1º Juzgado de Letras de Talca

UNIVERSIDAD DE CHILE (FACULTAD DE CIENCIAS FÍSICAS Y MATEMÁTICAS)/APABLAZA

Rol

C-2169-2022

Fecha

18 de abril de 2024

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: A Folio 1, con fecha 21 de diciembre de 2022, se presenta Eileen Guti rrezé Espinoza, abogado, en representaci n convencional de la Universidad de Chile,ó representada por do a Mar a Rojas Castillo, m dico cirujano, ambos domiciliados enñ í é calle Santos Dumont 999, comuna de Independencia, deduciendo demanda ejecutiva en contra de don Amado ngel Apablaza Torres, ignora profesi n u oficio, domiciliado enÁ ó 12 oriente 15 y 16 norte 2668, Talca, por la deuda de que da cuenta el pagar Né ° 508045636, suscrito el 30 de junio de 2021, por la suma de $2.646.485. Indica que el deudor se oblig a pagar en una cuota la cantidad se alada, conó ñ vencimiento el 1 de septiembre de 2022; se estipul que se devengar a un inter só í é m ximo convencional para operaciones de cr dito que la ley permite estipular desde laá é fecha de mora y hasta el pago efectivo pertinente. Afirma el actor que dicho instrumento no fue pagado a su vencimiento, siendo oportunamente protestado por falta de pago el d a 1 de septiembre de 2022 en la notar aí í de Santiago de don Octavio Guti rrez L pez, origin ndose derechos y gastos por $3.000.é ó á Finaliza mencionando que la firma del suscriptor se encuentra autorizada por notario, que la obligaci n es l quida, actualmente exigible y su acci n no se encontrar aó í ó í prescrita. Por ello, solicita se despache mandamiento de ejecuci n y embargo en contra deló demandado, por la suma de $2.646.485, m s los derechos de protesto e intereses, coná costas. Al Folio 7, con fecha 26 de enero de 2023, el abogado Paolo Rossi Barros, en representaci n del demandado, se opuso a la ejecuci n a trav s de ó ó é la excepci nó contemplada en el numeral 9 del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civilí ó . Indica que la contraria habr a omitido que el pagar asociado al cobro provieneí é de una intervenci n quir rgica efectuada en el servicio de salud producto de unaó ú operaci n al coraz n del demandado. Se ala, adem s, que parte del pago de dichaó ó ñ á

Fundamentos

considerando: Primero: Que, como se desprende de la demanda ejecutiva de autos, el actor se ha dirigido en contra de don Amado ngel Apablaza TorresÁ , cobrando la suma de $2.646.485, m s los derechos de protesto e intereses, con costasá , lo que derivar a delí pagar que acompa a estos autos.é ñó Segundo: Que, el ejecutado se defendi a trav s de la excepci n del n mero 9ó é ó ú del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil, por los fundamentos que se se alan,í ó ñ de manera que aquella constituye la discusi n en esta causa.ó Tercero: Que la ejecutante acompa a la causa la copia simple del Pagarñó é N 508045636 y protesto Registro Nro. 346,° cuyos originales se encuentran custodiados por este tribunal bajo el N 1645-2022.° Cuarto: Que, por su parte, la ejecutada acompa a la causa Cup n deñó ó Recaudaci n N 5000928168, de 26 de enero de 2023 por un monto de $2.646.890 yó ° Comprobante de Pago emitido por Banco Estado. Quinto: Que en cuanto a la excepci n opuesta en autos, debe tenerse enó consideraci n que, de acuerdo al art culo 1567 del C digo Civil, el pago efectivo oó í ó soluci n es un modo de extinguir las obligaciones y corresponde que lo acredite quien loó alega, de acuerdo a la regla que impone el art culo 1698 de la misma Recopilaci n. Ení ó el caso de autos,

Fallo

por tanto, el onus probandi recae en el ejecutado. Sexto: Que el ejecutado ha allegado a estos autos los documentos que se indicaron en el motivo Cuarto, los que no han sido objetados de contrario y que dan cuenta de un pago que necesariamente debe reconocerse, por lo que la excepci n enó estudio se acoger hasta la concurrencia de dicho monto.á Dicho acogimiento ser parcial, atendido los conceptos por los cuales se haá dirigido demanda en contra del deudor y por los que fuera requerido de pago en su oportunidad. Código: LQMRXNYDPXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2169-2022 Foja: 1 Por estas consideraciones y de conformidad, adem s, a lo dispuesto en losá art culos 170 y 434 y siguientes del C digo de Procedimiento Civil, y í ó art culo 1567 delí C digo Civil,ó se decide: I.- Que se acoge parcialmente la excepci n de pago del art culo 464 N 9 deló í ° C digo de Procedimiento Civil opuesta por el ejecutadoó Amado ngel Apablaza TorresÁ a folio 7, hasta por el monto de $2.646.890, orden ndose seguir adelante con laá ejecuci n en su contra, hasta hacerse al ejecutante entero y cumplido pago de suó acreencia, conforme al tenor del t tulo fundante de la ejecuci n. í ó II.- Que cada parte pagar sus costas, de acuerdo con lo dispuesto en el art culoá í 471 del C digo de Procedimiento Civil.ó Reg strese, notif quese y arch vese en su oportunidad.í í í Rol C-2169-2022. Se deja constancia que se dio cumplimiento a

Texto Completo (Preview)

C-2169-2022 Foja: 1 FOJA: 22 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Talcaº CAUSA ROL : C-2169-2022 CARATULADO : UNIVERSIDAD DE CHILE (FACULTAD DE CIENCIAS F SICAS Y MATEM TICAS)/APABLAZAÍ Á Talca, dieciocho de Abril de dos mil veinticuatro. Visto: A Folio 1, con fecha 21 de diciembre de 2022, se presenta Eileen Guti rrezé Espinoza, abogado, en representaci n conven

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica