2º Juzgado de Letras de Coquimbo

SERVICIO DE VIVIENDA Y URBANISMO DE COQUIMBO/

Rol

C-1570-2022

Fecha

19 de abril de 2024

Materia

EXPROPIACIÓN, RECLAMACIÓN INDEMNIZACIÓN ART.14 D.L. 2.186

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: Con fecha 28 de octubre de 2022, comparece don FELIPE ANDR SÉ MOLINA SAAVEDRA, abogado, en representaci n convencional de INVERSIONESó TOTORALILLO S.A., persona jur dica legalmente constituida, del giro de suí denominaci n, Rol nico Tributario N° 96.759.020-7; representada legalmente poró Ú don Carlos Vallette Gudenschwager, chileno, casado, ingeniero comercial, c dula deé identidad N° 8.719.118-4; y don Felipe Arriagada Subercaseaux, chileno, casado, ingeniero comercial, c dula de identidad N° 13.036.190-0, todos domiciliados paraé estos efectos en Avenida Presidente Riesco N°5.711, oficina 1.101, comuna de Las Condes, Regi n Metropolitana, quien en autos voluntarios sobre consignaci n deó ó indemnizaci n por causa de expropiaci n caratulados “INVERSIONESó ó TOTORALILLO S.A./SERVICIO DE VIVIENDA Y URBANISMO DE COQUIMBO”, causa ROL V-43-2022 de este Tribunal, viene en reclamar judicialmente del monto provisional fijado para la indemnizaci n por laó expropiaci n del inmueble denominado LOTE N°5, seg n plano expropiatorio, deó ú una superficie de 1.284,80 metros cuadrados, que recae sobre un predio mayor de 5.04 hect reas denominado LOTE E, resultante de la subdivisi n de los LOTESá ó “A” y “B”, resultantes a su vez de la subdivisi n del predio denominadoó “Totoralillo”, que su representada adquiri por compraventa, t tulo que seó í encuentra inscrito a fojas 3.039 vta. N° 1.941, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de Coquimbo, del a o 1995 y que figura con el rolí ñ de aval o N° 876-445 de la misma comuna. Sostiene que por acto expropiatorioú contenido en Resoluci n N° 780 de fecha 05 de mayo de 2022, del SERVIU,ó Regi n de Coquimbo, dictada de conformidad a lo previsto en el D.L. N°1.523 yó D.L. N°2.186, y publicada en extracto en el Diario Oficial el d a 16 de mayo deí 2022 y 01 de junio de 2022, y en el Diario El D a con fecha 01 de junio deí 2022, en cuya virtud el Servicio de Vivienda y Urbanismo de la Regi n deó Coquimbo, Instituci

