18º Juzgado Civil de Santiago

PIERATTINI/

Rol

V-37-2024

Fecha

18 de abril de 2024

Materia

OTROS VOLUNTARIOS

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que con fecha 23 de febrero de 2024, comparece don Jorge Meneses Rojas, abogado, con domicilio en calle Orinoco N° 90, Torre I, piso 22, comuna de Las Condes, correo electrónico Jorge.meneses@clydeco.cl , en representación convencional de don Severino Pierattini Cabiol, ingeniero comercial, domiciliado en calle Santiago N° 1161, comuna de Santiago, y solicita se ordene la entrega material del inmueble ubicado en calle Antonio Escobar Williams N° 90, comuna de Cerrillos, Región Metropolitana. Expone que la abuela de su representado, doña Antonia Rosa Pilar Viu Manent (Q.E.P.D.) dio en arriendo dicho inmueble a Financia Tu Pyme SpA (hoy E y C Soluciones Metalúrgicas SpA), R.U.T. 77.389.284, representada por don Jorge Andrés Escobar Araneda, c.i. 13.830.131-1. Señala que con fecha 11 de diciembre de 2022, falleció doña Antonia Rosa Pilar Viu Manent, según consta del certificado de defunción que se acompaña. Además la causante otorgo testamento con fecha 15 de enero de 2016, disponiendo de la cuarta de mejoras en favor de su representado y designándolo como albacea con tenencia de bienes Refiere que no obstante haberse declarado el término del contrato en sede arbitral, el inmueble no fue restituido por la sociedad. Sin embargo y sin previo a viso, la sociedad procedió a hacer abandono material del inmueble arrendado, acorde se pudo constatar de las visitas que se han efectuado al local respectivo. En mérito de los hechos que expone y previas citas legales, solicita se certifique por un ministro de fe la circunstancia del abandono de la propiedad sub-lite, y con el mérito de dicha certificación se ordene y/o autorice la restitución del inmueble. Que con fecha 14 de marzo de 2024 consta acta del Receptor Judicial doña Marianela Ponce Hermosilla, mediante la cual certifica que se constituyó en calle Antonio Escobar Williams N° 90, comuna de Cerrillos, constatando que se encontraba cerrado y en evidente estado de abandono. Y, se trajeron los autos para fallo.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el artículo 6° inciso 2° de la Ley 18.101 sobre arrendamiento de predios urbanos establece que “Si el arrendatario abandonare el inmueble sin restituirlo al arrendador, éste podrá solicitar al juez de letras competente que se lo entregue, sin Código: JXHXXNXMXYX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:Jorge.meneses@clydeco.cl forma de juicio, con la sola certificación del abandono por un ministro de fe. Dicho funcionario levantará acta del estado en que se encuentre el bien raíz al momento de su entrega al arrendador y remitirá copia de ella al tribunal.” SEGUNDO: Que del mérito de atestado de la receptora, se observa la constatación por ministro de fe de encontrarse abandonado el local, cumpliéndose los presupuestos del artículo 6° de la ley del ramo.

Fallo

Por estas consideraciones, y vistos, lo dispuesto en el artículo 6° de la Ley 18.101, se acoge la solicitud de entrega material de fecha 23 de febrero de 2024, autorizándose a don Severino Pierattini Cabiol, en su carácter de albacea con tenencia de bienes de la sucesión testada quedada al fallecimiento de doña Antonia Rosa Pilar Viu Manent, a tomar posesión material de la propiedad ubicada en calle Antonio Escobar Williams N° 90, comuna de Cerrillos, debiendo el Ministro de Fe levantar un acta del estado en que se encuentre el bien raíz al momento de su entrega y remitir copia al tribunal. Regístrese. Dictada por doña Lidia Ferrada Valdebenito, Jueza Suplente. jmr Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, dieciocho de Abril de dos mil veinticuatro Código: JXHXXNXMXYX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-04-18T13:52:14-0400

Texto Completo (Preview)

FOJA: 8 .- ocho.- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 18 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-37-2024 CARATULADO : PIERATTINI/ Santiago, dieciocho de Abril de dos mil veinticuatro VISTOS: Que con fecha 23 de febrero de 2024, comparece don Jorge Meneses Rojas, abogado, con domicilio en calle Orinoco N° 90, Torre I, piso 22, comuna de Las Condes, correo electrónico Jorge.meneses@clydeco.cl

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