CONTRERAS/ARIDOS MADESAL SPA
Rol
C-8709-2019
Fecha
23 de abril de 2024
Materia
PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: En demanda de folio 1, con fecha 16 de diciembre de 2019, rectificada en folios 8 y 22, comparece GLADYS LUISA CONTRERAS BARRIENTOS, labores de casa, con domicilio en Pasaje N 6, Poblaci n San Jorge, Paradero laº ó Greda, comuna de Penco, qui n interpone é DEMANDA DE INDEMNIZACI NÓ DE PERJUICIOS, en contra de ARIDOS MADESAL SPA, persona jur dicaí del giro explotaci n de ridos, rut 76.250.013-2, representada por su Gerenteó á General don Fernando S enz Pochá , ignora su profesi n - o por quien loó subrogue o suceda legalmente-, ambos con domicilio en calle Cochrane 635, oficina 1601, Torre A, Concepci n o en Fundo Landa Km 6,5, S/N, Ruta 150,ó de Concepci n a Penco, en virtud de las consideraciones de hecho y de derechoó que pasa a exponer. Funda su demanda en que contrajo matrimonio con don Luis Alberto Saavedra, el 27 de diciembre de 1968. Hasta el d a de hoy su uni n haí ó permanecido, manifest ndose en una relaci n de convivencia, cuyos frutos haná ó sido nuestros hijos de filiaci n matrimonial. ó Refiere que su marido es propietario del inmueble ubicado en Pasaje N 6,º Poblaci n San Jorge, Paradero la Greda, comuna de Penco, inscrito en fojas 710,ó N 656, del Registro de Propiedad, del Conservador de Bienes Ra ces de Pencoº í del a o 1999, en el cual mantiene domicilio. Los deslindes de este inmuebles sonñ los siguientes: Norte, Forestal Santa Ester en 16,00 metros; Este, Olga Troncoso Careaga en 15,50 metros; Sur, Miguel Caro Barrientos en 14,70 metros; y Oriente, reas Verdes en 16,30 metros que lo separan de Camino P blico deÁ ú Concepci n a Penco. El rol de Aval o corresponde al N 1.292-1, comuna deó ú º Penco. Indica que el a o 2013 la sociedad demandada compr el predioñ ó colindante al de su marido, tras lo cual llev a cabo remoci n de cerros,ó ó formaci n de loteos, talas de rboles, intervenci n del curso del agua, rellenos conó á ó tierra proveniente del mismo cerro, extracci n de ridos y la construcci n deó á ó departamentos. Explica que la emp
Fundamentos
considerando el giro que desarrolla, tiene conocimientos t cnicos ené la materia, por lo que no podr defenderse alegando una conducta descuidada oá de falta de diligencia, sino m s bien dolosa.á Agrega que como consecuencia de las inundaciones, su casa está visiblemente deteriorada producto de la humedad; se han formado desniveles en el patio producto de la erosi n, lo que le provoc un accidente, raz n por la cual,ó ó ó le produjo una enfermedad Isquemia critica en extremidad inferior derecha , la“ ” cual hoy en d a la obliga a permanecer encerrada en su hogar. Claramente, laí inconducta de la demandada ha afectado enormemente su calidad de vida. Relata que durante el invierno, y peor a n en los d as de lluvia, presentaú í habitualmente cuadros de bronquitis aguda - los que por su edad tambi n son“ ” é habituales-, debido a la humedad de su casa, producto de las inundaciones. Precisa que no s lo su salud se ha visto deteriorada producto de estaó humedad y las frecuentes inundaciones sino la salud de su marido tambi n,é debido a que, adem s de los hechos se alados, es l quien debe salir al patio deá ñ é d a y de noche a extraer el agua con una motobomba. í Destaca que sin duda, su calidad de vida, - hoy en d a indigna de personasí que est n en la tercera de edad - se ha visto perjudicada desde que esta empresaá demandada compr y explota el predio colindante construyendo su proyectoó habitacional. Destaca que la demandada tiene conocimiento de la situaci n hace m s deó á seis a os y no le ha dado una soluci n. Es tal su conocimiento que dando unañ ó – soluci n precaria - construy un proyecto de evacuaci n aguas lluvias, que noó ó ó cumpli con tal finalidad, ya que su construcci n no fue la adecuada. Adem s lasó ó á aguas desembocan en un alcantarillado no autorizado por la autoridad competente; lo que es una clara burla a personas de la tercera edad y que no tienen conocimientos t cnicos en el rea de la construcci n. é á ó Expone que el hecho il cito de la compa a demandada le ha causado da oí ñí ñ moral: El da o moral padecido que corresponde al pretium doloris , lo estima enñ “ ” Código: QQTJXNKPVND Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » la suma de $30.000.000 de pesos o la que el Tribunal estime ajustada al m ritoé de autos. Puntualiza que este da o que ha sufrido la suscrita tanto en persona, comoñ al ver a su marido en tan precarias condiciones, trasciende al concepto de molestia, por lo que hoy puede definirlo como dolor y sufrimiento, por estos hechos que afectan su calidad de vida e incluso su salud. Por citar algunos ejemplos, en las noches de invierno no puede dormir tranquila temiendo que llueva, situaci n que empeora cuando esto efectivamente ocurre, ya que, con suó marido deben levantarse, cada tres o cuatros horas a sacar el agua que entra a su hogar. Cada a o que pasa es un tormento, debido a su edad. Piensa a diario elñ sacrificio que fue para su familia adqui
Fallo
POR TANTO, De acuerdo con lo expuesto y lo dispuesto en los art culos 2314 yí siguientes del C digo Civil, 254 y siguientes del C digo de Procedimiento Civil,ó ó Articulo 19 N 1 y 4 de nuestras Constituci n Pol tica de la Republica y dem s° ó í á disposicione pertinentes; Ley 20.886 que modifica el C digo de Procedimientoó Civil. RUEGO A US.: se sirva tener por interpuesta demanda en juicio ordinario de indemnizaci n de perjuicios, en contra de MADESAL SpA., yaó individualizada, representada legalmente por don Francisco S enz Poch, admitirlaá a tramitaci n y, en definitiva, acogerla declarando que se condena a laó demandada al pago en mi favor, a t tulo de indemnizaci n de perjuicios, de lasí ó siguientes sumas: Puntualiza que lo anterior es trascendental pues se trata de dos persona jur dicas completamente distintas: Madesal SpA en efecto existe, pero es unaí persona distinta de su representada ridos madesal spa. á Sostiene que si el petitorio de la demanda, pide al tribunal una declaraci n,ó pero lo hace respecto de una persona distinta a quien se individualiz comoó demandada, obviamente, mal podr a ella prosperar respecto de su representada laí demandada RIDOS MADESAL, que no es la persona respecto de quien se haÁ pedido al tribunal la declaraci n y condena por los montos que se indican en eló petitorio. Indica que la demanda carece de una petici n concreta (art. 254 N 5 deló ° C digo de Procedimiento Civil). que resulte pertinente, coherente e id nea paraó ó acoger la de
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RIT« » FOJA: 92 .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Concepci nº ó CAUSA ROL : C-8709-2019 CARATULADO : CONTRERAS/ARIDOS MADESAL SPA Concepci nó , veintitr s de Abril de dos mil veinticuatroé VISTO: En demanda de folio 1, con fecha 16 de diciembre de 2019, rectificada en folios 8 y 22, comparece GLADYS LUISA CONTRERAS BARRIENTOS, labores de casa, con domicilio en Pasaje
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