Fundamentos

considerando la existencia de una garita de pago y cierres de acceso a esta rea.á Se ala que la Comisi n de Tasaci n asign los siguientes valores; la suma deñ ó ó ó 1.143,472 U.F. por el terreno y la suma de 34 U.F. por obras complementarias, alcanzando un total de 1.177,472 (mil ciento setenta y siete coma cuatrocientas setenta y dos unidades de fomento), equivalente a $37.362.051.- Sostiene que, para determinar el valor del terreno, la comisi n de peritos utiliza la metodolog a deló í valor comparativo de mercado para lo cual se obtiene una muestra de mercado conformada por cinco ventas inscritas en el Conservador de Bienes Ra ces deí Coquimbo y escrituradas entre 2016 y 2020, m s siete ofertas publicadas de lasá cuales solo se informa fecha de publicaci n sin especificar la fuente o link deó publicaci n. En relaci n a las ventas, afirma que la Comisi n indica que, al noó ó ó encontrarse compraventas recientes en el sector, se utilizaron inscripciones de cesiones de derechos, advirtiendo que dicho negocio jur dico no asegura queí efectivamente se hayan pagado valores comerciales reales de mercado, sobre todo si la cesiones han sido celebradas entre partes interesadas y/o familiares, dado que suelen tratarse de cesiones entre comuneros y no ventas comerciales a terceros, a adiendo que, como el informe de peritos no anexa las copias de inscripciones deñ dominio, no se puede dar una opini n t cnica definitiva, pero que si se observanó é los valores de transferencia informados, estos tienen un rango amplio, de 0,21 UF/m2, correspondiente a una venta del a o 2020 a 0,56 UF/m2, lo que permiteñ afirmar que la venta m s reciente no corresponde en absoluto a un valor deá Código: RRHXNGDVPB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mercado. Asimismo, alega que una de las ventas figura escriturada en el a o 2016ñ y tres de ellas en 2017, vale decir tienen una antig edad de 5 y 6 a os, tiempoü ñ suficiente para estimar importantes valores de plusval a sobre ellos, sin mencionar elí informe de peritos si los valores de venta original han sido actualizados aplicando la tasa de plusval a anual apropiada a cada per odo o bien, si solo han sidoí í actualizados a valor U.F., en este ltimo caso. En cuanto a los valores referencialesú de ofertas utilizados en el Informe, declara que de la informaci n aportada solo seó puede determinar que seis de ellas se emplazan al oriente de la Ruta 5, condici nó de emplazamiento inferior por la cual se aplica un factor de 1.5 para los predios expropiados por su mejor ubicaci n, trat ndose en definitiva de un an lisis muyó á á b sico y poco fundamentado, sin elementos de an lisis comparativo, ni ponderaci ná á ó de las distintas variables que inciden en el valor, asimismo, el ajuste final de 25% sobre el valor promedio, no se encuentra metodol gicamente fundamentado.ó En cuanto al derecho, esgrime que la Constituci n Pol tica de la Rep blica,ó í ú as como la Ley Org ni

Fallo

por tanto, sin tasar adecuadamente este perjuicio. En cuanto a las caracter sticas del lote expropiado y su valor real, exponeí que se trata de una expropiaci n parcial de 1.284,80 m2 de un predio mayor, cuyaó superficie total, de acuerdo a plano de loteo, es de 5,0363 H s., correspondiendo elá Lote N° 5 al 2,55% de la superficie total, predio de forma alargada de unos 8 m de ancho por 120,00 m de largo aproximadamente, en primera l nea de la playa deí Totoralillo, con topograf a casi plana, terreno que no incluye construcciones nií plantaciones, solo algunas obras adicionales tales como caseta de estacionamientos, cierros y letrero, y que se encuentra emplazado dentro del l mite de extensi ní ó urbana de Coquimbo, el que corresponde a un sector de potencial de desarrollo inmobiliario moderado, en el poblado de Totoralillo, siendo clasificado en la Zona ZEU7 conforme al Plan Regulador Intercomunal de Elqui, que permite uso residencial y equipamientos, con una densidad de hasta 60 Hbts/Ha, equivalente a 15 viviendas/Ha con subdivisi n predial m nima de 700 m2, condiciones que sonó í muy favorables para desarrollos inmobiliarios acotados, siendo superior a otros predios emplazados m s cerca de la Ruta 5, en sectores rurales sin potencialá urbano. Adiciona que su uso actual corresponde faja de salida de la playa, destinado a arriendo de estacionamientos. Contin a se alando que la doctrina es conteste en sostener que laú ñ indemnizaci n de perjuicios causados por la expropiaci

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FOJA: 82 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de Coquimboº CAUSA ROL : C-1570-2022 CARATULADO : SERVICIO DE VIVIENDA Y URBANISMO DE COQUIMBO/ Coquimbo, diecinueve de Abril de dos mil veinticuatro VISTO: Con fecha 28 de octubre de 2022, comparece don FELIPE ANDR SÉ MOLINA SAAVEDRA, abogado, en representaci n convencional de INVERSIONESó TOTORALILLO S.A., persona jur d

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