2º Juzgado de Letras de Linares

CASTILLO/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LINARES

Rol

C-473-2024

Fecha

23 de abril de 2024

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: 1.- A folio 1, comparece do añ MARIA VERONICA CASTILLO MORALES BRAVO, due a de casa, domiciliada enñ Poblaci n Mi Casa, sector deó Vara Gruesa, sitio N 25, comuna de Linares, ° quien interpone demanda en juicio ordinario de prescripci n de las acciones y derechos municipales por derechos deó aseo domiciliario, en contra de ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LINARES, representada legalmente por su alcalde don MARIO MEZA VASQUEZ, ambos domiciliados en Kurt Moller N 391 de Linares.° Refiere que seg n consta en certificado de estado de deuda que adjunta,ú que el inmueble, ubicado en que el inmueble, ubicado en Poblaci n Mi Casa, sector deó Vara Gruesa, sitio N 25, Rol de Aval o N 2603-25, ° ú ° de la comuna de Linares; tiene una deuda por concepto de pago de derechos de aseos domiciliarios con el Municipio de Linares, desde el mes de Abril del a o 2018, ñ hasta el mes de Noviembre del a oñ 2022, ambos inclusive, alcanzando a acumular en tal per odo, la suma de í $381.438.- Se ala que se adeudan estos pagos hace varios a os y en consecuencia lañ ñ tesorer a municipal estima que deben pagarse todos estos derechos, pero que en suí Código: YSVPXNXBXJD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 actual condici n, le resulta imposible de realizar, ya que no cuenta con una situaci nó ó econ mica adecuada que le permita destinar tan alta suma de dinero al pago de estosó servicios. Agrega en cuanto a derecho, el Decreto Ley 3063 sobre Rentas Municipales atingente sobre la materia se ala en su art culo 7 lo siguiente: Las municipalidadesñ í º “ cobrar n una tarifa anual por el servicio de aseo. Dicha tarifa, que podr será á diferenciada seg n los criterios se alados en el art culo anterior, se cobrar por cadaú ñ í á vivienda o unidad habitacional, local, oficina, kiosco o sitio eriazo. Cada municipalidad fijar la tarifa del servicio se alado sobre la base de un c lculo queá ñ á considere exclusivamente tanto los cos

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: A folio 1, comparece do a ñ Mar a Ver nica Castillo Moralesí ó , presentando demanda de prescripci n de derechos de aseo domiciliario en contra deó la Ilustre Municipalidad de Linares, representada por su alcalde, don Mario Meza V squez, en virtud de las razones de hecho y de derecho que se consignaron en loá expositivo de este fallo. SEGUNDO : A folio 6, la parte demandada expone que los hechos expuestos en la demanda son efectivos y se allana a la solicitud de la demandante. TERCERO: Que la parte demandante acompa los siguientes documentos:ñó 1.- Registro de Deuda, emitido por el Departamento de Rentas Municipales, de la Ilustre Municipalidad de Linares.- 2. Certificado de Aval o Fiscal de la propiedad materia de autos. ú CUARTO: Que la prescripci n es un modo de adquirir las cosas ajenas, o deó extinguir las acciones y derechos ajenos, por haberse pose do las cosas o no haberseí ejercido dichas acciones y derechos durante cierto lapso de tiempo, y concurriendo los dem s requisitos legales, y se encuentra tratada en el C digo Civil, en los art culosá ó í 2492 y siguientes. QUINTO: Que la prescripci n liberatoria es una instituci n que tiene comoó ó principal objeto el otorgar certeza y seguridad a las relaciones jur dicas que ligan aí los sujetos de derecho, instando en definitiva a que los part cipes de dichas relacionesí no se hallen vinculadas en forma indefinida, provocando de aquella manera incertidumbre y falta de consolidaci n en sus situaciones jur dicas. ó í De esta manera, la prescripci n extintiva, se constituye en un castigo para eló actor negligente que no hace valer sus derechos en el tiempo que fija la ley. SEXTO: Que, ante la no controversia de los hechos por parte de la demandada, lo expuesto por la actora en el libelo de demanda y el certificado de deuda antes descrito, es posible colegir que la demandante presenta una deuda por concepto de derechos de aseo domiciliario del inmueble aludido, correspondiente a los periodos desde el primer semestre del a o 2018 (abril) al segundo semestre delñ a o de 2022 (noviembre)ñ , ambos inclusive. SEPTIMO: Que asentado lo anterior, ha de se alarse que cada una de lasñ parcialidades de la obligaci n que invoca la demandante respecto de los derechos deó aseo domiciliario, se han hecho exigibles en sus respectivas fechas de vencimiento, inici ndose desde esa poca, y para cada una de ellas, el lapso de inactividad delá é acreedor necesario para la declaraci n de prescripci n alegada.ó ó Código: YSVPXNXBXJD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Que en este contexto, y atendido a la fecha de la notificaci n de la presenteó demanda, es dable establecer que ha transcurrido ntegramente el plazo deí prescripci n que establece el art culo 2521 del C digo Civil respecto de las deudasó í ó indicadas en el documento no objetado de folio 1, que van desde el primer semestre de 2018 (abril) hasta el segundo

Fallo

Fallo Sentencia Definitiva Fecha de Ingreso 7 de marzo de 2024 Materia Prescripci n Extintivaó Caratulado Castillo con I. Municipalidad de Linares“ ” Procedimiento Juicio Ordinario Demandante Mar a Ver nica Castillo Moralesí ó C.I. 8.746.463-6 Abogado Paulina del Campo Almuna C.I. 12.791.363-3 Demandado Ilustre Municipalidad de Linares Rut 69.130.300-4 Abogado Gonzalo Rebolledo Gonz lez á C.I. 16.537.110-0 Juez Paula Luengo Montecino Cit. O r Sentenciaí 22 de abril de 2024 Linares, veintitr s de abril de dos mil veinticuatro.é VISTOS: 1.- A folio 1, comparece do añ MARIA VERONICA CASTILLO MORALES BRAVO, due a de casa, domiciliada enñ Poblaci n Mi Casa, sector deó Vara Gruesa, sitio N 25, comuna de Linares, ° quien interpone demanda en juicio ordinario de prescripci n de las acciones y derechos municipales por derechos deó aseo domiciliario, en contra de ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LINARES, representada legalmente por su alcalde don MARIO MEZA VASQUEZ, ambos domiciliados en Kurt Moller N 391 de Linares.° Refiere que seg n consta en certificado de estado de deuda que adjunta,ú que el inmueble, ubicado en que el inmueble, ubicado en Poblaci n Mi Casa, sector deó Vara Gruesa, sitio N 25, Rol de Aval o N 2603-25, ° ú ° de la comuna de Linares; tiene una deuda por concepto de pago de derechos de aseos domiciliarios con el Municipio de Linares, desde el mes de Abril del a o 2018, ñ hasta el mes de Noviembre del a oñ 2022, ambos inclusive, alcanzando a acumular en tal per odo, la suma d

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Foja: 1 FOJA: 10 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de Linaresº CAUSA ROL : C-473-2024 CARATULADO : CASTILLO/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LINARES Causa C-473-2024 Tipo de Fallo Sentencia Definitiva Fecha de Ingreso 7 de marzo de 2024 Materia Prescripci n Extintivaó Caratulado Castillo con I. Municipalidad de Linares“ ” Procedimiento Juicio Ordinario Demandante Mar a Ve

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