é ejecutiva en contra de don Rodrigo Vilches Cornejo, ya individualizado, por las razones, fundamentos y peticiones referidas en lo expositivo del fallo.- SEGUNDO: Que el ejecutado don Rodrigo Vilches Cornejo, opuso a la ejecuci n las siguientes excepciones: ó 1.- La contemplada en el N 1 del art culo 464 del C digo de° í ó Procedimiento Civil, esto es la incompetencia del Tribunal ante quien se haya presentado la demanda; manifestando que consta del pagar de autos,é que las partes han prorrogado competencia a los tribunales con asiento y comuna del domicilio del suscriptor del pagar .-é Dice la cl usula en particular: Domicilio y competencia. Para todosá “ los efectos legales, judiciales o extrajudiciales derivados de este pagar ,é partes acuerdan someterse a los Tribunales de Justicia con asiento en la comuna y ciudad del domicilio suscriptor, lo que ser obligatorio tanto paraá el suscriptor como para sus avales, endosantes u obligados garant a. .-í …” Por su parte, y conforme al Contrato de Tarjeta de Cr dito (TC),é acompa ado, indica su Clausula D cimo Quinto: Pr rroga e Impuestos.-ñ “ é ó Para todos los efectos legales de este contrato, los otorgantes fijan; el dom

Texto Completo (Preview)

RIT« » Foja: 1 FOJA: 20 .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Melipillaº CAUSA ROL : C-694-2023 CARATULADO : BANCO DE CR DITO EÉ INVERSIONES/VILCHES Melipilla, veintitr s de Abril de dos mil veinticuatro.-é VISTOS: Comparece con fecha 14 de marzo de 2023, don Jos Miguel Matteé Risopatr n, abogado, actuando en su calidad de mandatario judicial seg nó ú consta de copia

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica