ITAUCORPBANCA/HORMAZÁBAL
Rol
C-844-2021
Fecha
23 de abril de 2024
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: A folio 1, do a Olga Mariana Hidalgo Acu a, mandataria judicial, domiciliadañ ñ en Libertad 640, oficina 204, Chill n, en representaci n convencional de Itauá ó Corpbanca, sociedad an nima bancaria, representada por don Manuel Olivares Rossetti,ó factor de comercio, domiciliado en calle Rosario Norte N 660, Las Condes, regi n° ó Metropolitana, deduce demanda ejecutiva en contra de do a Ivette Margot Hormazabalñ D az, ignora profesi n u oficio, domiciliada en pasaje 2 sin n mero, departamento 9,í ó ú Poblaci n Marta, Chill n. Se ala que, su representada es due a del pagar Nó á ñ ñ é ° 214289039, por la suma de $ 1.300.000, suscrito en nombre y representaci n de laó demandada en virtud de contrato celebrado el 17 de febrero de 2021, cantidad que se oblig a pagar a la vista y a la orden del banco. ó Agrega que su parte es adem s due a del pagar N de operaci ná ñ é ° ó 5436961300407695 suscrito en nombre y representaci n de la demandada en virtud deó contrato celebrado el 17 de febrero de 2021 por la suma de $ 1.536.322 por concepto de capital, cantidad que se oblig a pagar a la vista y a la orden de Banco Itau.ó Se ala que la deudora se encuentra en mora de pagar las obligaciones referidas,ñ adeudando $ 2.836.322 m s el inter s m ximo convencional para operaciones de cr ditoá é á é de dinero en moneda nacional no reajustables que corresponda por la mora desde la fecha en que se produjo el retardo. A ade que la obligaci n consta en t tulo ejecutivo, esñ ó í l quida, actualmente exigible y no se encuentra prescrita.í Solicita tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de do a Ivette Margotñ Hormazabal D az ya individualizado, acogerla en todas sus partes y ordenar se despacheí mandamiento de ejecuci n y embargo por la suma de $ 2.836.322 m s los intereses queó á correspondan por la mora o simple retardo, y que se siga adelante la ejecuci n hasta eló entero y cumplido de lo adeudado, con costas. A folio 3 del cuaderno de apremio, se requiri de pago a la ej
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la ejecutada opuso a la ejecuci n la excepci n del N 17 deló ó ° art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil, esto es, la prescripci n de la deuda oí ó ó s lo de la acci n ejecutiva, sostiene que el plazo de prescripci n de la acci n deducidaó ó ó ó en autos es de un a o, conforme a lo dispuesto por el art culo 98 de la ley 18.092, y queñ í en este caso dicho plazo trascurri si se considera que el vencimiento de la obligaci n seó ó produjo el 17 de marzo de 2021. Solicita acoger la excepci n de prescripci n y negaró ó lugar a la ejecuci n, con costas. ó SEGUNDO: Que la ejecutante se allan a la incidencia. ó TERCERO: Que se declar admisible la excepci n opuesta, y se estimó ó ó innecesario recibir la causa a prueba. CUARTO: Que en autos el ejecutante esgrime como t tulos ejecutivos:í Pagar suscrito el 17 de febrero de 2021, N de producto 214289039 por $é ° 1.300.000 pagadero a la vista. Pagar suscrito el 17 de febrero de 2021 N de producto 5436961300407695 poré ° $ 1.536.322 pagadero a la vista. No existe controversia respecto a que los pagar s no fueron pagados. é QUINTO: Que respecto a la fecha en que se hace exigible un pagar a la vista,é este corresponde a la oportunidad en que se presenta a cobro, en tal sentido, el art culoí 49 de la ley 18.092 dispone La letra a la vista es pagadera a su presentaci n, y si no“ ó fuere pagada dentro del plazo de un a o contado desde la fecha de su giro quedar sinñ á valor a menos de ser protestada oportunamente por falta de pago.” En este caso, consta en el pagare que se liber al beneficiario de la obligaci n deó ó protesto, present ndose la demanda mediante la cual se hace efectivo el cobro el 16 deá abril de 2021. Código: CWXTXNXCYGC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 Se ha entendido que por aplicaci n del art culo 49 de la ley 18.092 la cl usulaó í á devuelta sin gastos no surte efectos en instrumentos a la vista, por tratarse de una“ ” situaci n especial en la que es la presentaci n al cobro la que genera la exigibilidad de laó ó deuda. En tal sentido se ha se alado Nosotros somos de la opini n que el protesto enñ “ ó los documentos a la vista es la forma de declararlos vencidos, pues es un modo aut nticoé de acreditar la presentaci n para el pago que no es necesaria en las otras modalidades deó vencimiento que se conocen con la sola lectura del t tulo o de su protesto por falta deí fecha de aceptaci n. En consecuencia, para nosotros el pagar a la vista caduca al igualó é que la letra si no se presenta a cobro desde el a o de su suscripci n, salvo que señ ó proteste oportunamente por falta de pago (Documentos Negociables en El Derecho” Chileno y Comparado. Juan Esteban Puga Vial. P. 495). En similar sentido la Excma. Corte Suprema ha se alado Que esta Corte hañ “ adherido a los postulados de esta ltima doctrina, que considera que el vencimiento delú pagar a la vista est determinado por su
Fallo
se resuelve: I.- Que se acoge la excepci n contemplada en el N 17 del art culo 464 deló ° í C digo de Procedimiento Civil, esto es, prescripci n de la acci n ejecutiva emanada deló ó ó pagar de autos, opuesta por do a Ivette Margot Hormazabal D az, a quien se absuelveé ñ í de la ejecuci n. ó II.- Que de conformidad a lo dispuesto por el art culo 471 del C digo deí ó Procedimiento Civil, se condena en costas al ejecutante. Reg strese, notif quese y arch vese en su oportunidad. í í í Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Chill ná , veintitr s de Abril de dos mil veinticuatro.é Código: CWXTXNXCYGC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-04-23T07:40:34-0400
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RIT« » Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Chill nº á CAUSA ROL : C-844-2021 CARATULADO : ITAUCORPBANCA/HORMAZ BALÁ Chillán, veintitr s de Abril de dos mil veinticuatro.é VISTOS: A folio 1, do a Olga Mariana Hidalgo Acu a, mandataria judicial, domiciliadañ ñ en Libertad 640, oficina 204, Chill n, en representaci n convencional de Itauá ó Corpbanca, sociedad an nima
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