DELPIANO/I. MUNICIPALIDAD DE STGO
Rol
C-21419-2023
Fecha
22 de abril de 2024
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
hechos controvertidos, se cit a las partes para o r sentencia.ó í CONSIDERANDO. PRIMERO: Que, don Francisco Javier Delpiano P rez-Canto,é deduce demanda de prescripci n extintiva de las acciones de cobro yó derechos de percibir impuestos por concepto de permiso de circulaci n, enó contra de la Ilustre Municipalidad de Santiago, representada legalmente por su Alcaldesa, do a Irac Hassler Jacob, solicitando se sirva declarar prescritañ í Código: XXTJXNNYHNC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 la acci n de cobro de permiso de circulaci n correspondiente al periodoó ó contemplado desde el a o 2001 al 2020, ambos inclusive, con sus reajustes,ñ intereses y multas., ascendente a la suma de $4.485.419. Funda sus alegaciones en los antecedentes latamente expresados en lo expositivo de este fallo. SEGUNDO: Que la demandada comparece en autos, solicitando se le tenga por allanada por el periodo comprendido entre los a os 2001 hastañ el a o 2020, ambos inclusive.ñ Funda su alegaci n en los antecedentes antes desarrollados, en loó expositivo de este fallo. TERCERO: Que, no existiendo hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos, se omiti recibir la causa a prueba.ó CUARTO: Que la prescripci n es un modo de adquirir las cosasó ajenas, o de extinguir las acciones y derechos ajenos, por haberse pose doí las cosas o no haberse ejercido dichas acciones y derechos durante cierto lapso de tiempo, y concurriendo los dem s requisitos legales, y se encuentraá tratada en el C digo Civil, en los art culos 2.492 y siguientes.ó í QUINTO: Que la prescripci n se inserta en un sistema jur dico deó í protecci n, que tiene como objetivo principal, el otorgar certeza y seguridadó a las relaciones jur dicas que ligan a los sujetos de derecho y la debida tutelaí o protecci n de los mismos, instando en definitiva a que los part cipes deó í dichas relaciones no se hallen vinculadas en forma indefinida, provocando
Fundamentos
motivos plausibles que se habr an tenido para litigar.í Con fecha 8 de abril de 2024, al folio 21, se llev a cabo laó audiencia de conciliaci n decretada en autos, por v a telem tica, con la solaó í á asistencia virtual de la apoderada de la demandante y en rebeld a de laí demandada, en consecuencia, la conciliaci n, no tuvo resultado positivo.ó Atendido el allanamiento de la demandada y no existiendo hechos controvertidos, se cit a las partes para o r sentencia.ó í CONSIDERANDO. PRIMERO: Que, don Francisco Javier Delpiano P rez-Canto,é deduce demanda de prescripci n extintiva de las acciones de cobro yó derechos de percibir impuestos por concepto de permiso de circulaci n, enó contra de la Ilustre Municipalidad de Santiago, representada legalmente por su Alcaldesa, do a Irac Hassler Jacob, solicitando se sirva declarar prescritañ í Código: XXTJXNNYHNC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 la acci n de cobro de permiso de circulaci n correspondiente al periodoó ó contemplado desde el a o 2001 al 2020, ambos inclusive, con sus reajustes,ñ intereses y multas., ascendente a la suma de $4.485.419. Funda sus alegaciones en los antecedentes latamente expresados en lo expositivo de este fallo. SEGUNDO: Que la demandada comparece en autos, solicitando se le tenga por allanada por el periodo comprendido entre los a os 2001 hastañ el a o 2020, ambos inclusive.ñ Funda su alegaci n en los antecedentes antes desarrollados, en loó expositivo de este fallo. TERCERO: Que, no existiendo hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos, se omiti recibir la causa a prueba.ó CUARTO: Que la prescripci n es un modo de adquirir las cosasó ajenas, o de extinguir las acciones y derechos ajenos, por haberse pose doí las cosas o no haberse ejercido dichas acciones y derechos durante cierto lapso de tiempo, y concurriendo los dem s requisitos legales, y se encuentraá tratada en el C digo Civil, en los art culos 2.492 y siguientes.ó í QUINTO: Que la prescripci n se inserta en un sistema jur dico deó í protecci n, que tiene como objetivo principal, el otorgar certeza y seguridadó a las relaciones jur dicas que ligan a los sujetos de derecho y la debida tutelaí o protecci n de los mismos, instando en definitiva a que los part cipes deó í dichas relaciones no se hallen vinculadas en forma indefinida, provocando con ello incertidumbre y falta de consolidaci n de las diversas situacionesó jur dicas. í Si bien el ordenamiento, por una parte, otorga la protecci n aló acreedor, facultando al sujeto activo para exigir de aquel que le garantice el ejercicio pac fico y en definitiva la eficacia de su derecho; protege a su vezí al sujeto pasivo de la relaci n estableciendo con normas de orden p blico eló ú real alcance y permanencia del deber que de esta relaci n emana.ó La prescripci n extintiva o liberatoria, permite la estabilidad de losó derechos dando seguridad jur dica y, en definitiva, se constitu
Fallo
por tanto ella, la legitimada para accionar en la forma en que lo ha efectuado. Documentos agregados legalmente a los autos y no impugnados de contrario. NOVENO: Que la parte demandada no acompa prueba alguna añó los autos. D CIMOÉ : Que el art culo 12 del Decreto Ley N 3.036, se ala queí ° ñ Los veh culos que transitan por las calles, caminos y v as p blicas en“ í í ú general, estar n gravados con un impuesto anual por permiso deá circulaci n, a beneficio exclusivo de la municipalidad respectiva, conforme aó las siguientes tasas: … , tasas que est n detalladas en el mismo art culo. ” á í A su vez el art culo 15 del cuerpo legal citado, establece que: í “la renovaci n de los permisos de circulaci n y su distintivo se efectuar en losó ó á siguientes per odos del a o respectivo, considerando la clasificaci ní ñ ó contenida en el art culo 12.í 1.- Veh culos de la letra a) y N 5 de la letra b), de carga m xima deí º á mil setecientos cincuenta kilos, hasta el 31 de marzo; .……… El pago del impuesto por permiso de circulaci n podr efectuarse enó á dos cuotas iguales, la primera, dentro del plazo ordinario de renovaci n, yó la segunda, en los siguientes per odos:í a) Veh culos comprendidos en el n mero 1.- de este art culo, dentroí ú í del mes de agosto. Su monto se ajustar seg n la variaci n que experimenteá ú ó el ndice de Precios al Consumidor entre los meses de febrero y junio,Í ambos inclusive, del a o respectivo .ñ … ” UND CIMOÉ : Que, en m rito de lo se alado precedentemen
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RIT« » Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 24 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-21419-2023 CARATULADO : DELPIANO/I. MUNICIPALIDAD DE STGO Santiago, veintid s de Abril de dos mil veinticuatroó VISTOS. Con fecha 27 de diciembre de 2023, al folio 1, don Francisco Javier Delpiano P rez-Cantoé , ingeniero civil, chileno, casado, domiciliado en calle Padre Luis de Valdivia N 346, o
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