Juzgado de Letras y Gar. de los Vilos

SERVICIO NACIONAL DE PESCA Y ACUICULTURA REGION DE COQUIMBO/ÁLVAREZ

Rol

C-554-2023

Fecha

22 de abril de 2024

Materia

PESCA Y ACUICULTURA, INFRACCIONES A LA LEY DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Con fecha 14 de diciembre de 2023 comparece Paulina Antonieta Gallardo Paredes, en calidad de Inspectora del SERVICIO NACIONAL DE PESCA Y ACUICULTURA, ambos con domicilio para estos efectos en calle Galvarino 250, comuna de Los Vilos; e interpone denuncia con arreglo al procedimiento establecido en la Ley General de Pesca y Acuicultura en contra de JAVIER ALBERTO ALVAREZ RIVERA, C.I. 11.728.110-8, comerciante, domiciliado en V ctor Jara 300, comuna deí Los Vilos. En cuanto a los hechos, expone que el 24 de noviembre del 2023 realizaba junto a otros funcionarios del servicio actividad de fiscalizaci n en control carretero enó compa a de personal de carabineros en el sector de Tenencia de Carreteras de Choapa,ñí comuna de Canela. Comenta que, siendo aproximadamente las 11:50 horas de ese d a, fiscalizaron elí veh culo Placa Patente KLYL-10, conducido por el denunciado, el que ven a cargadoí í con jurel (122 kg), congrio colorado (98 kg), congrio negro (21 kg), jerguilla (18 kg) y cojinoba del norte (60 kg), solicit ndole en el acto la Acreditaci n de Origen Legalá ó (AOL) de los recursos y documentaci n pertinente, la cual, de acuerdo a la Resoluci nó ó 1340/2020 consiste en el documento tributario de traslado y el comprobante de visaci nó emitido por SERNAPESCA, ya sea en formato digital o impreso, quien no la portaba al momento de la fiscalizaci n, recursos que adem s se encuentran en veda extractiva.ó á Sostiene que esta conducta contraviene los art culos 63, 65 y 119 de la Ley deí Pesca, que contienen las obligaciones de acreditar el origen legal del recurso y portar la documentaci n pertinente.ó A ade que, por lo anterior, se curs citaci n al denunciado y se incautaron losñ ó ó recursos. Por tanto, pide acoger la denuncia y condenar al denunciado a las siguientes sanciones: 1) Multa de 11.365 UTM a 22.73 UTM, o la suma que el Tribunal Código: EFNGXNKZZGC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, se ha interpuesto denuncia por infracci n a la Ley de Pesca yó Acuicultura, en contra de JAVIER ALBERTO ALVAREZ RIVERA, al haber cometido, a juicio del denunciante, infracciones a los art culos 63, 65 y 119 de la Ley General deí Pesca. SEGUNDO: Que, para acreditar los hechos denunciados, se rindi la siguienteó prueba documental: 1) Citaci n Notificaci n N 137879. 2) Resoluci n Exenta N 1340ó ó º ó º de 2020 que establece el procedimiento de acreditaci n de origen legal. 3) Decretoó Exento N 57 que fija Valor Sanci n 2022-2023.º ó TERCERO: Que rinde declaraci n indagatoria el denunciado, quien enó definitiva reconoce haber sido fiscalizado el d a 24 de noviembre de 2023 y no haberí exhibido en el acto la documentaci n que acreditaba el origen legal de los recursos,ó aduciendo que en la caleta Limar , donde trabaja su proveedor Rodrigo Tabiloí Ahumada, no hay sistema, debiendo llegar a su casa en Los Vilos para realizar los tr mites de trazabilidad, arguyendo adem s que los recursos no est n en veda. á á á Agrega que los productos incautados pesan menos, ya que los fiscalizadores los pesan en cajas, lo que explica la diferencia de pesaje entre aquella cantidad que informa SERNAPESCA y la que aparece en el documento de trazabilidad. CUARTO: Que el denunciado rindi como prueba documental, la siguiente:ó Reporte Desembarque Artesanal del 24 de noviembre de 2023. QUINTO: Que la denuncia se efectu en los t rminos expuestos en el art culoó é í 125 N 1 de la Ley General de Pesca, raz n por la cual se presumen efectivos los hechos° ó expuestos en la denuncia, correspondiendo al denunciado la carga de desvirtuarlos. SEXTO: Que, analizada la prueba rendida por el denunciante seg n las reglasú de la sana cr tica, sin contravenir los principios de la l gica, las m ximas de laí ó á experiencia y los conocimientos cient ficamente afianzados, se tiene por establecido queí el denunciado transport el d a 24 de noviembre de 2023 los recursos jurel (122 kg),ó í congrio colorado (98 kg), congrio negro (21 kg), jerguilla (18 kg) y cojinoba del norte (60 kg), todos en estado fresco, al interior del veh culo Placa Patente nica KLYL-10.í Ú Para arribar a la conclusi n anterior, se tuvo presente, en primer t rmino, queó é tales presupuestos f cticos constituyen un hecho pac fico cuya existencia no fueá í cuestionado por el denunciado. Tanto es as , que incluso manifest a los fiscalizadoresí ó Código: EFNGXNKZZGC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 que no contaba con la documentaci n para acreditar el origen legal de los recursos enó ese momento, pero que la har a llegar en su oportunidad.í En cuanto al documento que acompa a el denunciado, aquel no permiteñ acreditar el origen legal de los recursos, desde que no se trata m s que de un reporte deá desembarque artesanal respecto de productos que no coinciden en cantidad con aquellos que le fueron incautados al ser fiscal

Fallo

Por tanto, pide acoger la denuncia y condenar al denunciado a las siguientes sanciones: 1) Multa de 11.365 UTM a 22.73 UTM, o la suma que el Tribunal Código: EFNGXNKZZGC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 determine, respecto del total de recursos incautados. 2) Comiso de los recursos hidrobiol gicos incautados. 3) Costas de la causa.ó Con fecha 24 de noviembre de 2023 se notific v lidamente al denunciado.ó á Con fecha 20 de febrero de 2024 se celebr audiencia indagatoria, con laó asistencia del denunciado. Con fecha 22 de febrero de 2024 se recibi la causa a prueba.ó Con fecha 25 de marzo de 2024 se llev a efecto audiencia de prueba.ó Con fecha 02 de abril de 2024 se cit a las partes a o r sentencia.ó í CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, se ha interpuesto denuncia por infracci n a la Ley de Pesca yó Acuicultura, en contra de JAVIER ALBERTO ALVAREZ RIVERA, al haber cometido, a juicio del denunciante, infracciones a los art culos 63, 65 y 119 de la Ley General deí Pesca. SEGUNDO: Que, para acreditar los hechos denunciados, se rindi la siguienteó prueba documental: 1) Citaci n Notificaci n N 137879. 2) Resoluci n Exenta N 1340ó ó º ó º de 2020 que establece el procedimiento de acreditaci n de origen legal. 3) Decretoó Exento N 57 que fija Valor Sanci n 2022-2023.º ó TERCERO: Que rinde declaraci n indagatoria el denunciado, quien enó definitiva reconoce haber sido fiscalizado el d a 24 de noviembre de 2023 y no

Texto Completo (Preview)

Foja: 1 FOJA: 14 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar. de los Vilos CAUSA ROL : C-554-2023 CARATULADO : SERVICIO NACIONAL DE PESCA Y ACUICULTURA REGION DE COQUIMBO/ LVAREZÁ Los Vilos, veintid s de abril de dos mil veinticuatro.ó VISTOS: Con fecha 14 de diciembre de 2023 comparece Paulina Antonieta Gallardo Paredes, en calidad de Inspectora del SERVICIO NACIONAL D

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