BANCO SECURITY/ROMERO
Rol
C-1427-2024
Fecha
22 de abril de 2024
Materia
ARRENDADOR,RESTITUCIÓN POR EXTINCIÓN DERECHO
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: A folio 1, comparece FRANCISCO JAVIER GONZALEZ MUNCHMEYER, abogado, en representación de BANCO SECURITY, sociedad del giro de su denominación, ambos domiciliados en Avenida Apoquindo N°3150, piso 5, Las Condes, de la ciudad de Santiago, quien interpone demanda de restitución de la propiedad por extinción del derecho del arrendador, en contra de MARLENE ROMERO ROMERO, labores de casa, domiciliada en calle Barros Arana N°224 de la ciudad de Iquique. Expone que su representado es dueño del inmueble ubicado en calle Barros Arana N°224 de la ciudad de Iquique, cuyo dominio fue inscrito en el año 2023; señala que tiene conocimiento que el inmueble se encuentra habitado por la demandada, quien ha manifestado que habita la propiedad en virtud de un contrato que habría suscrito con Washington Orlando Fernández, con fecha 26 de septiembre de 2022. Señala que su representado es el actual propietario del inmueble, siendo necesaria la restitución en las mismas condiciones en que se encontraba a su llegada, motivo por el cual interpone la presente acción. Por lo tanto, al mérito de lo expuesto y previas normas que indica, solicita se declare terminado el contrato de arrendamiento por extinción del derecho del arrendador, respecto del inmueble sublite; que se ordene a la demandada la restitución de la propiedad dentro de los plazos establecidos, totalmente desocupada, bajo apercibimiento de ser lanzada con el auxilio de la fuerza pública; que se condene a la demandada según lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley 18.101, al pago de las rentas de arrendamiento desde la fecha de la notificación de la presente demanda y hasta el último día de ocupación del Código: XXGXXNWTSNC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl inmueble, como también al pago de los consumos por servicios básicos domiciliarios, todo debidamente reajustado, con costas. A folio 13, se llevó a cabo el comparendo de estilo, solo con la asistencia
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 1, comparece Francisco Javier González Munchmeyer, abogado, en representación de Banco Security, quien por los motivos señalados en la parte expositiva, interpone demanda de restitución de la propiedad por extinción del derecho del arrendador, en contra de Marlene Romero Romero, solicitando se declare terminado el contrato de arrendamiento por extinción del derecho del arrendador, respecto del inmueble sublite; que se ordene a la demandada la restitución de la propiedad dentro de los plazos establecidos, totalmente desocupada, bajo apercibimiento de ser lanzada con el auxilio de la fuerza pública; que se condene a la demandada según lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley 18.101, al pago de las rentas de arrendamiento desde la fecha de la notificación de la presente demanda y hasta el último día de ocupación del inmueble, como también al pago de los consumos por servicios básicos domiciliarios, todo debidamente reajustado, con costas. SEGUNDO: Que a folio 13, se tuvo por contestada la demanda en rebeldía de la demandada. TERCERO: Que la parte demandante a fin de acreditar su pretensión acompañó los siguientes documentos: 1. Copia simple de instrumento privado de contrato de arrendamiento celebrado entre don Washington Orlando Fernández y doña Marlene Romero Romero el 26 de septiembre de 2022. Código: XXGXXNWTSNC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2. Certificado de dominio vigente de la propiedad ubicada en Calle Barros Arana N°224, comuna y ciudad de Iquique, Región de Tarapacá, inscrita a fojas 1331 vuelta N°1625 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Iquique, del año 2023. 3. Copia con vigencia de escritura de constitución de la sociedad Banco Security S.A. La escritura de la sociedad se encuentra inscrita a fojas 11181 N°9090, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 1996. 4. Copia con vigencia de escritura pública bajo el repertorio N°13123-2021, donde consta la personería de quien suscribe para representar a Banco Security, otorgada con fecha 16 de noviembre de 2021 en la Notaría de Santiago de don Patricio Raby Benavente, documento emitido con firma Electrónica avanzada, Ley N° 19.799.-. 5. Acta de fecha 15 de enero de 2024 emitida por don Darío Emigdio Chacón Vicentelo, Notario Titular de la 5° Notaría de Iquique, que certifica que la propiedad se encuentra ocupada por doña Marlen Romero. El documento N°1, se tuvo por acompañado bajo apercibimiento del artículo 346 N°3 del Código de Procedimiento Civil, los restantes con citación, no objetados. CUARTO: Que la parte demandada no acompañó probanza alguna al proceso. QUINTO: Que, en atención a la prueba aportada al juicio, y que antecede, valorada de acuerdo a las reglas de la sana crítica, de conformidad a lo dispuesto en el numeral séptimo del artículo 8 de la Ley 18.101, es posible tener por acreditado que con fecha 26
Fallo
SE DECLARA: I.- Que SE ACOGE la demanda interpuesta a folio 1, por FRANCISCO JAVIER GONZÁLEZ MUNCHMEYER, abogado, en representación de BANCO SECURITY en contra de MARLENE ROMERO ROMERO, en consecuencia, se declara terminado el contrato de arrendamiento suscrito entre Washington Orlando Fernández Jara y Marlene Romero Romero, por extinción del derecho del arrendador. Código: XXGXXNWTSNC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl II.- Que, se condena a la demandada a restituir el inmueble ubicado en calle Barros Arana N°224 de la ciudad de Iquique, con el pago al día del arriendo y los servicios básicos y libre de todo ocupante, dentro de los tres días siguientes a la fecha en que éste fallo cause ejecutoria. III. Que se condena en costas a la demandada, por haber resultado totalmente vencida. Regístrese y notifíquese en forma legal. ROL N°1427-2024. Dictada por doña PATRICIA ALEJANDRA SHAND SCHOLZ, Juez Titular del Segundo Juzgado de Letras de Iquique. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Iquique, veintidós de Abril de dos mil veinticuatro Código: XXGXXNWTSNC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-04-22T13:14:01-0400
Texto Completo (Preview)
FOJA: 19 .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de Iquiqueº CAUSA ROL : C-1427-2024 CARATULADO : BANCO SECURITY/ROMERO Iquique, veintidós de Abril de dos mil veinticuatro VISTO: A folio 1, comparece FRANCISCO JAVIER GONZALEZ MUNCHMEYER, abogado, en representación de BANCO SECURITY, sociedad del giro de su denominación, ambos domiciliados en Avenida Apoquindo N°3150, piso
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica