Juzgado de Letras del Trabajo de Talca

URIBE/EMPRESA CONTRATISTA OBRAS MENORES EN CONSTRUCCIÓN ALEJANDRO JOSÉ FUENTES MOREAL EIRL.

Rol

M-269-2024

Fecha

17 de junio de 2024

Materia

Despido injustificado, Remuneraciones

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS DE LA DEMANDA Contestación Constructora Malpo Spa Observaciones No hay contestación de Empresa Contratista Obras Menores En Construcción Alejandro José Fuentes Moreal Eirl. CONCILIACION PARCIAL RESPECTO DE CONSTRUCTORA MALPO SPA El tribunal efectúa el llamado a conciliación, ésta se produce. Observaciones · Tribunal propone conciliación parcial respecto de Constructora Malpo SpA · Las partes presentes aceptan. · Se adjunta el acta respectiva, la cual es firmada sólo por el Juez de la causa. · No comparece la demandada Empresa Contratista Obras Menores En Construcción Alejandro José Fuentes Moreal Eirl, continuando la audiencia a su respecto. ACTA CONCILIACION PARCIAL Talca, diecisiete de junio de dos mil veinticuatro. En causa RIT N° M-269-2024; RUC N° 24- 4-0572504-1, sobre la acción de calificación de despido y cobro de prestaciones, caratulada "Uribe/ Constructora Malpo SpA.”, en la Audiencia unica llevada a efecto con esta fecha, celebrada con la asistencia del demandante don David Alexander Uribe Garrido, cédula de identidad N° 17.497.558-2, asistido por su abogada y apoderada doña Teresa Janet Poblete Troncoso, cédula de identidad N° 11.675.116-K y con la parte demandada Constructora Malpo SpA Rut N° 79.540.520-8, representada por su abogado y apoderado don Vladimir Alejandro Lozano Donaire, Cédula de identidad N°10.606.802-K, propuestas las bases de acuerdo por el Juez que la presidió don Jaime Alvaro Cruces Neira, para arribar a una conciliación, las partes convienen en la misma en los siguientes términos: 1. El Tribunal da cuenta, entonces, que las partes presentes de esta audiencia han arribado a una conciliación parcial, por cierto, en que la parte demandada Constructora Malpo SpA. solo con el objetivo de poner término a este juicio, y los argumentos de la parte demandante, pagará al actor la suma única de $200.000.-, la que será pagada a más tardar el día, el lunes 24 de junio del año curso, mediante depósito o transferencia bancaria directam

Fundamentos

fundamentos en audio. Ténganse por notificadas a las partes de todas las resoluciones dictadas en la presente audiencia SENTENCIA. PROCEDIMIENTO: MONITORIO MATERIA: CALIFICACION DE DESPIDO Y COBRO DE PRESTACIONES DEMANDANTE: DAVID ALEXANDER URIBE GARRIDO DEMANDADO: EMPRESA CONTRATISTA OBRAS MENORES EN CONSTRUCCIÓN ALEJANDRO JOSÉ FUENTES MOREAL EIRL. RIT N° M-269-2024 RUC N° 24- 4-0572504-1 Talca, a diecisiete de junio de dos mil veinticuatro. VISTO. Individualización completa de las partes litigantes. Que son partes en este juicio laboral RUC 24- 4-0572504-1; RIT N° M-269-2024; del Juzgado de Letras del Trabajo de Talca, en Monitorio, como demandante David Alexander Uribe Garrido, cédula de identidad N° 17.497.558-2, trabajador de la construcción, domiciliado para estos efectos en Calle 28 ½ sur con 23 ½ poniente 0888 Talca, representado por la abogada doña Teresa Janet Poblete Troncoso de la Oficina de Defensa Laboral de la Corporación de Asistencia Judicial de la Región Metropolitana y como demandado Empresa Contratista Obras Menores En Construcción Alejandro José Fuentes Moreal EIRL., RUT N° 77.823.461-0, de quien se ignora su giro, representada legalmente por don Alejandro Fuentes Monreal, domiciliados en Calle 14 sur con 13 oriente N°191 de Talca quien habiendo sido legalmente citado y notificado de esta audiencia, no compareció. Por todas estas consideraciones, normas legales ya citadas y lo dispuesto en los artículos 415, 420, 425, 432, 446, 452, 453, 454, 500 y 501 del Código de Trabajo, se acoge en todas sus partes la demanda deducida por don David Alexander Uribe Garrido en contra de Empresas Contratistas Obras Menores En Construcción Alejandro José Fuentes Monreal EIRL, ambas ya individualizadas, declarándose en consecuencia: I. Que el actor prestó servicios en virtud de un contrato de trabajo para la demandada ya individualizada, entre el 8 y el 21 de febrero del año 2024 y que la remuneración del actor ascendía al pacto de remuneración mensual de $800.000.- II. Que el actor fue despedido de manera injustificada y sin invocar causal legal, razón por la cual la parte demandada ya individualizada deberá pagarle a título de indemnización sustitutiva del aviso previo la suma de $800.000.-. III. Que la parte demandada deberá pagar también al actor la suma de $400.000.- pesos por concepto de remuneraciones adeudadas y no pagadas. IV. Que las sumas anteriormente señaladas deberán ser pagadas debidamente reajustadas y con los intereses que se refieren a los artículos 173 y 63 del Código del Trabajo. V. Que además la parte demandada queda condenada a pagar las costas de la causa regulándose desde ya las personales en la suma de $120.000.-. Todas las partes quedan debidamente notificadas de lo resuelto en esta audiencia y desde esta fecha comienzo a correr el plazo legal para impugnar la presente sentencia. Regístrese y notifíquese. RIT N° M-269-2024 RUC N° 24- 4-0572504-1 Dirigió la audiencia don Jaime Cruces Neira, Juez Titular del

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ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA Talca, diecisiete de junio de dos mil veinticuatro RUC 24-4-0572504-1 RIT M-269-2024 MAGISTRADO Juan Marcelo Bruna Parada ACTA Marcela García R. HORA DE INICIO 10.32 horas HORA DE TERMINO 10.51 horas SALA 1 Nº REGISTRO DE AUDIO 2440572504-1-1341 PARTE DEMANDANTE presente David Alexander Uribe Gar

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