MUÑOZ/GUTIÉRREZ
Rol
C-451-2024
Fecha
19 de abril de 2024
Materia
ARRENDAM.TERMINACIÓN INMEDIATA POR NO PAGO RENTAS O RECONVEN
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: En el folio N 1, comparece don Javier Andr s Mu oz Salinas,° é ñ abogado, en representaci n convencional de do a Rosa Blanca Barbagelataó ñ Canessa, rentista, quien deduce demanda de t rmino de contrato deé arrendamiento por no pago de rentas, en subsidio desahucio, en contra de do a Jimena Edith Guti rrez lvarez, comerciante.ñ é Á En el folio N 4, se notifica la demanda a la demandada. ° En el folio N 9, se efect a la segunda reconvenci n de pago y consta° ú ó que la demandada, no contesta la demanda. Se lleva a efecto la audiencia de conciliaci n, sin que se produzca un acuerdo, atendida la rebeld a de laó í demandada, y se recibe la causa a prueba, rindi ndose la que consta ené autos. Luego, se cita a las partes a o r sentencia.í
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en el folio N 1, comparece don Javier Andr s° é Mu oz Salinas, abogado, domiciliado en Avenida Libertad 919, oficina 81,ñ Vi a del Mar, en representaci n convencional de do a Rosa Blancañ ó ñ Barbagelata Canessa, rentista, domiciliada en calle Mallorca N 1562, Vi a° ñ del Mar Alto, comuna de Vi a del Mar, quien deduce demanda de t rminoñ é de contrato de arrendamiento por no pago de rentas, en subsidio desahucio, en contra de do a Jimena Edith Guti rrez lvarez, comerciante,ñ é Á domiciliada en el inmueble ubicado en calle Rodr guez N 638, comuna deí ° Valpara so, y en calle Rodr guez 755, Valpara so.í í í Se ala que, del contrato de arriendo, consta que, con fecha 15 deñ enero de 2020, do a Rosa Blanca Barbagelatta Canessa, entreg enñ ó arrendamiento a do a Jimena Edith Guti rrez lvarez, el inmueble ubicadoñ é Á en calle Rodr guez N 638, comuna de Valpara so, que le sirve igualmenteí ° í de domicilio. El contrato comenz a regir el d a 15 de enero del 2020 y se pactó í ó como de duraci n indefinida.ó La renta mensual pactada ascendi en aquella fecha a la suma deó $400.000 (cuatrocientos mil pesos) hasta el mes de diciembre de 2020. A partir de enero del 2021, la renta mensual ascender a a $450.000í (cuatrocientos cincuenta mil pesos), la que deb a ser pagadaí anticipadamente, dentro de los primeros 15 d as de cada mes.í Las partes pactaron un reajuste de la renta anual equivalente a la variaci n positiva que experimentare el ndice de precios al consumidor, queó í se aplicar a cada 01 de enero de cada a o; pero, dado el reajusteí ñ convencional a partir de enero de 2021, el reajuste conforme al IPC comenzar a a aplicarse el 01 de enero de 2022. De ese modo, la rentaí Código: PPXCXNRXQXB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mensual actual, debidamente reajustada, asciende hoy a la suma de $504.000 (quinientos cuatro mil pesos). Conforme al contrato, son de cargo de la arrendataria las cuentas de servicios de energ a el ctrica, agua potable, gas, extracci n de basuras, yí é ó cualquier otro gasto que correspondiere a la propiedad. Es del caso que la arrendataria dej de pagar las rentas deó arrendamiento ya desde el mes de septiembre del a o 2023. De modo queñ la fecha adeuda rentas por los meses de octubre de 2023 a febrero de 2024. Pese los reiterados intentos de cobro y requerimientos que se le han hecho por parte de su representada, la demandada se han negado sistem ticamenteá a ello. De este modo, a la fecha de presentaci n de la demanda laó arrendataria adeuda las siguientes rentas por la suma de $2.520.000 (dos millones quinientos veinte mil pesos). Lo anterior, sin perjuicio de las multas pactadas en el contrato, como asimismo los reajustes, convencionales y legales, cuyo pago igualmente demando. La arrendataria adeuda adem s los servicios domiciliarios porá concepto de luz o electricidad, gas, agua y gastos comunes, cuyo monto ofrece acreditar en
Fallo
fallo cause ejecutoria o quede ejecutoriada; y, se condene en costas a la demandada. En subsidio de la demanda principal y para el evento que la demandada enervare por cualquier causa o motivo dicha acci n, enó representaci n de do a Rosa Blanca Barbagelata Canessa, viene desde yaó ñ Código: PPXCXNRXQXB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl en demandar a do a Jimena Edith Guti rrez lvarez, en juicio deñ é Á desahucio del contrato de arrendamiento ya aludido en la demanda principal, puesto que su representada no desea perseverar en dicho contrato. Sin perjuicio de que para la procedencia de la acci n subsidiara no seó requiere invocar motivo plausible, se ala el reiterado incumplimiento comoñ causa legal, sustentado en los mismos hechos ya rese ados en lo principal,ñ los cuales pide se tengan por reproducidos. Por cierto, sin perjuicio de que debe pagar las rentas de arrendamiento que se hayan devengado y se devengaren durante el curso del juicio, como asimismo las deudas por gastos de servicio que se han detallado en o principal y aquellas que se devenguen durante el juicio y hasta la restituci n completa del inmueble por tales conceptos;ó Pide tener por interpuesta demanda subsidiaria de desahucio del contrato de arrendamiento en contra de la arrendataria, do a Jimena Edithñ Guti rrez lvarez, ya individualizada; y, en definitiva acoger la demandaé Á subsidiaria en todas sus partes, declarando que la demandada
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NOMENCLATURA : 1. [40] Sentencia. JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Valpara so.º í CAUSA ROL : C-451-2024. CARATULADO : MU OZ/GUTI RREZ.Ñ É MATERIA : T RMINO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO. É Valpara so, diecinueve de abril de dos mil veinticuatro.í VISTO: En el folio N 1, comparece don Javier Andr s Mu oz Salinas,° é ñ abogado, en representaci n convencional de do a Rosa Blanca Barbagelataó ñ Canessa, r
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