CABRERA/ZAÑARTU RENT A CAR Y SERVICIOS SPA
Rol
O-139-2024
Fecha
17 de junio de 2024
Materia
Bonos, Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Gratificaciones legales, Indemnización por años de servicios, Multa, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Recargos, Remuneraciones, Sueldo
Resultado
No especificado
Hechos
vistos los artículos 1, 3, 7, 63, 73, 420, 446 y siguientes, 453, 454, 456, 457, todos del código del trabajo y demás normas legales pertinentes, se resuelve: I. Que se acoge la demanda de cobro de prestaciones solo en cuanto se condena a la demandada a pagar feriado por $2.752.380.- II. Se rechaza en todo lo restante la demanda. III. No se condena a la parte demandante en costas únicamente por no haber sido completamente vencida. IV. Una vez firme y ejecutoriada la presente sentencia remítanse los antecedentes al Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional, en las formas y tiempos señalados en el artículo 462 del Código del Trabajo. Téngase a la parte demandada por notificadas de la presente sentencia y de las resoluciones precedentemente dictadas y a la parte demandante en rebeldía. Dirigió y Dictó don VICTOR MANUEL RIFFO ORELLANA, Juez Titular del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, diecisiete de junio de dos mil veinticuatro.-
Fundamentos
Fundamentos íntegros en el registro de audio. La parte demandante NO incorporó medios de prueba dada su incomparecencia. Medios de Prueba: La parte demandada incorporó los siguientes medios de prueba: Documental: 1) Certificado de pago de cotizaciones previsionales y de salud, emitido por Previred, que da cuenta del pago de las cotizaciones del demandante desde el año 2009 a Julio de 2023 2) Liquidación de remuneraciones del actor por todo el periodo trabajado. 3) Copia de comprobante de feriado legal del actor. El Tribunal tiene por incorporada la prueba documental de la parte demandada y decreta su custodia. Testimonial: La parte demandada se desiste de su prueba testimonial. Sentencia Conforme a lo dispuesto en el acta 71-2016. Artículo 62 de la Excelentísima Corte Suprema y lo acordado en acta de Comité de Jueces N° 77-2016, la sentencia que es pronunciada en la audiencia, corresponde la transcripción únicamente de su parte resolutiva y la debida individualización de las partes. y vistos los artículos 1, 3, 7, 63, 73, 420, 446 y siguientes, 453, 454, 456, 457, todos del código del trabajo y demás normas legales pertinentes,
Fallo
se resuelve: I. Que se acoge la demanda de cobro de prestaciones solo en cuanto se condena a la demandada a pagar feriado por $2.752.380.- II. Se rechaza en todo lo restante la demanda. III. No se condena a la parte demandante en costas únicamente por no haber sido completamente vencida. IV. Una vez firme y ejecutoriada la presente sentencia remítanse los antecedentes al Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional, en las formas y tiempos señalados en el artículo 462 del Código del Trabajo. Téngase a la parte demandada por notificadas de la presente sentencia y de las resoluciones precedentemente dictadas y a la parte demandante en rebeldía. Dirigió y Dictó don VICTOR MANUEL RIFFO ORELLANA, Juez Titular del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, diecisiete de junio de dos mil veinticuatro.-
Texto Completo (Preview)
ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 17 DE JUNIO DE 2024 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 12 RUC 24-4-0540564-0 RIT O-139-2024 MAGISTRADO VICTOR MANUEL RIFFO ORELLANA ADMINISTRATIVO DE ACTAS MIGUEL QUINTANILLA CASTAÑEDA HORA DE INICIO 11.31 HORAS HORA DE TÉRMINO 11.49 HORAS N° REGISTRO DE AUDIO 2440540564-0-1349-240617-00
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