CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO/
Rol
V-284-2021
Fecha
19 de abril de 2024
Materia
EXPROPIACIÓN, CONSIGNACIÓN MONTO PROVISORIO ART.17 D.L.2186
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Con fecha 15 de octubre de 2021 comparece don Álvaro Gastón Sáez Willer, Abogado Procurador Fiscal de Temuco, del Consejo de Defensa del Estado, por el Fisco de Chile, domiciliado en Arturo Prat 847, of. 202, comuna de Temuco, Región de la Araucanía, quien solicita tener por consignada la suma de $3.363.861.- para el Lote Nº 1, de $287.264.- para el Lote Nº 2, de $293.864.- para el Lote Nº3 y de $619.072.- para el Lote Nº 4, correspondiente al monto de la indemnización provisional por la expropiación del inmueble singularizado en su presentación, efectuada a nombre del expropiado, en base a los argumentos de hecho y de derecho que expone en su presentación, al siguiente tenor: Por Decreto Supremo Exento del Ministerio de Obras Públicas Nº 655, de 23 de agosto de 2021, publicado en el Diario Oficial y en el Diario Austral de Temuco el 01 de octubre de 2021, el Fisco decretó la expropiación para sí de los lotes de terreno Nº 1, Nº 2, Nº 3 y Nº 4, con una superficie de 703, 22, 75 y 158 metros cuadrados, respectivamente, necesarios para la ejecución de la obra MEJORAMIENTO CBI IMPERIAL CARAHUE POR EL BAJO, que se encuentran ubicados en la Comuna de Nueva Imperial y que se individualizan en los planos y cuadro de expropiaciones, elaborados por la Dirección Vialidad, que se aprueban en lo que respecta a dichos lotes mediante el presente Decreto, teniendo el inmueble el rol de avalúo 603-298 de la comuna de Nueva Imperial, siendo de acuerdo a éste su aparente propietario NANCO COLLIO SEGUNDO. En conformidad a lo dispuesto en el art. 4º del Decreto Ley 2186 de 1978, por Resolución Expropiaciones Fiscalía (Exenta) Nº 180, de 23 de marzo de 2021, cuya fotocopia autorizada se acompaña, se designó la Comisión de Peritos encargada de tasar los lotes de terreno expropiados que, según consta de los informes respectivos de fecha 30 de abril de 2021 que se acompañan, fijó el monto provisional de la indemnización en la suma de $3.262.400.- para el Lote Nº 1, de $278.600.- pa
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 15 de octubre de 2021 comparece don Álvaro Gastón Sáez Willer, Abogado Procurador Fiscal de Temuco, del Consejo de Defensa del Estado, por el Fisco de Chile, domiciliado en Arturo Prat 847, of. 202, comuna de Temuco, Región de la Araucanía, quien solicita tener por consignada la suma de $3.363.861.- para el Lote Nº 1, de $287.264.- para el Lote Nº 2, de $293.864.- para el Lote Nº3 y de $619.072.- para el Lote Nº 4, correspondiente al monto de la indemnización provisional por la expropiación del inmueble singularizado en su presentación, efectuada a nombre del expropiado, de acuerdo a los antecedentes de hecho y de derecho que expone en su presentación. SEGUNDO : Con fecha 21 de noviembre de 2022, a folio 13, Diego Andrés Retamal Boysen, apoderado por la parte solicitante; en autos de Expropiación. Se hizo parte en proceso y pide que se gire cheque a nombre de SEGUNDO ÑANCO COLLIO, el que se encuentra debidamente facultado al efecto por todos los propietarios del inmueble por la suma de $ 4.564.061, en virtud del mandato por escritura pública otorgado al efecto , correspondiente a la indicada indemnización. A su vez acompaño los siguientes documentos: 5. Copia de inscripción con certificación de vigencia de fojas 2765, Número 2566 del Registro de Propiedad del año 2021 del Conservador de Bienes Raíces de Nueva Imperial, correspondiente al inmueble expropiado. 6. Certificado de hipotecas y gravámenes del inmueble inscrito a fojas 2765, Nº2566, del Registro de Propiedad del Conservador de bienes raíces de Nueva Imperial, año 2021. 7. Certificado de avaluó fiscal del Rol N°: 00603 − 00298 de la comuna de Nueva Imperial, emitido por el Servicio Impuesto Internos. Código: JDXXNKYTKB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 8. Mandato judicial, firmado por Notario público Titular de Nueva Imperial Gonzalo Nicolás Garay Burnás, en la que explícitamente se señala que el cheque por concepto de pago del precio o indemnización sea girado a nombre de SEGUNDO ÑANCO COLLIO. TERCERO : Que, teniendo presente lo expuesto en los motivos previos y en mérito de la copia autorizada de inscripción de dominio con certificación de vigencia; certificado de hipoteca, gravámenes, interdicciones y prohibiciones de enajenar con certificación de vigencia; certificado de avalúo fiscal del inmueble expropiado; certificado de deuda fiscal emitido por la Tesorería General de La República; certificación del hecho de no haber comparecido terceros haciendo valer sus derechos; las publicaciones legales y oficios remitidos por el Conservador de Bienes Raíces y las Notarías Públicas respectivas, se acogerá la petición formulada por la solicitante, según se dirá en lo dispositivo del fallo. Y visto además lo dispuesto en los artículos 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil y Decreto Ley 2.186, Ley Orgánica de Procedimiento de Expropiaciones,
Fallo
Por tanto; Ruego a US.: tener por consignada la suma de $3.363.861.- para el Lote Nº 1, de $287.264.- para el Lote Nº 2, de $293.864.- para el Lote Nº3 y de Código: JDXXNKYTKB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl $619.072.- para el Lote Nº 4, correspondiente al monto de la indemnización provisional por la expropiación del inmueble citado, con sus respectivos reajustes, efectuada a nombre del expropiado. Que, junto con la presentación de folio 1, el expropiante acompañó los siguientes documentos: 1) Decreto Supremo Exento mediante el cual se dispuso la expropiación de autos. 2) Resolución Expropiaciones Fiscalía (Exenta) mediante la cual se designó la comisión de peritos encargada de tasar el inmueble. 3) Informe de tasación del inmueble. 4) Copia de la publicación, efectuada en el Diario Oficial, del Decreto Expropiatorio. Con 27 de octubre de 2021, folio 4, la parte expropiante acompañó comprobantes de depósitos judicial N°5000774089, por la suma de $619.072.-, N° 5000774091 por la suma de $ 287.264.-, N° 5000774090 por la suma 3.363.861.- y N°5000774088 por la suma $293864.-, efectuados en la cuenta corriente del tribunal. Con fecha 21 de noviembre de 2022, a folio 13, Diego Andrés Retamal Boysen, apoderado por la parte solicitante; en autos de Expropiación. Se hizo parte en proceso y pide que se gire cheque a nombre de SEGUNDO ÑANCO COLLIO, el que se encuentra debidamente facultado al efecto por todos l
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Temucoº CAUSA ROL : V-284-2021 CARATULADO : CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO/ Temuco, diecinueve de Abril de dos mil veinticuatro VISTOS Con fecha 15 de octubre de 2021 comparece don Álvaro Gastón Sáez Willer, Abogado Procurador Fiscal de Temuco, del Consejo de Defensa del Estado, por el Fisco de Chile, domiciliado en Arturo Prat 847, of. 2
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