MUÑOZ/PARIS ADMINISTRADORA S.A.
Rol
O-265-2024
Fecha
14 de junio de 2024
Materia
Costas, Despido injustificado, Prestaciones, Reajustes e intereses, Recargos
Resultado
No especificado
Hechos
hechos en que se funda de manera detallada y específica, debiendo bastarse a sí misma para que el trabajador tenga posibilidad de defenderse adecuadamente. Si no lo hace, no podrá invocarlos en un juicio posterior. Los hechos en que se funda la causal invocada por la demandada no cumple con el estándar legal de suficiente especificación que exige el legislador para invocarla, no existiendo una descripción clara de los hechos con antecedentes objetivos que acredite la aseveraciones efectuadas y que permita rebatirla adecuadamente, principalmente porque carece de referencias a los trabajadores despedidos, a cómo sus despidos contribuyen a aliviar la crisis en que la empresa estaría envuelta ni en qué consistiría el proceso de reestructuración que realiza, tampoco en qué período, ni cuál es su extensión. Asimismo, la carta de despido es ambigua, no explicitando en qué consistirían las consideraciones de carácter técnico y económico que justificarían la necesidad del despido de los demandantes, por lo que no se configura la causal invocada, necesidades de la empresa, pues ella requiere de una necesidad económica que debe ser “grave o de envergadura y permanente”, de manera que “ponga en peligro la subsistencia de la empresa y no meramente una rebaja en sus ganancias”, cita jurisprudencia. Descuentos y seguro de cesantía: la demandada ha realizado en contra de los valores del finiquito, el descuento a los montos aportados por concepto de seguro de cesantía por un monto de $685.477.- en el caso de Patricio Medina y por un monto de $2.009.168.- en el caso de Rebeca Muñoz. No obstante la jurisprudencia de la Excma. Corte Suprema, en que se ha consolidado la determinación de que es improcedente la imputación del aporte de AFC al pago de la indemnización por años de servicio cuando es injustificado el despido por necesidades de la empresa, citando a modo ejemplar los recientes fallos en recursos de unificación de jurisprudencia Rol: 90.938-21 y 95.965-21 de fecha 08 de agost
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: En esta causa, Rit O-265-2024, comparece doña Marta Soriano Barrientos, abogada, cédula nacional de identidad N°16.047.062-3, domiciliada en General Carrera N° 651, oficina Nº 1703, de la comuna de Temuco, en representación de doña REBECA ESTER MUÑOZ MUÑOZ, vendedora, cédula nacional de identidad N°16.317.362-K, domiciliada en Los Ficus Nº1559, comuna de Padre Las Casas y de don PATRICIO ARTURO MEDINA SARAVIA, vendedor, cédula nacional de identidad N°18.333.304-6, domiciliado en Isla Chiloé Nº03330, departamento 407, comuna de Temuco, demandando por despido injustificado y cobro de prestaciones, en contra de PARIS ADMINISTRADORA LIMITADA, Rut: 96.973.670-5, representada legalmente por don Álvaro Miguel Figari Versin, desconoce profesión u oficio, cédula de identidad Nº 10.002.784-4, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Alemania Nº 671, Tienda Paris del Mall Portal Temuco, comuna de Temuco. Funda la demanda en que el demandante Patricio Medina ingresó a prestar servicios para la demandada con fecha 12 de octubre de 2021, a través de la suscripción de un contrato de trabajo que a la fecha de su despido tenía carácter indefinido, prestando servicios como vendedor integral de tienda. La demandante Rebeca Muñoz ingresó a prestar servicios para la demandada con fecha 09 de julio de 2015, a través de la suscripción de un contrato de trabajo de carácter indefinido, prestando servicios inicialmente como cajera del centro de cajas, para luego pasar a cumplir funciones de vendedora integral de tienda, labores que cumplía a la fecha del despido. Su remuneración era variable compuesta de sueldo base y gratificación, bono de puntualidad y asistencia, bono de permanencia, comisiones por ventas, semana corrida y asignación de caja, de movilización y colación, por lo cual la última remuneración mensual, asciende a los siguientes montos: Patricio Medina: $1.265.310.- en base a los 3 últimos meses trabajados con remuneración completa; marzo, agosto y octubre de 2023. Aquello significa una diferencia con el monto de la última remuneración mensual pagada por la empresa en el finiquito de $177.473.- Rebeca Muñoz tenía una remuneración de $1.452.681.- Antecedentes del término de la relación laboral: el despido de Patricio Medina y Rebeca Muñoz se produjo con fecha 16 y 31 de enero de 2024 respectivamente, a través de comunicación personal escrita, por la causal del artículo 161 inciso 1° del Código del Trabajo, esto es, necesidades de la empresa, señalando como fundamento que “La aplicación de la referida causal se configura, por cuanto la empresa, y en base a los resultados económicos obtenidos en el local en el cual se desempeña, no ha logrado conseguir el punto de equilibrio comercial proyectado, lo cual se basa principalmente que los ingresos del local se contraponen en menor medida a los gastos de la operación de este, obteniendo un menor resultado al planificado y/o esperado. Por todo lo anterior, es que estamos desarrollando
Fallo
por estas situaciones, cuestión que se traduce en que el volumen del comercio mundial de bienes cayó un 17,7%.1 Si bien los números dan cuenta de una incipiente reactivación económica, los especialistas indican que: “Existe una clara posibilidad de que la reactivación del comercio no baste para que este recobre la tendencia anterior a la pandemia. Esto daría lugar a un crecimiento del comercio de mercancías de alrededor del 5% el próximo año, en vez del 20% previsto en el caso de un rápido retorno a la trayectoria anterior”. Respecto de este contexto económico internacional, nuestro Banco Central emitió su pronunciamiento en la publicación del Informe de Política Monetaria de diciembre de 2022, señalado que: “La inflación mundial ha continuado en niveles altos, más allá de cierta moderación en algunos países (gráfico I.1). Los altos registros se han extendido a la parte subyacente de la inflación y han sido impulsados por alzas en los precios de servicios. En EE.UU., ello se explica en parte por las altas presiones salariales en un contexto en que el mercado laboral continúa exhibiendo un importante grado de estrechez. En el Reino Unido, la inflación total aumentó nuevamente y llegó hasta niveles no vistos en más de cuatro décadas. En la Eurozona, la inflación ha permanecido elevada y se ha expandido a ítems del IPC con mayor persistencia. En América Latina, en general, la inflación total ha descendido, no obstante, su componente subyacente ha continuado subiendo en varias ec
Texto Completo (Preview)
Temuco, catorce de junio de dos mil veinticuatro. VISTO, OÍDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: En esta causa, Rit O-265-2024, comparece doña Marta Soriano Barrientos, abogada, cédula nacional de identidad N°16.047.062-3, domiciliada en General Carrera N° 651, oficina Nº 1703, de la comuna de Temuco, en representación de doña REBECA ESTER MUÑOZ MUÑOZ, vendedora, cédula nacional de identidad N°16.317.362-K
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica