1º Juzgado Civil de San Miguel

CARRERA SOTO Y CIA LTDA/ MUNICIPALIDAD DE LA GRANJA

Rol

C-7456-2023

Fecha

22 de abril de 2024

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Comparece don Carlos Alfonso Carrera Escobar, independiente, domiciliado para estos efectos en Las Azucenas N 3295, comuna de Puente Alto, en representaci n legal° ó de CARRERA SOTO Y C A LTDAÍ , con domicilio en Tom N 0742, comuna deé ° La Granja, quien presenta demanda de prescripci n extintiva de la acci n de cobro deó ó patente comercial en contra de la Ilustre Municipalidad de La Granja, persona jur dica de derecho p blico, representada legalmente por su Alcalde don Luis Felipeí ú Delpin Aguilar, ingeniero comercial, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Am rico Vespucio N 002, comuna de La Granja.é ° Se ala que con fecha 12 de octubre de 2023, la Municipalidad demandada emitiñ ó informe de deuda que detalla el estado de deuda existente por el no pago de una serie de cuotas vencidas correspondientes a patente comercial de la empresa demandante. En dicho informe, aparece que se adeuda entre los periodos comprendidos entre el 25 de julio de 2017 al 31 de julio de 2023, por concepto de patente comercial, la suma de $31.235.476, incluyendo cuotas, reajustes e intereses. Manifiesta que en atenci n a que la Municipalidad no tiene facultades paraó condonar la deuda en forma administrativa, solicita que se declare prescrita la acci n deó cobro de patente comercial de los periodos comprendidos entre el 25 de julio de 2017 hasta el 31 de julio de 2020 inclusive, monto que asciende a la suma de $15.167.092, incluyendo las cuotas, reajustes e intereses. Previa citas legales, sostiene que se cumplen los requisitos de la prescripci n, yó pide que se tenga por interpuesta demanda de prescripci n extintiva de la acci n deó ó cobro de patente comercial en contra de la Municipalidad demandada, acogerla a tramitaci n y en definitiva, se declare que dicha acci n entre los per odos comprendidosó ó í entre el 25 de julio de 2017 hasta el 31 de julio de 2020 inclusive, monto que asciende a la suma de $15.167.092 se encuentra prescrita, con costas en caso de oposi

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece don Carlos Alfonso Carrera Escobar en representaci n de Carrera Soto C a Ltda., quien present demanda de prescripci nó í ó ó extintiva ordinaria por concepto de deuda de patente comercial, en contra de la Ilustre Municipalidad de La Granja, por el periodo comprendido entre el 25 de julio de 2017 hasta el 31 de julio de 2020, incluidos reajustes e intereses, con costas. Funda su demanda por las razones de hecho y de derecho que se expresan en lo expositivo de esta sentencia. SEGUNDO: Que, la demandada se allan a la demanda en los t rminosó é expresados en lo expositivo del fallo. TERCERO: Que, previamente cabe hacer presente que si bien la parte demandante se al como fechas de vencimiento de los derechos de patente comercialñ ó cuya prescripci n solicita desde el 25 de julio de 2017 al 31 de julio de 2020, lo cierto esó que dicha data corresponde a la fecha de giro de los derechos referidos, siendo las fechas de vencimiento de dichos giros desde el 31 de enero de 2016 al 31 de julio de 2020 o lo que es lo mismo, el segundo semestre de 2020, periodo que ser efectivamenteá considerado. CUARTO: Que, conforme a lo expuesto por ambas partes, la acci n de cobroó de la deuda por concepto de patente comercial en contra de la Ilustre Municipalidad de La Granja solicitada que corresponde al periodo que va desde el primer semestre de 2016 hasta el segundo semestre de 2020, ambas fechas inclusive, se encuentra prescrita por haber transcurrido el plazo de tres a os para iniciar la acci n que el art culo 2521ñ ó í del C digo Civil y Decreto Ley N 3.063 de 1979 sobre Rentas Municipales disponen. ó ° QUINTO: Que de igual modo,

Fallo

se declarar la extinci n del derecho de cobroá ó de los reajustes, intereses, multas y cualquier recargo que acceda a la patente comercial correspondiente al per odo antes referido.í Y vistos, adem s lo dispuesto por los art culos 144, 160, 170, 342 y siguientes delá í C digo de Procedimiento Civil, art culos 2492, 2493, 2497 y 2521 del C digo Civil, Leyó í ó sobre Rentas Municipales, se resuelve: I.- Que, se acoge la demanda presentada por don Carlos Alfonso Carrera Escobar en representaci n de Carrera Soto y C a. Ltda. en contra de la I. Municipalidadó í de La Granja, en consecuencia, se declara que se encuentran prescritas las acciones para el cobro de patente comercial que se hicieron exigibles desde el primer semestre de 2016 Código: CMQXXNKVLKC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-7456-2023 Foja: 1 hasta el segundo semestre de 2020, ambas fechas inclusive, m s reajustes, intereses,á multas y cualquier recargo que accedan a ellas. II.- Que cada parte pagar sus costas. á Reg strese, notif quese y arch vese en su oportunidad.í í í ROL C-7456-2023 DICTADA POR DO A SUSANA CHAC N ARANCIBIA, JUEZAÑ Ó TITULAR. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en San Miguel, veintid s de Abril de dos mil veinticuatroó Código: CMQXXNKVLKC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-04-22T11:07:18-04

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C-7456-2023 Foja: 1 FOJA: 13 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de San Miguelº CAUSA ROL : C-7456-2023 CARATULADO : CARRERA SOTO Y CIA LTDA/ MUNICIPALIDAD DE LA GRANJA San Miguel, veintid s de Abril de dos mil veinticuatroó VISTOS: Comparece don Carlos Alfonso Carrera Escobar, independiente, domiciliado para estos efectos en Las Azucenas N 3295, comuna de Puente Alto,

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