BANCO SANTANDER- CHILE/ABELL
Rol
C-1012-2023
Fecha
19 de abril de 2024
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
Visto: A folios 1, 7, 10 y 11 compareci Andr s Silva Charpentier, abogado,ó é mandatario judicial y en representaci n convencional del ó Banco Santander - Chile, sociedad an nima bancaria, representada legalmente por su gerenteó general, Miguel Mata Huerta, ingeniero industrial, estos ltimosú domiciliados en Bandera N 140, comuna y ciudad de Santiago, quien° interpuso demanda ejecutiva de cobro de pagar en contra de é Carlos Enrique Abell Sofia, ignora profesi n u oficio, domiciliado en (i) Avenidaó Zapadores N 0710, comuna de Recoleta, y en (ii) camino La Rda. N 2.049,º º comuna de Lo Barnechea, ambos de esta ciudad. A folio 12 se tuvo por interpuesta la demanda, despach ndoseá mandamiento de ejecuci n y embargo.ó A folio 27 compareci el ejecutado, notific ndose personalmente yó á requiri ndose de pago. é Asimismo en dicha presentaci n opusieron a la ejecuci n laó ó excepci n del numeral 17 del art culo 464 del C digo de Procedimientoó ° í ó Civil, esto es, la prescripci n de la deuda o s lo de la acci n ejecutiva.ó ó ó A folio 31 se tuvo por opuesta la referida excepci n, confiri ndoseó é traslado de ella al ejecutante. A folio 33 compareci el ejecutante evacuando el traslado que le fueseó conferido, allan ndose parcialmente a la excepci n respecto del pagará ó é Operaci n N 420021457875 y solicitando el rechazo en todo lo dem s, conó ° á Código: NCEKXNXTXXB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1012-2023 Foja: 1 costas, en virtud de los argumentos contenidos en su presentaci n, los cualesó se tienen por reproducidos. A folio 36 se tuvo por evacuado el traslado de la parte ejecutante. Acto seguido se declar admisible la excepci n opuesta, recibiendo laó ó causa a prueba por el tiempo legal correspondiente, fij ndose con ello elá hecho substancial, pertinente y controvertido sobre el cual debi recaer;ó resoluci n interlocutoria de prueba que consta notificada a las partes a foliosó 38 y 39. A fo
Fundamentos
Considerando: Primero: Que compareci Andr s Silva Charpentier, abogado,ó é mandatario judicial y en representaci n convencional del ó Banco Santander - Chile, quien interpuso demanda ejecutiva de cobro de pagar en contraé de Carlos Enrique Abell Sofia, todos ya individualizados, solicitando se despache mandamiento de ejecuci n y embargo por la cantidad deó 10.757,9838 unidades de fomento, en su equivalente en pesos al d a delí pago efectivo, que a modo meramente ejemplar al 17 de enero de 2023 equivalen a la suma de $379.109.090.- y m s la suma en pesos de $á $624.280.000.- todo m s los intereses pactados y penales seg n liquidaci ná ú ó que deber practicarse en la oportunidad procesal correspondiente;á ordenando se siga adelante con esta ejecuci n hasta hacer a su representadoó entero y cumplido pago de lo adeudado, con costas. Expuso que el ejecutado adeuda a su mandante los siguientes pagar s:é 1.- Pagar 420021391807é suscrito con fecha 31 de enero de 2022, por la suma de $150.000.000.- por concepto de capital, pagadero el d a 25í de julio de 2022. El capital adeudado devengar a una tasa de inter s del 0,83%í é mensual, vencido calculado en base a meses de 30 d as y por el n mero deí ú d as efectivamente trascurridos, el que regir a contar de la fecha deí á suscripci n del pagare y por todo el plazo de la obligaci n.ó ó Se estipul asimismo que en caso de mora o simple retardo en pagoó de una cualquiera de las cuotas del referido pagar , el capital adeudadoé Código: NCEKXNXTXXB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1012-2023 Foja: 1 devengar desde el momento de la mora o simple retardo y hasta la fechaá de su integra restituci n o pago efectivo, intereses moratorios calculadosó seg n la tasa m xima convencional vigente al d a de la mora o simpleú á í retardo. De conformidad a lo dispuesto en el art culo 16 de la Ley 18092 ení relaci n al art culo 107 del mismo cuerpo legal, con fecha 31 de agosto deó í 2022, se altera el texto del pagar anteriormente singularizado, indicandoé que el saldo adeudado a esta fecha misma fecha ser a pagadoí conjuntamente con los intereses devengados en una nica cuota deú $155.355.000.- con vencimiento el 29 de noviembre de 2022. Es del caso que presentado a cobro el documento, el deudor no pagó el monto adeudado, raz n por la cual y de acuerdo a lo pactado, medianteó la demanda el acreedor hace exigible el monto adeudado, que asciende a la suma de $155.355.000.- m s los intereses penales descritos hasta la fecha delá pago efectivo. 2.- Pagar 420021397201é suscrito con fecha 3 de febrero de 2022, por la suma de $100.000.000.- por concepto de capital, pagadero el d a 2í de agosto de 2022. El capital adeudado devengar a una tasa de inter s del 0,86%í é mensual, vencido calculado en base a meses de 30 d as y por el n mero deí ú d as efectivamente trascurridos, el que regir a contar de la fecha deí á suscripci n del pagar y por todo el plazo de la ob
Fallo
se declara: I.- Que se acoge parcialmente la excepci n de prescripci n de laó ó deuda o s lo la acci n ejecutiva opuesta por la parte ejecutada, nicamenteó ó ú en relaci n a los pagar s ó é n meros 420021391807; 420021404119 yú 420021397201, ordenando alzarse la ejecuci n nicamente respecto deó ú aquellos, debiendo seguirse adelante en relaci n con los 3 pagar só é restantes hasta hacerse pago ntegro de la acreencia al ejecutante. í Código: NCEKXNXTXXB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1012-2023 Foja: 1 II.- Que cada parte pagar sus costas.á Reg strese, notif quese y, en su oportunidad, arch vese.í í í Dictada por Alberto lamos Valenzuela, Juez Suplente.Á Autoriza Margarita Bravo Narv ez, Secretaria Subrogante.á Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, diecinueve de Abril de dos mil veinticuatro. Código: NCEKXNXTXXB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-04-19T13:30:00-0400
Texto Completo (Preview)
C-1012-2023 Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 23 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-1012-2023 CARATULADO : BANCO SANTANDER- CHILE/ABELL Santiago, diecinueve de Abril de dos mil veinticuatro. Visto: A folios 1, 7, 10 y 11 compareci Andr s Silva Charpentier, abogado,ó é mandatario judicial y en representaci n convencional del ó Banco Santander - Chile, sociedad an nima bancari
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