PEREZ/GOOD FAST CHILE SPA
Rol
M-56-2024
Fecha
17 de junio de 2024
Materia
Despido injustificado, Nulidad del despido, Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
visto lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, y siguientes, 160 y siguientes, 186- A), 420 y siguientes del Código del Trabajo, SE RESUELVE: I. Que se acoge la demanda en cuanto se declara existencia relación laboral entre la parte demandante JACQUELINE DEL CARMEN PEREZ ROJAS y demandada GOOD FAST CHILE SPA., entre el 16 de julio de 2023 al 05 de enero de 2024. II. Que la relación laboral se desarrolló en régimen de subcontratación, en el que la demandada CORPORACIÓN EDUCACIONAL KING SCHOOL, ejercía el rol de empresa principal o mandante, y la demandada GOOD FAST CHILE SPA. era la contratista empleadora. III. Que, se declara injustificado el despido que fue objeto la trabajadora, condenándose al pago de las siguientes prestaciones: a) Indemnización sustitutiva de aviso previo, por la suma de $556.600.- (quinientos cincuenta y seis mil seiscientos pesos), b) Feriado proporcional, por la suma de $111.199.- (ciento once mil ciento noventa y nueve pesos), c) Remuneración de 05 días trabajados del mes de enero de 2024, $92.766 (noventa y dos mil setecientos sesenta y seis pesos), IV. Se declara la aplicación de la sanción por la nulidad del despido: a) Remuneraciones desde el despido hasta su convalidación, usando como base la suma de $556.600.- b) Cotizaciones previsionales adeudadas por la ley AFP MODELO, FONASA, AFC CHILE S.A., sobre una remuneración mensual de $485.718, por el periodo comprendido entre el 16 de julio de 2023 al 05 de enero de 2024. V. Que las sumas que se han ordenado pagar deberán solucionadas aplicando reajustes e intereses de los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. VI. Que, la demandada CORPORACIÓN EDUCACIONAL KING SCHOOL, deberá responder solidariamente de todas las prestaciones declaradas en ésta sentencia. VII. Que se condena en costas a las demandadas, regulándose en la suma de $1.000.000.- respecto a cada una de ellas. Sentencia queda notificada en audiencia. Regístrese y remítase los antecedentes a Cobranza en su oportunidad. Téngas
Fundamentos
Fundamentos íntegros en audio) San Bernardo, diecisiete de junio de 2024.-
Fallo
Por lo expuesto y visto lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, y siguientes, 160 y siguientes, 186- A), 420 y siguientes del Código del Trabajo, SE RESUELVE: I. Que se acoge la demanda en cuanto se declara existencia relación laboral entre la parte demandante JACQUELINE DEL CARMEN PEREZ ROJAS y demandada GOOD FAST CHILE SPA., entre el 16 de julio de 2023 al 05 de enero de 2024. II. Que la relación laboral se desarrolló en régimen de subcontratación, en el que la demandada CORPORACIÓN EDUCACIONAL KING SCHOOL, ejercía el rol de empresa principal o mandante, y la demandada GOOD FAST CHILE SPA. era la contratista empleadora. III. Que, se declara injustificado el despido que fue objeto la trabajadora, condenándose al pago de las siguientes prestaciones: a) Indemnización sustitutiva de aviso previo, por la suma de $556.600.- (quinientos cincuenta y seis mil seiscientos pesos), b) Feriado proporcional, por la suma de $111.199.- (ciento once mil ciento noventa y nueve pesos), c) Remuneración de 05 días trabajados del mes de enero de 2024, $92.766 (noventa y dos mil setecientos sesenta y seis pesos), IV. Se declara la aplicación de la sanción por la nulidad del despido: a) Remuneraciones desde el despido hasta su convalidación, usando como base la suma de $556.600.- b) Cotizaciones previsionales adeudadas por la ley AFP MODELO, FONASA, AFC CHILE S.A., sobre una remuneración mensual de $485.718, por el periodo comprendido entre el 16 de julio de 2023 al 05 de enero de 2024. V. Que las
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ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA Diecisiete de junio de dos mil veinticuatro RUC 24-4-0548604-7 RIT M-56-2024 MAGISTRADO SEBASTIAN BUENO SANTIBAÑEZ ADMINISTRATIVO DE ACTAS VALERIA POBLETE TORRES HORA DE INICIO 08:43 HORA DE TERMINO 08:58 Nº REGISTRO DE AUDIO 2440548604-7-1352 SALA 2 DEMANDANTE JACQUELINE DEL CARMEN PEREZ ROJAS ABOGADO COMPARECE RODRIGO AL
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