BANCO RIPLEY S.A/CALDERÓN
Rol
C-9378-2023
Fecha
22 de abril de 2024
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
RIT« » Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 24 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-9378-2023 CARATULADO : BANCO RIPLEY S.A/CALDER NÓ Santiago, veintid s de Abril de dos mil veinticuatroó VISTOS. Con fecha 5 de junio de 2023, al folio 1, don Mauricio Araneda Bunting, abogado, domiciliado en Mac Iver N 125, piso 6, de la comuna de Santiago, en° representaci n de ó Banco Ripley, sociedad an nima bancariaó , representada legalmente por su por su gerente general don Alejandro Subelman Alcalay, ingeniero comercial, ambos domiciliados en Paseo Hu rfanos N 1060, comuna deé º Santiago, interpone demanda ejecutiva de cobro de pagar , por la suma deé $7.543.759.- en contra de don Jos Antonio Calder n G mezé ó ó , domiciliado en Los Mercedarios 819 departamento 14 A, Quilicura, y en Avenida Costanera 500 casa 339, de la comuna de Lampa. Explica que la demandada habr a suscrito el pagar N 6450206013 ení é ° favor de su representada, por la cual se oblig a pagar la suma de $7.671.619.-ó mediante 60 cuotas mensuales, iguales y sucesivas de $199.320.- cada una salvo la ltima, por la suma de $199.323.- todas con vencimiento los d as 5 de cada mes,ú í venciendo la primera de ellas el d a 13 de noviembre de 2022, y la ltima el d a 5í ú í de noviembre de 2027. A ade que se estableci en el pagar que en caso de mora o simple retardoñ ó é en el pago del todo o parte de una o m s cualesquiera de las cuotas, la tasa deá inter s se elevar a al inter s m ximo convencional que la ley permita estipularé í é á para operaciones de esta naturaleza, vigente a la poca de la mora o del simpleé retardo, la que regir a y se aplicar a desde el momento del retardo y hasta el pagoí í efectivo e ntegro de la obligaci n, expresando luego que se habr a pactadoí ó í cl usula de caducidad convencional en caso de mora o simple retardo, y que seá liber al tenedor de la obligaci n de protestar el documento. ó ó Sostiene que el demandado no ha pagado desde la cuota N 2, con° vencimiento el d a
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el ejecutado, don Jos Antonio Calder n G mez, é ó ó ha opuesto excepci n en el procedimiento ejecutivo de cobro de pagar ,ó é pretendiendo el rechazo de la demanda, con costas, fundando stas, en los hechosé Código: XJLQXNCXDQC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 y argumentos de derecho ya descritos, latamente, en la parte expositiva del presente fallo. SEGUNDO: Que la parte ejecutante evacu el traslado conferido, acercaó de la excepci n planteada por la demandada, solicitando su rechazo, en base a lasó consideraciones contenidas en su presentaci n de fecha 9 de febrero de losó corrientes. En cuanto a la objeci n de documentosó . TERCERO: Que la ejecutada objet por falta de autenticidad y por noó constar la integridad del pagar por las mismas razones que fundamentan sué excepci nó CUARTO: Que careciendo de fundamentaci n suficiente la alegaci nó ó planteada, dada la generalidad de los t rminos en que se formula, y pudiendoé adem s subsumirse en los motivos esgrimidos para enervar la ejecuci n de autosá ó a trav s de la excepci n interpuesta, es que se rechazar la objeci n como seé ó á ó se alar en lo resolutivo de esta sentencia.ñ á En cuanto al fondo: QUINTO: Que el demandado no ha rendido prueba en los presentes autos, como se advierte de la revisi n del proceso, y que por su parte, laó ejecutante acompa como medio de prueba a la carpeta electr nica, el pagar enñó ó é cuotas N 6450206013, por la suma de $7.671.619.- suscrito por el demandado° con fecha 27 de octubre de 2022. SEXTO: Que la excepci n de falta de requisitos para que el t tulo tengaó í fuerza ejecutiva, se ha sustentado, nicamente, en que la firma de la suscriptoraú no se habr a autorizado en su presencia y que al notario respectivo no le constar aí í su identidad. S PTIMO:É Que as las cosas, no cabe acoger la excepci n opuesta, porí ó cuanto del simple examen visual del pagar que se encuentra guardado ené custodia bajo el registro n mero 5642 de 2023 y cuya copia obra en el expedienteú digital con fecha 7 de junio de 2023, no objetado, consta que aqu l contiene laé autorizaci n notarial de la firma del suscriptor y,
Fallo
se declararon admisibles las excepciones opuestas y se recibi la causa a prueba, sin que se rindiera sta poró é las partes dentro del probatorio, estando ambas notificadas de la interlocutoria de prueba, como se aprecia de los folios 31 y 34. Con fecha 15 de abril de 2024, se cit a las partes para o r sentencia.ó í CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el ejecutado, don Jos Antonio Calder n G mez, é ó ó ha opuesto excepci n en el procedimiento ejecutivo de cobro de pagar ,ó é pretendiendo el rechazo de la demanda, con costas, fundando stas, en los hechosé Código: XJLQXNCXDQC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 y argumentos de derecho ya descritos, latamente, en la parte expositiva del presente fallo. SEGUNDO: Que la parte ejecutante evacu el traslado conferido, acercaó de la excepci n planteada por la demandada, solicitando su rechazo, en base a lasó consideraciones contenidas en su presentaci n de fecha 9 de febrero de losó corrientes. En cuanto a la objeci n de documentosó . TERCERO: Que la ejecutada objet por falta de autenticidad y por noó constar la integridad del pagar por las mismas razones que fundamentan sué excepci nó CUARTO: Que careciendo de fundamentaci n suficiente la alegaci nó ó planteada, dada la generalidad de los t rminos en que se formula, y pudiendoé adem s subsumirse en los motivos esgrimidos para enervar la ejecuci n de autosá ó a trav s de la excepci n interpuesta, es que se rech
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RIT« » Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 24 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-9378-2023 CARATULADO : BANCO RIPLEY S.A/CALDER NÓ Santiago, veintid s de Abril de dos mil veinticuatroó VISTOS. Con fecha 5 de junio de 2023, al folio 1, don Mauricio Araneda Bunting, abogado, domiciliado en Mac Iver N 125, piso 6, de la comuna de Santiago, en° representaci n de ó Banco Ripley, so
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