TORO/
Rol
V-18-2024
Fecha
22 de abril de 2024
Materia
OTROS VOLUNTARIOS
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: A Folio 1, comparece don ARIO HUMBERTO TORO TORO, comerciante, domiciliado en calle Las Dalias N° 2471 de esta ciudad; quien interpone solicitud en procedimiento voluntario, para obtener que se ordene al señor Archivero Judicial de Iquique practicar una anotación marginal en la escritura pública de compraventa suscrita con fecha 03 de enero de 1991, en la notaría de Iquique de don Néstor Araya Blazina, repertorio N°14, mediante la cual se modifique la indicación del número de su cedula de identidad en la misma, de “9.915.852-K” por “9.519.852-K”, siendo este último el correcto. Expone que, el 3 de enero de 1991, suscribió ante el Notario Público de esta ciudad, don Néstor Araya Blazina, conjuntamente con su hermano don Mario Salvador Toro Toro, una escritura pública de compraventa, anotada con el N° 14 del repertorio de dicho año e inscrita a Fojas 75, N°138, correspondiente al Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Iquique del año 1991, respecto de un bien raíz compuesto de sitio y edificio ubicado en Avenida Ampliación N°1.739, de esta ciudad. Agrega que, debido a un error involuntario se individualizó a su parte en la comparecencia de la escritura antes indicada con el numero de cedula de identidad 9.915.852-k, en circunstancias que el número correcto de la misma es 9.519.852-k, tal como se desprende del certificado de nacimiento que acompaña. Explica que tomó conocimiento de dicho error con fecha 28 de julio de 2023 en razón de haber intentado inscribir escritura pública de compraventa celebrada el 6 de abril de 2011, Repertorio N° 649-2011, otorgada ante el Notario Público de 1 Código: DWQXXNWHXQC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl esta ciudad don Sergio Yaber Simón; donde conjuntamente con su hermano, vendieron a doña Erlinda Filomena Choque García, el inmueble ya descrito, acto en el cual se les informa del rechazo de la misma por el Conservador de Bienes Raíces d
Fundamentos
CONSIDERANDO: 2 Código: DWQXXNWHXQC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl PRIMERO: Que, Folio 1 comparece don ARIO HUMBERTO TORO TORO, quien interpone solicitud en procedimiento voluntario, para obtener que se ordene se ordene al señor Archivero Judicial de Iquique practicar una anotación marginal en la escritura pública de compraventa suscrita con fecha 03 de enero de 1991, en la notaría de Iquique de don Néstor Araya Blazina, repertorio N°14, mediante la cual se modifique la indicación de su número de cedula de identidad indicado en la misma de “9.915.852-K” por “9.519.852-K”, o en subsidio, que se autorice al notario aludido o a quien lo reemplace, a constituirse en las dependencias del referido archivero judicial a practicar la anotación marginal peticionada. SEGUNDO: Que, el artículo 82 del Reglamento del Conservador de Bienes Raíces, en sus incisos primero y tercero, expresa: “La falta absoluta en los títulos de alguna de las designaciones legales sólo podrá llenarse por medio de escritura pública” y “Del mismo modo se enmendarán y suplirán las designaciones defectuosas o insuficientes de los títulos.” Por su parte el artículo 405 del Código Orgánico de Tribunales, en la segunda parte de su inciso primero establece que: “Deberán indicar el lugar y fecha de su otorgamiento; la individualización del notario autorizante y el nombre de los comparecientes, con expresión de su nacionalidad, estado civil, profesión, domicilio y cédula de identidad,…”. TERCERO: Que, el reclamante aportó los siguientes antecedentes: A Folio 1: 1) Copia simple de escritura pública de compraventa, de fecha 3 de enero del año 1991, extendida en la notaría de Iquique, de don Néstor Araya Blazina, repertorio N°14; 2) Copia de certificado de dominio vigente y copia simple de inscripción del inmueble ubicado en avenida Ampliación N°1739 de la comuna de Iquique, emitido por el Conservador de Bienes Raíces de Iquique; 3) Copia simple de escritura pública de compraventa, de fecha 06 de abril de 2.011, Repertorio N° 649; 4) Certificado de nacimiento de don Ariel Humberto Toro Toro, emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación 5) Copia de documento 3 Código: DWQXXNWHXQC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl denominado observaciones OT N°777828 emitido por el Conservador y Archivero Judicial de Iquique. Que, a Folio 17 consta informe remitido por el Conservador y Archivero Judicial de Iquique, don Enzo Redolfi González. A Folio 19, consta informe emitido por el señor Notario Público Titular de Iquique don Néstor Araya Blazina. CUARTO: Que, del estudio de los dichos del solicitante, y de los antecedentes agregados a la presente gestión, apreciados de conformidad con lo dispuesto en el artículo 819 del Código de Procedimiento Civil, se puede colegir que dicha solicitud tiene lugar a propósito de la gestión realizada por el peticionante
Fallo
Por estas consideraciones, disposiciones legales citadas y visto, además, lo establecido en el artículo 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, SE DECLARA: I.- Que, SE RECHAZA, la solicitud interpuesta a folio 1, por don ARIO HUMBERTO TORO TORO, ya individualizado. II.- Que, no se condena en costas a la parte solicitante por haber tenido motivo plausible para litigar. Anótese, regístrese y archívese en su oportunidad. Rol N°18-2024 Dictada por don HÉCTOR ANDRÉS KOMPATZKI DELARZE, Juez Titular de este Primer Juzgado de Letras de Iquique. En Iquique, veintidós de abril de dos mil veinticuatro, notifiqué por estado diario la resolución que antecede. 6 Código: DWQXXNWHXQC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-04-22T15:57:50-0400
Texto Completo (Preview)
PRIMER JUZGADO DE LETRAS IQUIQUE Iquique, veintidós de abril de dos mil veinticuatro. VISTOS: A Folio 1, comparece don ARIO HUMBERTO TORO TORO, comerciante, domiciliado en calle Las Dalias N° 2471 de esta ciudad; quien interpone solicitud en procedimiento voluntario, para obtener que se ordene al señor Archivero Judicial de Iquique practicar una anotación marginal en la escritura pública de compr
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