SERVICIOS FINANCIEROS MUNDO CREDITO SPA/BREVIS
Rol
C-13271-2023
Fecha
19 de abril de 2024
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Al folio 1, compareci Mar a Carolina Moreno Poblete, abogada, domiciliada enó í avenida Escriv de Balaguer N 13105, oficina 1005, Lo Barnechea, Regi ná ° ó Metropolitana, en representaci n de ó SERVICIOS FINANCIEROS MUNDO CR DITO SPA,É sociedad del giro de su denominaci n, representada legalmente poró Jaime Andr s Crespo Larra n y por Cesar Ulises Ortega V squez, ambos ingenierosé í á comerciales, domiciliados en calle Encomenderos N 253, Piso 3, Las Condes, Regi nº ó Metropolitana; quien dedujo demanda ejecutiva de obligaci n de dar en contra deó NICOLE ALEJANDRA BREVIS MANSILLA, ignora profesi n u oficio, domiciliadaó en calle Aurora N 8896, comuna de Pudahuel, Regi n Metropolitana.º ó Refiri , que la sociedad que representa es due a del pagar suscrito por laó ñ é demandada en favor del ejecutado el d a 26 de agosto de 2021, por la cantidad deí $8.523.231.- por concepto de capital, pagadero en las cuotas y con los vencimientos y por los montos descritos en el citado instrumento. Hizo una breve menci n a los intereses asociados, para indicar que se pact queó ó en caso de mora o simple retardo en el pago de las cuotas y de los intereses que correspondiesen dar a lugar a que se devenguen por la mora o retardo el inter s m ximoí é á convencional para operaciones de cr dito en dinero en moneda nacional reajustables.é Denunci , que la parte deudora no ha dado cumplimiento a sus obligacionesó derivadas de la suscripci n del pagar desde la cuota N 19, con vencimiento en el mesó é º de 15 de abril de 2023; por lo que s lo por concepto de capital insoluto, adeuda laó cantidad de $6.827.098.- debi ndose incluir los intereses y costas.é Agreg , que consta del pagar que la firma del suscriptor fue autorizada poró é Notario P blico, por lo que tiene m rito ejecutivo de acuerdo con lo dispuesto en elú é art culo 434 del C digo de Procedimiento Civil, y que para todos los efectos legalesí ó judiciales y de eventual protesto, el suscriptor se al domicilio en Santiago, som
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, Servicio Financieros Mundo Cr dito SpA, solicit y obtuvoé ó que se despachara mandamiento de ejecuci n y embargo por el monto de $6.827.098.-,ó en contra de Nicole Alejandra Brevis Mansilla, en virtud del pagar acompa ado en elé ñ expediente. SEGUNDO: Que, para acreditar sus excepciones la ejecutada no rindi pruebaó alguna. TERCERO: Que, a su turno el ejecutante acompa a los anexos del folio 1 yñó 19 la siguiente instrumental: 1.) Tabla de desarrollo de deuda N de operaci n 1177786.º ó 2.) Certificado de Inscripci n y Anotaciones Vigentes correspondientes al veh culoó í placa patente nica: RFYV.54-0.ú 3.) Copia de escritura p blica Repertorio: N 41.299-2022, de fecha 23 deú º septiembre de 2022. 4.) Declaraci n y Pago de Impuesto de Timbres y Estampillas de fecha 30 deó septiembre de 2021. CUARTO: Que, la primera excepci n opuesta corresponde a ó La falta de“ capacidad del demandante o de personer a o representaci n legal del que comparezcaí ó en su nombre”, contenida en el N 2, del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil,º í ó se funda en que la abogada que comparece por el ejecutante carece de patrocinio y poder en la causa, de modo que correspond a aplicar la sanci n que previene la Leyí ó 18.120. Agrega la emplazada que reconoce la escritura p blica donde se se ala que se leú ñ confiere mandato judicial, pero impugna que no consta en el proceso que se le haya conferido patrocinio ni que le hayan ofrecido el encargo de patrocinio por la causa en concreto. QUINTO: Que, el acreedor evacuando el traslado indica que consta por escritura p blica ante la Notaria de don lvaro David Gonz lez Salinas, en su parteú Á á Código: QCMXNDDVPB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl final la personer a de Jaime Andr s Crespo Larra n y C sar Ortega V squez paraí é í é á representar a Servicios Financieros Mundo Cr dito SpA., y que en tal sentido elé mandato otorgado se encuentra plenamente vigente, careciendo en definitiva de fundamento la excepci n.ó SEXTO: Que, la excepci n consistente en la falta de capacidad del demandante,ó o de personer a o representaci n legal del que comparece a su nombre, dice relaci ní ó ó primero con el actor y, en segundo t rmino, con su representante. En lo que respecta alé actor, ello se refiere a la capacidad procesal, es decir, a la aptitud legal para intervenir ante tribunales de justicia. En cuanto al representante, podemos observar dos situaciones distintas, correspondientes a la del representante legal y a la del procurador o mandatario judicial, las que responden a una sola instituci n jur dica, la personer a.ó í í En la especie, la abogada Mar a Carolina Moreno Poblete comparece a nombreí del ejecutante, en virtud de escritura p blica de fecha 23 de septiembre de 2022,ú agregada a los autos al folio 1 - la que no habiendo sido objetada de contario se considera como instrumento p blico en juicio, en conformidad con lo dis
Fallo
se declararon admisibles las excepciones y se recibi la causa aó prueba por el t rmino legal.é Al folio 22, se cit a las partes para o r sentencia.ó í CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, Servicio Financieros Mundo Cr dito SpA, solicit y obtuvoé ó que se despachara mandamiento de ejecuci n y embargo por el monto de $6.827.098.-,ó en contra de Nicole Alejandra Brevis Mansilla, en virtud del pagar acompa ado en elé ñ expediente. SEGUNDO: Que, para acreditar sus excepciones la ejecutada no rindi pruebaó alguna. TERCERO: Que, a su turno el ejecutante acompa a los anexos del folio 1 yñó 19 la siguiente instrumental: 1.) Tabla de desarrollo de deuda N de operaci n 1177786.º ó 2.) Certificado de Inscripci n y Anotaciones Vigentes correspondientes al veh culoó í placa patente nica: RFYV.54-0.ú 3.) Copia de escritura p blica Repertorio: N 41.299-2022, de fecha 23 deú º septiembre de 2022. 4.) Declaraci n y Pago de Impuesto de Timbres y Estampillas de fecha 30 deó septiembre de 2021. CUARTO: Que, la primera excepci n opuesta corresponde a ó La falta de“ capacidad del demandante o de personer a o representaci n legal del que comparezcaí ó en su nombre”, contenida en el N 2, del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil,º í ó se funda en que la abogada que comparece por el ejecutante carece de patrocinio y poder en la causa, de modo que correspond a aplicar la sanci n que previene la Leyí ó 18.120. Agrega la emplazada que reconoce la escritura p blica donde se se ala que se leú ñ confie
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FOJA: 16 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 20 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-13271-2023 CARATULADO : SERVICIOS FINANCIEROS MUNDO CREDITO SPA/BREVIS Santiago, diecinueve de Abril de dos mil veinticuatro VISTOS: Al folio 1, compareci Mar a Carolina Moreno Poblete, abogada, domiciliada enó í avenida Escriv de Balaguer N 13105, oficina 1005, Lo Barnechea, Regi ná ° ó Metropolit
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